Norma Legal Oficial del día 24 de agosto del año 2010 (24/08/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano MORDAZA, martes 24 de agosto de 2010

NORMAS LEGALES

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de Erratas de la Ordenanza Municipal Nº 011-2010-CDB, publicada en la edicion del 17 de agosto de 2010. En el Cuadro de Infracciones y Sanciones (en la pagina 423956) DICE:
CODIGO BPJ-10 INFRACCION Permitir que preste el servicio los menores de edad MULTA % UIT 5.00 %

DEBE DECIR:
CODIGO BPJ-10 INFRACCION Permitir que presten el servicio los menores de edad que no cuenten con la Licencia de Clase "B" Categoria II-C MULTA % UIT 5%

534545-1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAMANGA
Regulan la propaganda electoral en el distrito de MORDAZA
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 029-2010-MPH/A MORDAZA, 16 de agosto de 2010 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAMANGA; VISTO: El Acuerdo de Concejo Nº 126-2010-MPH/CM de fecha 12 de agosto del 2010; y, CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad a lo dispuesto por el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, concordante con el articulo 194 de la Constitucion Politica del Estado, modificado por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional; Que, de conformidad a la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, mediante el cual modifica el Capitulo XIV del Titulo IV de la Constitucion Politica del Estado establece en el articulo 194º, que las Municipalidades Provinciales son organos de gobierno local, tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; y les otorga potestad tributaria; correspondiendo al Concejo Municipal, la funcion normativa a traves de Ordenanzas, las que tienen rango de Ley, conforme al numeral 4) del articulo 200º de nuestra carta magna; Que, el articulo 79º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, numeral 3 sobre funciones especificas y exclusivas de las Municipalidades Distritales, precisa en el punto 3.6, normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, y realizar la fiscalizacion de la ubicacion de avisos publicitarios y propaganda politica; Que, es politica de la gestion municipal la necesidad de preservar la via publica y los bienes publicos y privados del distrito, asi como por otro lado, garantizar y promover, durante los procesos electorales, los derechos de difusion de la propaganda politica y electoral con una vision de proteccion del ornato y la estetica, siendo necesario establecer los mecanismos de vigilancia y salvaguarda del espacio MORDAZA que orienten a las organizaciones politicas y ciudadanos en general acerca de sus derechos, deberes y limites en la utilizacion de la propaganda politica y electoral; Que, la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion Nº 28296 y su Reglamento aprobado por

D.S. Nº 011-2006-ED, establecen politicas nacionales de defensa, proteccion, promocion de la propiedad y regimen legal y el destino de los bienes del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, por Resolucion Suprema Nº 2900-72-ED de fecha 28 de diciembre de 1972 se ha declarado que los inmuebles de las epocas coloniales y republicanas por su arquitectura, valor artistico o vinculacion con hechos historicos deben ser conservados y restaurados, motivo por el cual, en la MORDAZA de MORDAZA se ha declarado Monumentos los edificios religiosos, MORDAZA y otras edificaciones; ambientes urbanos monumentales las calles y plazas dentro del Centro Historico y mediante Ordenanza Municipal Nº 061-2004-MPH/A, se ha delimitado el Centro Historico de la MORDAZA de MORDAZA que comprende parte de los Distritos de MORDAZA, San MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Alto de la provincia de Huamanga, Departamento de MORDAZA, y mediante Ordenanza Municipal Nº 037-2007-MPH/A de fecha 18 de agosto del 2007 se ratifica esta delimitacion y se aprueba el Reglamento para la Gestion y Administracion del Centro Historico de MORDAZA, a traves de la cual se regula el crecimiento y localizacion de actividades dentro de un MORDAZA planificado, normado y orientando el MORDAZA de conservacion del Patrimonio Cultural del Centro Historico de Ayacucho; del mismo modo, el Reglamento del Centro Historico se orienta al beneficio social, interes, orden y utilidad Publica; Que, es necesario reglamentar la ubicacion de anuncios y avisos de propaganda electoral con la finalidad de preservar el ornato, la salud publica, el medio ambiente, y la propiedad publica y privada, en los periodos de MORDAZA electoral de caracter municipal, regional y nacional; Que, en uso de las facultades conferidas en el Articulo 9º inciso 8), asi como el Articulo 39º y 40º y la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444, el Concejo Municipal de Huamanga en Sesion Ordinaria de Concejo por Votacion Unanime aprueba la siguiente ordenanza: ORDENANZA MUNICIPAL QUE REGULA LA PROPAGANDA ELECTORAL EN EL DISTRITO DE MORDAZA Articulo Primero.- APROBAR la Ordenanza Municipal que Regula la Propaganda Electoral en el Distrito de MORDAZA, la cual consta de tres (03) Capitulos, quince (15) articulos, seis (06) Disposiciones Finales y dos (02) Disposicion Transitoria que como anexo forman parte de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal a traves de los Organos competentes como SAT-Huamanga (Ayni Municipal), Subgerencia del Centro Historico y a la Sub Gerencia de Control MORDAZA y Licencias quienes seran los entes responsables de hacer cumplir la presente ordenanza. Articulo Tercero.- DEJAR SIN EFECTO, toda disposicion que se oponga al presente dispositivo municipal. Articulo Cuarto.- AUTORIZAR a la Oficina de Secretaria General la publicacion de la presente Ordenanza e incluir el texto completo de la MORDAZA, en el Diario El Peruano, asi como en el MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Huamanga (www.munihuamanga.gob.pe) en la misma fecha y remitir a la Secretaria de Gestion Publica de la Presidencia del Consejo Ministros para la publicacion en el MORDAZA del Servicio al Ciudadano para su difusion; bajo responsabilidad. Articulo Quinto.- TRANSCRIBIR la presente Ordenanza Municipal a los Organos Estructurados de la Municipalidad Provincial de Huamanga con las formalidades establecidas por Ley para sus fines consiguientes. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA S. MARTINELLI CHUCHON 534064-1

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