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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 1 de agosto de 2010 423082 Artículo Segundo.- Inhabilitar al mencionado servidor por cinco (05) años en el ejercicio de cargo público alguno. Artículo Tercero.- La Ofi cina Técnica Administrativa realizará las acciones necesarias para llevar a cabo la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y la inscripción de la destitución en el Registro Nacional de Sanciones de Destitución y Despido –RNSDD, a cargo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil. Regístrese, comuníquese y notifíquese. JOSEPH DAGER ALVA Jefe Institucional 524797-2 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL Declaran que diversas normas no forman parte del ordenamiento jurídico vigente RESOLUCION DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 49-2010-SERVIR/PE Lima, 27 de julio de 2010 CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 1023 ha creado la Autoridad Nacional del Servicio Civil, como un organismo técnico especializado, rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos; Que, el literal c) del artículo 10º, de dicha norma establece que es función de la Autoridad Nacional del Servicio Civil dictar normas técnicas para el desarrollo e implementación de indicado Sistema Administrativo; Que, por su parte, el artículo 11º, inciso a), del mismo dispositivo establece que la atribución normativa que corresponde a la Autoridad Nacional del Servicio Civil, comprende la potestad de dictar, en el ámbito de su competencia, normas técnicas, directivas de alcance nacional y otras normas referidas a la gestión de los recursos humanos del Estado; Que, uno de los problemas identifi cados por la Autoridad Nacional del Servicio Civil al asumir funciones fue, dentro de su ámbito normativo, la inexistencia de una sistematización de las normas relacionadas al servicio civil peruano; Que, frente a dicho problema, a lo largo del año pasado, la Autoridad Nacional del Servicio Civil ha llevado a cabo una identifi cación y compilación exhaustiva de las normas existentes vinculadas con el Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos del Estado Peruano; Que respecto de las normas emitidas por el que fuera el Instituto Nacional de Administración Pública, se han identifi cado un importante número de Resoluciones Jefaturales y Directorales, advirtiendo la necesidad de declarar que muchas de ellas han perdido vigencia; Que, tal declaración además de facilitar la labor de los operadores del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos del Sector Público, otorgará seguridad jurídica; Que, un primer grupo de normas han sido materia de derogación expresa, correspondiendo únicamente declarar su pérdida de vigor por dicha razón. Este es el caso de: - Las Resoluciones Directorales Nº 007, 008 y 009- 76-INAP-DNP-UN, que fueron expresamente derogadas por el artículo 2º de la Resolución Directoral Nº 001-93- INAP/DNP; y, - Las Resoluciones Directorales N° 009, 010, 011, 014, 021 y 026-77-INAP-DNP-UN que, entre otras, fueron expresamente derogadas por el artículo 2º de la Resolución Directoral Nº 013-92-INAP/DNP; Que, un segundo grupo de normas han sido materia de derogación tácita, por resultar incompatibles con normas emitidas con posterioridad. Este es el caso de: - La Resolución Directoral N° 001-76-INAP/DNP, que aprobó el Manual Normativo N° 001-76-DNP: “Formulación y Atención de Consultas y/o Sugerencias en el Sistema de Personal”, derogada tácitamente por el artículo 111º y por el Capítulo IV del Título II de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; - La Resolución Directoral N° 004-76-INAP-DNP- UN, que aprobó el Manual Normativo N° 004-76-DNP: “Vacaciones”, derogada tácitamente por el artículo 102° del Reglamento del Decreto Legislativo N° 276, aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM; - La Resolución Directoral N° 006-76-INAP-DNP- UN, que aprobó el Manual Normativo Nº 006-76-DNP- UN: “Procesos administrativos”, derogada tácitamente por el Capítulo V, “Del Régimen Disciplinario”, del Título I, del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público ; - La Resolución Directoral Nº 011-76-INAP-DNP- UN, que aprobó el Manual Normativo de Personal Nº 011-76-DNP, “Declaración jurada de bienes y rentas”, materia que fue regulada por la Ley Nº 24801 que, a su vez, fue derogada por la Ley Nº 27482, Ley que regula la publicación de la Declaración Jurada de Ingresos y de Bienes y Rentas de los funcionarios y servidores públicos del Estado; - La Resolución Directoral Nº 012-76-INAP-DNP- UN, que aprobó el Manual Normativo Nº 012-76-INAP- DNP-UN: “Gastos de sepelio”, derogada tácitamente por el artículo 145° del Reglamento del Decreto Legislativo N° 276, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; - La Resolución Directoral Nº 013-76-INAP-DNP- UN, que aprobó el Manual Normativo Nº 013-76-INAP- DNP-UN: “Gastos de luto”, derogada tácitamente por el artículo 144° del Reglamento del Decreto Legislativo N° 276, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; - La Resolución Directoral N° 015-76-INAP-DNP- UN, que aprobó el Manual Normativo N° 015-76-INAP- DNP-UN: “Renuncia de personal”, derogada tácitamente por los artículos 41° y 185º del Reglamento del Decreto Legislativo N° 276, aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM; - La Resolución Directoral N° 016-76-INAP-DNP- UN, que aprobó el Manual Normativo de Personal Nº 016-76-INAP-DNP-UN: “Cese de personal”, derogada tácitamente por el Capítulo V, “Del Régimen Disciplinario”, del Título I, del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público; - La Resolución Directoral Nº 017-76-INAP-DNP-UN, que aprobó el Manual Normativo Nº 017-76-INAP-DNP- UN: “Destitución de personal”, derogada tácitamente por el Capítulo V, “Del Régimen Disciplinario”, del Título I, del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público; - La Resolución Directoral Nº 024-76-INAP-DNP-UN, que aprobó el Manual Normativo Nº 024-76-INAP-DNP- UN: “Gratifi cación por 25 años de servicio”, derogada tácitamente por el Capítulo IV, “De los benefi cios”, del Título II, del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público; - La Resolución Directoral N° 026-76-INAP-DNP-UN, que aprobó el Manual Normativo N° 026-76-INAP-DNP-