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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 24 de agosto de 2010 424326 VISTO: El Ofi cio N° 1134-2010-GG-PJ de la Gerencia General del Poder Judicial que propone la aprobación del Programa Multianual de Inversión Pública (PMIP) 2011-2013 del Poder Judicial, y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 10.2 del artículo 10° de la Ley N° 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP), modifi cado por la Ley N° 28802, establece que cada sector elabora Programas Multianuales de Proyectos de Inversión Pública, los que se desarrollan en el marco de sus correspondientes Planes Estratégicos de Desarrollo Sectorial y Planes de Desarrollo Concertado por nivel de gobierno y de carácter multianual a que se refi ere el artículo 71° de la Ley N° 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; Que, el numeral 6.1 del artículo 6° del Decreto Supremo N° 102-2007-EF, Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, establece que el Órgano Resolutivo es el Titular del Sector y le corresponde: aprobar: a) El Programa Multianual de Inversión Pública en el marco de los lineamientos de políticas del sector, entre otras funciones; Que, el Programa Multianual de Inversión Pública del Poder Judicial, es un instrumento fl exible de asignación de recursos públicos para inversión y está constituido por el conjunto de proyectos de inversión pública (PIP) a ser ejecutados en un período no menor a tres años y ordenados de acuerdo a las políticas y prioridades de la institución; Que, por Acuerdo de la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la República con fecha 12 de abril del 2004, se aprobaron las Políticas de Estado para el cambio estructural en el Poder Judicial, una de los cuales corresponde en el numeral 5 Presupuesto Judicial la promoción de la mejora de la infraestructura de los despachos judiciales a nivel nacional; Que, por Resolución Administrativa de la Presidencia del Poder Judicial N° 252-2009-P-PJ, se aprobó el Programa Multianual de Inversión Pública (PMIP) del Poder Judicial 2010-2012, este Programa conforme las normas del SNIP debe actualizarse y aprobarse anualmente; Que, con Ofi cio N° 2192-2010-EF/68.01, la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas, ha dado su opinión favorable; y De conformidad con lo establecido en el numeral 4 del artículo 76 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo N° 017-93-JUS y sus modifi catorias, la Ley N° 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; el numeral 6.1 del artículo 6° del Decreto Supremo N° 102- 2007-EF – Reglamento de la Ley N° 27293; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar el Programa Multianual de Inversión Pública (PMIP) del Poder Judicial 2011-2013, el mismo que consta de un Informe relacionado con los proyectos en ejecución y los proyectos nuevos, que forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2°.- Delegar en el Gerente General del Poder Judicial, para que en representación del Órgano Resolutivo del Sector, apruebe las modifi caciones, ampliaciones u otras relacionadas con el Programa Multianual de Inversión Pública del Poder Judicial a que se contrae el artículo primero de la presente Resolución. Artículo 3°.- Disponer que el Programa Multianual de Inversión Pública (PMIP) del Poder Judicial 2011-2013, se registre en el portal del Poder Judicial (www.pj.gob. pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER VILLA STEIN Presidente del Poder Judicial 534151-1 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Designan juez superior provisional de la Segunda Sala Contencioso Administrativa y juez supernumeraria del Cuadragésimo Tercer Juzgado Especializado en lo Civil de Lima CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA Presidencia Ofi cina de Coordinación Administrativa y de Asuntos Jurídicos RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 659-2010-P-CSJLI/PJ Lima, 23 de agosto de 2010 VISTO y CONSIDERANDO: Que, mediante el ingreso Nº 52917-2010, el doctor Helder Domínguez Haro, Secretario Técnico de la Comisión Organizadora del IV Congreso Nacional de Magistrados, remite la relación ofi cial aprobada por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de Participantes, Jueces Coordinadores, Invitados y Personal de Apoyo que asistirán por esta Corte Superior de Justicia, al citado Congreso los días 24, 25, 26 y 27 de agosto del presente año, otorgándoles las licencias respectivas. Que, estando a lo expuesto en el considerando anterior esta Presidencia considera pertinente emitir el pronunciamiento respectivo, estando a la designación del doctor Martín Alejandro Hurtado Reyes, como coordinador del referido Congreso. Que, resulta pertinente precisar que la novísima Ley de la Carrera Judicial, en su artículo sesenta y cinco, defi ne y clasifi ca la nomenclatura de los jueces en Titulares, Provisionales, Supernumerarios; es así que el inciso tercero del citado artículo denomina como Jueces Supernumerarios a aquellos que “(...no habiendo obtenido la plaza de Juez Titular aceptan incorporarse al registro de jueces supernumerarios en su nivel siempre y cuando se encuentren en el cuadro de aptos elaborado por el Consejo Nacional de la Magistratura, a efectos de cubrir plazas vacantes conforme al artículo doscientos treinta y nueve de la Ley Orgánica del Poder Judicial...)”. Que, bajo este contexto, de conformidad con la norma antes referida, se desprende que en adelante se denominará como Jueces Supernumerarios, a los magistrados que antes eran nombrados Jueces Suplentes, por cuanto la nomenclatura y las características de los antes denominados Jueces Titulares y Provisionales, aún se mantiene en la “Ley de la Carrera Judicial”. Que, no obstante ello, la norma antes acotada, establece requisitos para el nombramiento de los Jueces Supernumerarios; sin embargo, debido a lo reciente del citado cuerpo normativo, tales requerimientos formales se encontrarían en implementación por parte de los entes encargados de ello; razón por la cual, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, ante la necesidad de cubrir plazas vacantes en los distintos órganos jurisdiccionales de este Distrito Judicial, se ve en la necesidad de nombrar Jueces Supernumerarios de reconocida idoneidad y probidad para ejercer el cargo como magistrado, con la fi nalidad de brindar un adecuado servicio de justicia a la comunidad y no permitir que se vea afectada la gran expectativa de los justiciables respecto a la pronta solución de sus confl ictos judicializados, debido a falencias de orden meramente formal. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un efi ciente servicio de administración de justicia en benefi cio de los justiciables; y en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar, reasignar, ratifi car y/o dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional.