Norma Legal Oficial del día 30 de octubre del año 2010 (30/10/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA, sabado 30 de octubre de 2010

NORMAS LEGALES

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Que, las autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusion se otorgan por el plazo MORDAZA de diez (10) anos, renovables por periodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 15º de la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, concordado con el articulo 67º del Reglamento de la Ley de Radio y Television ­ Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; Que, el articulo 69º del mencionado Reglamento establece las condiciones a las cuales se sujeta la renovacion de las autorizaciones para la prestacion del servicio de radiodifusion; en tanto que el articulo 71º y la Cuarta Disposicion Final y Transitoria de dicho cuerpo legal consignan los requisitos necesarios para el otorgamiento de la renovacion solicitada; Que, el articulo 68º del citado Reglamento dispone que la solicitud pueda presentarse hasta el dia de vencimiento del plazo de vigencia de la respectiva autorizacion otorgada. En el presente caso, la solicitud de renovacion, presentada mediante Escrito de registro Nº 2008-049555 del 15 de diciembre de 2008, fue presentada dentro del plazo de la autorizacion otorgada mediante Resolucion Viceministerial Nº 183-2000-MTC/15.03; Que, mediante Informe Nº 4536-2009-MTC/29.02 del 28 de agosto de 2009, de la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones, se concluye que de acuerdo con lo verificado en la inspeccion tecnica, la estacion se encuentra operando con las caracteristicas tecnicas autorizadas, sin causar interferencia a otras estaciones del servicio de radiodifusion, ni a otros servicios de telecomunicaciones, la antena y el transmisor se encuentran homologados por lo que la inspeccion tecnica es favorable; Que, de acuerdo al Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias en Frecuencia Modulada (FM) para las localidades correspondientes al departamento de MORDAZA, aprobado con Resolucion Viceministerial Nº 251-2004MTC/03, modificado con Resoluciones Viceministeriales Nº 485-2005-MTC/03 y Nº 509-2006-MTC/03, ratificado por Resolucion Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03 y modificado con Resoluciones Viceministeriales Nº 166-2009-MTC/03, Nº 460-2009-MTC/03, Nº 234-2010MTC/03 y Nº 601-2010-MTC/03, se advierte que dentro de la localidad denominada Huacho-Huaura-Hualmay, se incluye al distrito de MORDAZA, de la provincia de Huaura, departamento de Lima; Que, mediante Informe Nº 3859-2010-MTC/28, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones senala que la estacion radiodifusora perteneciente a la empresa RADIO PANAMERICANA S.A. se encuentra en aptitud tecnica para continuar operando y que, desde el punto de vista legal, es procedente renovar la autorizacion otorgada a la referida empresa para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) para la localidad de Huacho-Huaura-Hualmay del departamento de MORDAZA, al haberse verificado el cumplimiento de las condiciones y requisitos previstos en los articulos 69º y 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Television ­ Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; De conformidad con la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modificatorias, y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 0212007-MTC; Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Renovar la autorizacion otorgada mediante Resolucion Viceministerial Nº 183-2000-MTC/15.03 a favor de la empresa RADIO PANAMERICANA S.A., por el plazo de diez (10) anos, el mismo que vencera el 10 de MORDAZA de 2019, para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad de Huacho-Huaura-Hualmay, departamento de Lima. Articulo 2º.- La titular de la presente autorizacion esta obligada al cumplimiento de las obligaciones derivadas del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado con Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, para lo cual debera adoptar las acciones tendientes a garantizar que las radiaciones que emita su estacion radioelectrica no excedan los valores establecidos como limites maximos permisibles fijados. Articulo 3º.- Dentro de los sesenta (60) dias de notificada la presente Resolucion, la titular de la autorizacion

efectuara el pago correspondiente al derecho de renovacion y canon anual, caso contrario, la autorizacion quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio de que el Ministerio emita el acto administrativo pertinente. Articulo 4º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones

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Declaran aprobada transferencia a favor de persona natural de la autorizacion otorgada a la empresa Telesistema Peruano C.H.M.V. SAC, mediante R.VM. Nº 501-2001-MTC/15.03
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 801-2010-MTC/03
MORDAZA, 19 de octubre de 2010 VISTO, el Escrito con Registro Nº 2005-018052 del 17 de agosto de 2005, presentado por la empresa TELESISTEMA PERUANO C.H.M.V. S.A.C. sobre transferencia de autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion a favor de MORDAZA MORDAZA MARIELLA MORDAZA MEZA; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Viceministerial Nº 501-2001MTC/15.03 del 18 de MORDAZA de 2001, se otorgo a la empresa TELESISTEMA PERUANO C.H.M.V. S.A.C., autorizacion y permiso de instalacion por el plazo de diez (10) anos, para operar una estacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en el distrito de Huarmey, provincia de Huarmey, departamento de Ancash; Que, el articulo 73º del Reglamento de la Ley de Radio y Television establece que la autorizacion, conjuntamente con los permisos, licencias y autorizaciones de enlaces auxiliares a la radiodifusion, podran ser trasferidas, previa aprobacion del Ministerio, mediante Resolucion Viceministerial conteniendo ademas el reconocimiento del MORDAZA titular; Que, el articulo 27º de la Ley de Radio y Television dispone que para proceder a la transferencia de una autorizacion, debe haber trascurrido por lo menos dos (2) anos contados a partir de la fecha de entrada en vigencia de la autorizacion y que el adquiriente no se encuentre incurso en alguna de las causales establecidas en el articulo 23º de la Ley de Radio y Television; Que, mediante Escrito con Registro Nº 2005-018052 del 17 de agosto de 2005, la empresa TELESISTEMA PERUANO C.H.M.V. S.A.C., solicito la aprobacion de la transferencia de autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito de Huarmey, provincia de Huarmey, departamento de MORDAZA, a favor de MORDAZA MORDAZA MARIELLA MORDAZA MEZA; Que, el pedido de transferencia de la autorizacion otorgada a la empresa TELESISTEMA PERUANO C.H.M.V. S.A.C. mediante Resolucion Viceministerial Nº 501-2001MTC/15.03, cumple con los requisitos establecidos en el articulo 74º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, asimismo, MORDAZA MORDAZA MARIELLA MORDAZA MORDAZA, no se encuentra incursa en ninguna de las causales previstas en el articulo 23º de la Ley de Radio y Television; Que, mediante Informe Nº 3522-2009-MTC/28 y Memorando No. 637-2010-MTC/28, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, concluye que se debe aprobar la solicitud de transferencia de autorizacion presentada por la empresa TELESISTEMA PERUANO C.H.M.V. S.A.C. a favor de MORDAZA MORDAZA MARIELLA MORDAZA MORDAZA, en aplicacion del silencio administrativo positivo, desde el 13 de enero de 2006, debiendose expedir el acto administrativo correspondiente, reconociendo a esta MORDAZA como nueva titular de la autorizacion otorgada mediante Resolucion Viceministerial Nº 501-2001MTC/15.03, asi como los derechos y obligaciones derivadas de la misma;

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