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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE MARZO DEL AÑO 2010 (09/03/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 6

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 9 de marzo de 2010 415260 Permanente de la Organización de los Estados Americanos - OEA, se resuelve “Aceptar el ofrecimiento del Gobierno del Perú y acordar que el cuadragésimo período de sesiones de la Asamblea General se lleve a cabo en la ciudad de Lima, Perú, los días 6, 7 y 8 de junio de 2010”; Que, en virtud de la citada Resolución, le corresponde al Perú la organización, tanto a nivel temático, como a nivel logístico de la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos, de conformidad con su Reglamento y la Carta de la OEA; Que es de interés nacional que se celebre en nuestro país el XL Período Ordinario de Sesiones de la Asamblea General de la OEA; Que, el Ministerio de Relaciones Exteriores ha demandado recursos, para atender la realización del citado evento; Que, la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, cuenta con saldos que permitirían dar cobertura al requerimiento efectuado por el pliego Ministerio de Relaciones Exteriores, por lo que resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, a favor del citado pliego, por la suma de CINCO MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 5 000 000,00); De conformidad con lo establecido por el artículo 45º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; DECRETA: Artículo 1°.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, hasta por la suma de CINCO MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 5 000 000,00), para ser destinados a los gastos que demande la realización del XL Período Ordinario de Sesiones de la Asamblea General de la OEA, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Nuevos Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General FUNCIÓN 03 : Planeamiento, Gestión y Reserva de Contingencia PROGRAMA FUNCIONAL 008 : Reserva de Contingencia SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0014 : Reserva de Contingencia ACTIVIDAD 1.000010 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.0 Reserva de Contingencia 5 000 000,00 ------------------- TOTAL EGRESOS 5 000 000,00 ========== A LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 008 : Ministerio de Relaciones Exteriores UNIDAD EJECUTORA 001 : Ministerio de Relaciones Exteriores- Secretaria de Administración FUNCION 02 : Relaciones Exteriores PROGRAMA FUNCIONAL 002 : Servicio Diplomático SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0002 : Servicio Diplomático ACTIVIDAD 1.046369 : Organización de Reuniones Internacionales en el Perú FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.3. Bienes y Servicios 5 000 000,00 ------------------ TOTAL EGRESOS 5 000 000,00 ========== Artículo 2º.- Procedimiento para la aprobación institucional 2.1. El Titular del Pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueba mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1º de la presente norma, a nivel funcional programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2. La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado, solicitará a la Dirección Nacional del Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. 2.3. La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado instruirá a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3°.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el artículo 1° del presente Decreto Supremo, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los ocho días del mes de marzo del año dos mil diez. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSE ANTONIO CHANG ESCOBEDO Ministro de Educación Encargado del Despacho del Ministerio Economía y Finanzas 465889-1 Designan representante del Ministerio de Economía y Finanzas en el Consejo de Administración del Fondo de Seguro de Depósitos RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 128-2010-EF/10 Lima, 5 de marzo de 2010 CONSIDERANDO: Que, por el artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 245-2009-EF/10 del 21 de mayo de 2009 se designó a la señorita Claudia María Amelia Teresa Cooper Fort como representante del Ministerio de Economía y Finanzas en el Consejo de Administración del Fondo de Seguro de Depósitos, a que se refi ere el artículo 146º de la Ley Nº 26702;