Norma Legal Oficial del día 24 de agosto del año 2010 (24/08/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 24 de agosto de 2010

destinar recursos para el pago de las prestaciones de salud de sus nuevos afiliados, recursos considerados en la Reserva de Contingencia, aprobada por la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010; Que, en este contexto, resulta necesario autorizar una transferencia de partidas hasta por el monto de CINCUENTA MILLONES SEISCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 50 600 000,00), a favor del Seguro Integral de Salud, la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud, y el Ministerio de Economia y Finanzas; De conformidad con el articulo 7º del Decreto de Urgencia Nº 048-2010, el articulo 45º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010; DECRETA: Articulo 1º.- Objeto Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010, hasta por la suma de CINCUENTA MILLONES SEISCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 50 600 000,00), destinados al financiamiento del diseno e implementacion de mecanismos que permitan el incremento de la cobertura del aseguramiento en salud a que se refiere el Decreto de Urgencia Nº 048-2010, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA FUNCION En Nuevos Soles

la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitara a la Direccion General del Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados instruira a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en el articulo 1º de la presente norma. Articulo 3º.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el articulo 1º del presente Decreto Supremo no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Articulo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por la Ministra de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintitres dias del mes de agosto del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA ARAOZ MORDAZA Ministra de Economia y Finanzas 534571-3

: Gobierno Central 009 : Ministerio de Economia y Finanzas 001 : Administracion General 03 : Planeamiento, Gestion y Reserva de Contingencia PROGRAMA FUNCIONAL 008 : Reserva de Contingencia SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0014 : Reserva de Contingencia ACTIVIDAD 1.000010 : Administracion del MORDAZA Presupuestario del Sector Publico FUENTE DE FINANCIAMIENTO 2.0 Reserva de Contingencia TOTAL EGRESOS 1 : Recursos Ordinarios 50 600 000,00 ------------------50 600 000,00 =========== En Nuevos Soles : Gobierno Central 1 : Recursos Ordinarios

Modifican Anexo 01 de Decreto Supremo Nº 110-2010-EF que autoriza , transferencia de partidas a favor del Pliego Ministerio de Salud, sus organismos publicos y los Gobiernos Regionales en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010
DECRETO SUPREMO Nº 178-2010-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO:

A LA: SECCION PRIMERA FUENTE DE FINANCIAMIENTO GASTOS CORRIENTES 2.3. Bienes y Servicios 2.4. Donaciones y Transferencias GASTOS DE CAPITAL 2.6. Adquisicion de Activos No Financieros TOTAL SECCION PRIMERA

9 233 517,00 40 100 000,00

1 266 483,00 -----------------50 600 000,00 ===========

El detalle de los recursos asociados a la transferencia de partidas con cargo a la Reserva de Contingencia a favor del Ministerio de Economia y Finanzas, del Seguro Integral de Salud y de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud, se encuentra en el anexo que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual se publica en el MORDAZA institucional del Ministerio de Economia y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de publicacion de la presente MORDAZA en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2º.- Procedimiento para la aprobacion institucional 2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban, mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 1º de la presente MORDAZA, a nivel funcional programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de

Que, el literal b) del numeral 9.1 del articulo 9º de la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010, autoriza el nombramiento de hasta el quince por ciento (15%) del numero de los profesionales no medicos cirujanos y del personal tecnico asistencial y administrativo, personal de servicios y auxiliar asistencial, respectivamente, en el MORDAZA del MORDAZA gradual del nombramiento a que se refieren las Leyes Nºs. 28498 y 28560, sus normas modificatorias y complementarias, que a la vigencia de la Ley Nº 29465 no hayan sido nombrados en el MORDAZA de las citadas Leyes; Que, en cumplimiento de lo senalado en el considerando precedente, se autorizo mediante Decreto Supremo Nº 110-2010-EF una transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010 a favor de las Unidades Ejecutoras del Ministerio de Salud, sus Organismos Publicos y las Unidades Ejecutoras de Salud de los Gobiernos Regionales; Que, el ultimo parrafo del articulo 1º del citado Decreto Supremo dispone que el detalle de los recursos asociados a la transferencia de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economia y Finanzas a favor del Ministerio de Salud, sus Organismos Publicos y los Gobiernos Regionales, a nivel de Pliego y Unidades Ejecutoras se encuentran en el Anexo "Costos diferenciales segun los reportes del Formato A de las unidades ejecutoras Ministerio

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