Norma Legal Oficial del día 04 de noviembre del año 2010 (04/11/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano MORDAZA, jueves 4 de noviembre de 2010

NORMAS LEGALES

428627

MUNICIPALIDAD DE LOS MORDAZA Ordenanza Nº 345-CDLO.- Instauran el 5 de octubre como "Un dia sin bebidas alcoholicas en Los Olivos" 425675 Acuerdo Nº 42-2010/CDLO.- Acuerdan revertir a favor de la Municipalidad el dominio de terreno ubicado en la Asociacion de Vivienda San MORDAZA de MORDAZA 425675 R.A. Nº 453-2010.- Instauran MORDAZA administrativo disciplinario a docente de la Institucion Educativa N° 2015 "Manuel MORDAZA Prada" 425676 R.A. Nº 640-2010.- Sancionan con separacion temporal en el servicio a personal de servicio de la Institucion Educativa N° 3091 "Huaca de Oro" 425677 R.A. Nº 642-2010.- Sancionan con amonestacion a docentes de la Institucion Educativa N° 3087 "Carlos MORDAZA Fernandini" 425678 R.A. Nº 647-2010.- Sancionan con separacion temporal del servicio a docente de institucion educativa inicial 425680 MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA Ordenanza Nº 440-MDMM.Establecen Regimen Temporal de Beneficios Tributarios a fin de brindar facilidades a los contribuyentes que mantengan obligaciones pendientes de pago, generadas hasta el ano 2010, correspondientes a tributos municipales 425681

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA D.A. Nº 018.- Aprueban Directiva "Disposiciones para el Sorteo VPSI - 2010" 425682 PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Acuerdo Nº 000273.- Autorizan viaje de representantes de la Municipalidad a El MORDAZA para asistir a actividades del Proyecto Comun Emprendedurismo Social y Ecogestion de Residuos Urbanos - RESSOC 425686 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TOCACHE Ordenanza Nº 03-2009-MPT.- Declaran de necesidad y utilidad publica el establecimiento del Area de Conservacion Ambiental Municipal Multidistrital "Alto Shunte" 425687 (FONAFE), a partir de la aprobacion de la presente Ley, dictaran en sus respectivas jurisdicciones, bajo responsabilidad, la implementacion de Acciones de Saneamiento de la Informacion Contable, para lo cual las entidades realizan las gestiones administrativas necesarias con el objeto de depurar la informacion contable, de manera que los estados financieros expresen en forma fidedigna la realidad economica, financiera y patrimonial de las entidades publicas, sin perjuicio de los procedimientos especiales establecidos sobre la materia por ley. Para este fin, debera establecerse la existencia real de bienes, derechos y obligaciones, que afectan el patrimonio publico, y reunir la informacion y documentacion suficiente y pertinente que acredite la realidad y existencia de las operaciones para proceder al establecimiento de los saldos de las cuentas objeto de depuracion. Para este proposito se realizan las siguientes acciones: a) La Direccion Nacional de Contabilidad Publica del Ministerio de Economia y Finanzas en coordinacion con el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE), de acuerdo a sus atribuciones, estableceran los procedimientos para el registro contable de las operaciones de las entidades y empresas bajo su ambito, que se deriven de la presente Ley, en estricto apego a los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados, vigentes y aplicables. b) La Direccion Nacional de Contabilidad Publica del Ministerio de Economia y Finanzas, en coordinacion con la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (SBN), debera efectuar una revision de la normativa que regula los inventarios de activos fijos; a fin que las entidades cuenten con la documentacion que sustente los registros contables de este rubro. c) La Contraloria General de la Republica, en el MORDAZA de sus atribuciones, establecera los lineamientos pertinentes para que los Organos conformantes del Sistema Nacional de Control, en el ambito de su jurisdiccion, revisen y evaluen los resultados de la depuracion contable en aplicacion de la presente Ley. Articulo 4º.- De los plazos para el saneamiento de la informacion contable

PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY Nº 29608
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la Republica Ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE APRUEBA LA CUENTA GENERAL DE LA REPUBLICA CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL 2009
Articulo 1º.- Aprobacion de la Cuenta General de la Republica del Ejercicio Fiscal 2009 Apruebase la Cuenta General de la Republica correspondiente al Ejercicio Fiscal del Ano 2009 presentada por el Poder Ejecutivo, auditada por la Contraloria General de la Republica y dictaminada por la Comision de Presupuesto y Cuenta General de la Republica del Congreso de la Republica. Articulo 2º.- La aprobacion no exime de las acciones de Control y Fiscalizacion La aprobacion de la Cuenta General de la Republica del Ejercicio Fiscal 2009, no exime de las acciones de control a que se refiere la normatividad del Sistema Nacional de Control, ni posteriores acciones de fiscalizacion por parte del Poder Legislativo. Articulo 3º.- Acciones de Saneamiento de la Informacion Contable en el Sector Publico Disponese que los Titulares de las entidades y empresas publicas bajo el ambito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado

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