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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2010 (04/11/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 4

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 4 de noviembre de 2010 428628 Los titulares de las entidades y empresas públicas, así como la Dirección Nacional de Contabilidad Pública del Ministerio de Economía y Finanzas, el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE) y la Contraloría General de la República, informan a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República del Congreso de la República, los avances de la implementación establecida en el artículo 3º de la presente ley en el primer semestre del año 2011 y los resultados fi nales al culminar dicho año. Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los treinta días del mes de octubre de dos mil diez. CÉSAR ZUMAETA FLORES Presidente del Congreso de la República ALEJANDRO AGUINAGA RECUENCO Primer Vicepresidente del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los tres días del mes de noviembre del año dos mil diez. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educación 563284-1 PODER EJECUTIVO DECRETOS DE URGENCIA DECRETO DE URGENCIA Nº 071-2010 ESTABLECEN MEDIDAS EXTRAORDINARIAS A FIN DE AUTORIZAR UNA TRANSFERENCIA DE PARTIDAS A FAVOR DE LOS GOBIERNOS LOCALES EN EL PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO FISCAL 2010 EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE MODERNIZACIÓN MUNICIPAL Y EL PLAN DE INCENTIVOS A LA MEJORA DE LA GESTIÓN MUNICIPAL EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, los literales a) y b) del numeral 1.4 del artículo 1° de la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, aprueban el fi nanciamiento para el presente año del Programa de Modernización Municipal y del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal correspondiente al Año Fiscal 2010, estableciendo, asimismo, que los recursos se transfi eren en dos etapas; Que, el artículo 10º de los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Programa de Modernización Municipal aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2010-EF y el artículo 9º de los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal aprobado por el Decreto Supremo Nº 003-2010-EF, señalan que los recursos no asignados por el incumplimiento de las metas son asignados de manera adicional, entre aquellas municipalidades que hayan cumplido con todas las metas que le fueron establecidas para dicho año fi scal; Que, mediante las Resoluciones Directorales Nº 026- 2010-EF/76.01, 027-2010-EF/76.01 y 028-2010-EF/76.01, la Dirección General del Presupuesto Público ha aprobado los resultados de la evaluación del cumplimiento de metas del Programa de Modernización Municipal y del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal, para efectos de la transferencia de recursos correspondiente a la segunda etapa del año 2010, así como la evaluación para la asignación de los recursos adicionales a que se refi ere el considerando precedente; Que, asimismo la Resolución Directoral Nº 026-2010- EF/76.01 aprueba la evaluación correspondiente a las municipalidades que han acreditado el envío en forma oportuna de información para el cumplimiento de metas en febrero del presente año, no consideradas en la Resolución Directoral Nº 008-2010-EF/76.01, por lo que es procedente asignar a estos Gobiernos Locales los recursos correspondientes del Programa de Modernización Municipal; Que, en la Reserva de Contingencia están previstos los recursos para dar atención al otorgamiento de los conceptos a los que se hace referencia en los considerandos precedentes, por lo que, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, aprobado por la Ley Nº 29465, a favor de los pliegos Gobiernos Locales hasta por la suma de SEISCIENTOS OCHENTA Y CINCO MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS TREINTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 685 459 536,00), correspondiendo al Programa de Modernización Municipal la suma de TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS TREINTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 335 459 536,00) y al Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal la suma de TRESCIENTOS CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 350 000 000,00); Que, asimismo, es necesario establecer que mediante Acuerdo de Concejo Municipal, los recursos del Programa de Modernización Municipal podrán destinarse a otras fi nalidades, actividades y proyectos que la Municipalidad considere prioritarios, siempre que ello no limite el cumplimiento de las metas del mencionado Programa, para cuyo efecto el citado acuerdo será publicado tomando en cuenta los lineamentos establecidos en los numerales 1, 2, 3 y 4 del artículo 44º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, la complejidad en la evaluación de 1834 municipalidades a efectos de poder determinar los resultados de la evaluación de metas de cada una de ellas en sus seis áreas programáticas, ha conllevado a que los resultados de la evaluación de la segunda etapa, se dieran con posterioridad al mes de setiembre de 2010, fecha que se había previsto para la transferencia correspondiente a la segunda etapa, conforme a los literales a) y b) del numeral 1.4 del artículo 1° de la Ley N° 29465, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010; Que, atendiendo a lo anterior, es urgente dictar medidas económicas y fi nancieras, de carácter extraordinario y de interés nacional, orientadas a autorizar la transferencia de partidas a favor de los Gobiernos Locales que han cumplido las metas defi nidas en los reglamentos del Programa de Modernización Municipal y el Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal, y que de no efectuarse de manera inmediata afectaría el cumplimiento de las metas programadas para el año fi scal 2011, cuyas bases de ejecución se inician en el año fi scal 2010 con cargo a los recursos que se le deben transferir en el marco del referido plan y programa; En uso de las facultades conferidas en el numeral 19 del artículo 118º de la Constitución Política del Perú y el numeral 2 del artículo 11º de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo;