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NORMAS LEGALES www.elperuano.com.pe FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR 431729 Año XXVII - Nº 11239 AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN ECONÓMICA Y SOCIAL DEL PERÚ PODER EJECUTIVO PRODUCE R.M. N° 346-2010-PRODUCE.- Disponen publicación del Proyecto de Reglamento de la Ley de Parques Industriales en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción 431731 R.M. N° 347-2010-PRODUCE.- Designan Director General de la Dirección General de MYPE y Cooperativas del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria 431731 PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Res. Adm. Nº 492-2010-P-CSJHA-PJ.- Ofi cializan acuerdo de Sala Plena referido a la elección de Jefe de la Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Huaura para el período 2011-2012 431733 Res. Adm. Nº 499-2010-P-CSJHA-PJ.- Ofi cializan acuerdo de Sala Plena referido a la proclamación de magistrado como Presidente de la Corte Superior de Justicia de Huaura para el período 2011-2012 431733 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA RR. Nºs. 137, 138 y 139-2010-GRA/PR-GGR.- Disponen primera inscripción de dominio a favor del Estado de terrenos eriazos ubicados en el departamento de Arequipa 431733 GOBIERNO REGIONAL DE SAN MARTIN Ordenanza Nº 032-2010-GRSM/CR.- Declaran de Interés Regional y Necesidad Pública la protección de la Cuenca del Huayabamba como Zona Restringida para la actividad minera y petrolera, así como para la ocupación de asentamientos humanos 431736 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Res. Nº 1198-2010-RASS.- Declaran habilitación urbana de terreno ubicado en el distrito 431737 Sumario Lima, lunes 27 de diciembre de 2010 FE DE ERRATAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectifi cación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice” y a continuación la versión rectifi cada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectifi carse. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL