TEXTO PAGINA: 5
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 30 de octubre de 2010 428389 Ucayali, correspondiente al Plan Piloto de Municipalización de la Gestión Educativa, alcanza a OCHENTA Y DOS MILLONES TREINTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 82 034 934,00); sin embargo, se estima que lo requerido para el año fi scal 2010 asciende a OCHENTA Y CINCO MILLONES QUINIENTOS DOCE MIL SETECIENTOS VEINTISEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 85 512 726,00 ) por la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, en las Genéricas del Gasto 1: Personal y Obligaciones Sociales, 2: Pensiones y Otras Prestaciones Sociales y 3: Bienes y Servicios, de acuerdo al Informe Nº 307-2010- ME/SPE-UP, del Jefe de la Unidad de Presupuesto del Ministerio de Educación; Que, para garantizar la continuidad del Plan Piloto de Municipalización de la Gestión Educativa para el año 2010 y la atención de las obligaciones transferidas a los Gobiernos Locales, se requiere dictar medidas urgentes en materia económica y fi nanciera, que autoricen una transferencia de partidas de los Gobiernos Regionales de los Departamentos de Ancash, Ica, Pasco, San Martín y Ucayali a favor de las municipalidades mencionadas en el considerando precedente, hasta por el monto de TRES MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS NOVENTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 477 792,00), por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, con cargo a los recursos de su presupuesto y sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público; Que, resulta de interés nacional, aprobar las medidas económicas y fi nancieras orientadas a salvaguardar el adecuado funcionamiento del servicio educativo en el País, principalmente a favor de las instituciones educativas ubicadas en localidades que presentan las mayores brechas de cobertura educativa, las mismas que de no ejecutarse de manera inmediata originarán que se afecte a la población infantil del país, generando mayor gasto público el posterior restablecimiento de tal servicio prioritario; En ejercicio de las facultades conferidas por el numeral 19) del artículo 118° de la Constitución Política del Perú; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo de dar cuenta al Congreso de la República; DECRETA: Artículo 1º.- Autorización para la contratación de docentes en el año fi scal 2010 1.1 Autorízase al Gobierno Regional de la Provincia Constitucional del Callao y a los Gobiernos Regionales de los Departamentos de Ica, Junín, La Libertad y Lima a contratar a cuarenta (40) docentes, mediante contratos de naturaleza temporal, conforme al detalle siguiente: Gobierno Regional de la Provincia Constitucional del Callao, 4 docentes; Gobiernos Regionales de los Departamentos de Ica, 23 docentes; de Junín, 3 docentes; de La Libertad, 6 docentes; y de Lima, 4 docentes. Para tal efecto, los Gobiernos Regionales antes citados quedan exceptuados de lo dispuesto en el numeral 9.1 del artículo 9º de la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010. 1.2 Las entidades públicas realizan la contratación autorizada en el numeral 1.1. del presente artículo conforme a la lista nominada y priorizada de plazas por Institución Educativa de las Asociaciones Fe y Alegría y COPRODELI, aprobada por el Ministerio de Educación, la misma que se publica en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.minedu.gob.pe), en la misma fecha de la publicación de la presente norma en el Diario Ofi cial El Peruano. 1.3 El ingreso de docentes que se efectúe en las Unidades de Gestión Educativa Local de los Gobiernos Regionales, en el marco de lo dispuesto en la presente norma, se realizará en estricta observancia de lo establecido en las Normas y Procedimientos para la Contratación de Docentes en Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica y Técnico Productiva en el período lectivo 2010, aprobados mediante Resolución Jefatural Nº 0126-2010-ED. 1.4 La contratación de docentes autorizada en el presente artículo, se efectúa previo registro de las plazas en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público. Artículo 2º.- Autorización de Transferencia de Partidas 2.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, hasta por la suma de S/. 217 957,00 (DOSCIENTOS DIECISIETE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES), con cargo a los recursos del Ministerio de Educación, a favor del Gobierno Regional de la Provincia Constitucional del Callao, y de los Gobiernos Regionales de los Departamentos de Ica, Junín, La Libertad y Lima, para fi nanciar la contratación de docentes señalada en el numeral 1.2. del artículo 1º del presente Decreto, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 010 : Ministerio de Educación UNIDAD EJECUTORA 026 : Programa Educación Básica para Todos PROGRAMA 047 : Educación Básica SUB PROGRAMA 105 : Educación Secundaria FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.2 Pensiones y Otras Prestaciones : 217 957,00 Sociales --------------- TOTAL EGRESOS 217 957,00 ========= A LA: SECCION SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGOS : Gobiernos Regionales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 217 957,00 --------------- TOTAL EGRESOS 217 957,00 ========= Los pliegos habilitados en la Sección Segunda del presente numeral y los montos de transferencia por pliego, se detallan en el anexo 1: “Transferencia de Partidas - Número de Plazas Docentes y Montos por Pliego Habilitado”, que forma parte del presente Decreto de Urgencia, el cual se publica en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www. mef.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Ofi cial El Peruano. 2.2 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, hasta por la suma de TRES MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS NOVENTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 477 792,00), para cubrir exclusivamente los gastos correspondientes en las Instituciones Educativas del Plan Piloto de Municipalización de la Gestión Educativa, con cargo a la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Nuevos Soles SECCION SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO : Gobiernos Regionales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE : 2.1 Personal y Obligaciones Sociales : 2 747 305,00 2.2 Pensiones y Otras Prestaciones : Sociales 40 038,00 2.3 Bienes y Servicios : 690 449,00 ------------------ TOTAL EGRESOS 3 477 792,00 ========== A LA: En Nuevos Soles SECCION SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO : Gobiernos Locales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE : 2.1 Personal y Obligaciones Sociales : 2 747 305,00 2.2 Pensiones y Otras Prestaciones : 40 038,00 Sociales 2.3 Bienes y Servicios : 690 449,00 ------------------ TOTAL EGRESOS 3 477 792,00 ========== Los pliegos habilitados en el presente numeral y los montos de transferencia por pliego, se detallan en el anexo 2: “Transferencia de Partidas - Montos por Pliego Habilitado”, que forma parte del presente Decreto de