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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 9 de marzo de 2010 415261 Que, la citada funcionaria ha formulado renuncia al mencionado cargo; Que, es conveniente aceptar la renuncia formulada y designar al nuevo representante del Ministerio de Economía y Finanzas ante el referido Consejo de Administración; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 146º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, el artículo 7º de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos y el artículo 25º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia presentada por la señorita Claudia María Amelia Teresa Cooper Fort como representante del Ministerio de Economía y Finanzas en el Consejo de Administración del Fondo de Seguro de Depósitos, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar, al señor Carlos Francisco Izaguirre Castro como representante del Ministerio de Economía y Finanzas en el Consejo de Administración del Fondo de Seguro de Depósitos. Artículo 3º.- Remitir copia de la presente Resolución al Presidente del Consejo de Administración del Fondo de Seguro de Depósitos y a los interesados para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Ministra de Economía y Finanzas 465702-1 ENERGIA Y MINAS Aprueban transferencia bajo la modalidad de donación de materiales para la ejecución del proyecto Pequeño Sistema Lluta II Etapa RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 106-2010-MEM/DM Lima, 5 de marzo de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 026-2007-EM de fecha 05 de mayo de 2007, se dispuso la fusión del Proyecto de Mejoramiento de la Electrifi cación Rural mediante la Aplicación de Fondos Concursables – Proyecto FONER y la Dirección Ejecutiva de Proyectos, creándose la Dirección General de Electrifi cación Rural, la misma que ha entrado en funciones el 01 de enero de 2008; Que, mediante Convenio N° 013-07-MEM/DEP de fecha 05 de setiembre de 2007, la Dirección Ejecutiva de Proyectos del Ministerio de Energía y Minas (hoy Dirección General de Electrifi cación Rural), y la Municipalidad Distrital de Lluta, suscribieron el Convenio para la Transferencia bajo la Modalidad de Donación de Materiales para la ejecución del proyecto: Pequeño Sistema Eléctrico Lluta II Etapa, en la provincia de Caylloma, departamento de Arequipa; Que, la Cláusula Tercera del Convenio N° 013- 07-MEM/DEP establece que una vez entregado los materiales, la Entidad deberá efectuar la liquidación correspondiente y gestionar la Resolución Ministerial que formalice la donación de los citados materiales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18° de la Ley N° 28749, Ley General de Electrifi cación Rural y el artículo 55° de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 025-2007-EM; Que, mediante Resolución Directoral N° 304-09- EM/DGER del 16 de diciembre de 2009, se aprobó la Liquidación Final del Proyecto suministro de materiales para la ejecución del proyecto: Pequeño Sistema Eléctrico Lluta II Etapa, la misma que estableció como costo total a la fecha de transferencia la suma de S/. 141 864,53; Que, habiéndose aprobado la liquidación fi nal del proyecto citado en el considerando anterior, corresponde formalizar la transferencia a través de la emisión de la respectiva Resolución Ministerial; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28749, Ley General de Electrifi cación Rural; Decreto Supremo N° 025-2007-EM, Reglamento de la Ley N° 28749, Decreto Ley N° 25962, Ley Orgánica del Sector Energía y Minas, y el Decreto Supremo N° 031-2007-EM y sus normas modifi catorias, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; Con opinión favorable del Director General de Electrifi cación Rural y del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la Transferencia bajo la Modalidad de Donación de Materiales para la ejecución del proyecto: Pequeño Sistema Lluta II Etapa, ubicado en la provincia de Caylloma, departamento de Arequipa, a favor de la Municipalidad Distrital de Lluta. Artículo 2°.- Poner en conocimiento de la Municipalidad Distrital de Lluta, lo dispuesto en el artículo primero de la presente Resolución, a fi n de que se procedan a realizar las acciones correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA Ministro de Energía y Minas 465465-1 RELACIONES EXTERIORES Ratifican Acuerdo Complementario al Convenio Básico de Cooperación Técnica y Científica con el Gobierno del Brasil para la Implementación del Proyecto “Apoyo a la Implementación de Bancos de Leche Humana en el Perú” DECRETO SUPREMO Nº 013-2010-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Acuerdo Complementario al Convenio Básico de Cooperación Técnica y Científi ca entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Federativa del Brasil para la Implementación del Proyecto “Apoyo a la Implementación de Bancos de Leche Humana en el Perú”, fue suscrito el 11 de diciembre de 2009, en la ciudad de Lima, República del Perú; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento internacional; Que, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 57º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y ratifi car Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso;