Norma Legal Oficial del día 27 de diciembre del año 2010 (27/12/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 27 de diciembre de 2010

Que, el Articulo 79° Numeral 3.6.1) de la Ley N° 27972 Ley Organica de Municipalidades, establece que, constituye funcion especifica exclusiva de las municipalidades distritales en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo; normar regular y otorgar autorizaciones, y realizar la fiscalizacion de Habilitaciones Urbanas, correspondiendo a la Subgerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro promover la habilitacion MORDAZA conforme a lo dispuesto en el numeral c) del Articulo 172° de la Ordenanza N° 316-MSS que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones; Que, el Articulo 24º de la Ley Nº 29090 - Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, establece que "Las municipalidades distritales y las provinciales o la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, en el ambito del Cercado, identificaran los predios, registralmente calificados como rusticos, que se encuentren ubicados en zonas urbanas consolidadas, con edificaciones y servicios publicos. Para estos casos, las municipalidades emitiran la resolucion que declare habilitados de oficio dichos predios, y disponga la inscripcion registral de uso MORDAZA a urbano. La inscripcion individual registral sera gestionada por su propietario. Estas habilitaciones no se encuentran sujetas a los aportes de habilitacion urbana"; Que, la Declaracion de Habilitacion MORDAZA de Oficio, es un procedimiento excepcional que faculta a las Municipalidades a declarar de Oficio la Habilitacion MORDAZA de Predios, que previamente ha identificado dentro de zonas urbanas consolidadas y que se encuentren inscritos en el Registro Publico como rusticos; Que, con Informe Nº 995-2010-SGPUC-GDU-MSS la Subgerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro, adjuntando el Informe Nº 255-2010-MGH-APU de fecha 22.10.2010, informa que el terreno constituido por el sector D, con un area de 30,000.00 m2 del Fundo El Salitre ­ MORDAZA MORDAZA de propiedad de la Sucesion MORDAZA Lariena MORDAZA, ubicado en el Sector 2 del Distrito de MORDAZA de MORDAZA, cumple con los parametros basicos para ser considerado

consolidado, al contar con instalaciones de agua potable alcantarillado e instalaciones electricas; dividido en 04 manzanas con 150 lotes destinados a Uso de Vivienda Residencial Densidad Media (RDM), debidamente definidas por vias locales; tal como se aprecia del Anexo 01 que adjunta; Que, asimismo, sostiene la Subgerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro, que la ocupacion del predio es del 100%, siendo su estado de edificacion MORDAZA y regular, contando con los servicios de agua, alcantarillado, energia electrica, veredas y pavimentos que le dan caracter MORDAZA, presentando una antiguedad variable entre 01 y 73 anos; Que, la Subgerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro, indica que la dimension del espacio a declarar MORDAZA comprende un area de 30,000.00 m2 y se encuentra en el Area de Tratamiento Normativo II, contando con zonificacion Residencial Densidad Media (RDM), no encontrandose sujeta a los aportes de habilitacion MORDAZA, de acuerdo a lo dispuesto por el Articulo 24º de la Ley Nº 29090; Que, asimismo, sostiene que el predio materia de autos se encuentra debidamente delimitado como espacio territorial inserto en la trama MORDAZA del distrito y de acuerdo a los antecedentes catastrales y segun inscripcion registral en la Partida Nº 44702924, el predio tiene los siguientes linderos : Por el Norte con una linea recta de 106.79ml. Por el Oeste con una linea de 281.00ml. Por el Este con una linea de 255.55ml. Por el Sur con una linea de 116.00ml; Que, la Subgerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro, ha efectuado la revision de las declaraciones juradas del Impuesto Predial, el levantamiento catastral de las unidades de vivienda, el estado de la edificacion, el uso y el MORDAZA de material existente; asi como, el trazo de las vias internas, provision de servicios de agua, desague, luz y equipamiento publico en las zonas de influencia, caracteristicas que determinan que dicha area debe ser declarada habilitada de oficio; Que, es necesario precisar, que mediante Resolucion Nº 843-2005-RASS de fecha 28.12.2005 se declaro la Habilitacion MORDAZA de Oficio del terreno de 30,000.00 m2 que formo parte del Ex Fundo El

PUBLICACION DE ORDENANZAS QUE APRUEBAN ARBITRIOS MUNICIPALES
Se recuerda a las Municipalidades Distritales que conforme a lo dispuesto en el TUO de la Ley de Tributacion Municipal (D.S. Nº 156-2004-EF) y la Sentencia del Tribunal Constitucional recaida en el Expediente Nº 00053-2004-PI/TC, los Acuerdos y Ordenanzas que ratifican y aprueban el Regimen Tributario de los Arbitrios para el ejercicio 2011, deberan publicarse en el Diario Oficial El Peruano a mas tardar el 31 de diciembre de 2010. Se exhorta a los municipios para que, dada la congestion que se genera por las MORDAZA de fin de ano, MORDAZA llegar dichos dispositivos a la brevedad y, de ser posible, MORDAZA del dia 27 de diciembre.

LA DIRECCION

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