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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 30 de octubre de 2010 428393 Que, asimismo, es de interés del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR la participación de representantes en las otras reuniones APEC teniendo en cuenta que ejerce la representación alterna del Perú en la Reunión de Altos Ofi ciales y representa la delegación peruana en las reuniones del Comité de Comercio e Inversión de APEC (CTI) y de los subcomités y grupos de trabajo del CTI, realizando una coordinación permanente con entidades del sector público en los temas relacionados a la política comercial y a las materias que se tratan en los sub-comités y grupos de trabajo APEC y que es responsabilidad del MINCETUR presentar a revisión el cumplimiento del Perú como Economía no Industrializada, de las Metas de Bogor sobre Liberalización y Facilitación del Comercio y la Inversión, a fi n de que los Líderes de las Economías APEC corroboren este aserto en el informe correspondiente; Que, por otro lado, se llevará a cabo una visita de trabajo a Bangkok, Tailandia, del 16 al 18 de noviembre de 2010, con el fi n de fomentar el Acuerdo Comercial entre Perú y Tailandia, luego de que se suscriba el último protocolo adicional en Yokohama, en el marco de las Reuniones del APEC; Que, por tanto, el Viceministro de Comercio Exterior ha solicitado que se autorice el viaje del señor Julio José Chan Sánchez, Director APEC de la Dirección Nacional de Asuntos Multilaterales y Negociaciones Comerciales Internacionales, y de un equipo de profesionales que prestan servicios al Viceministerio de Comercio Exterior, para que en representación del MINCETUR participen en los eventos antes mencionados; Que, el MINCETUR es el organismo público responsable de velar por el cumplimiento de los acuerdos o convenios internacionales, en materia de comercio exterior e integración, en coordinación con los distintos sectores del Gobierno, en el ámbito de sus respectivas competencias; Que, la Ley N° 29465, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de los acuerdos comerciales de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución Suprema; De conformidad con el Decreto de Urgencia N° 001-2010, la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, Ley N° 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje del señor Julio José Chan Sánchez, Director APEC de la Dirección Nacional de Asuntos Multilaterales y Negociaciones Comerciales Internacionales, a las ciudades de Yokohama (Japón) y Bangkok (Tailandia), del 4 al 20 de noviembre de 2010, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, participe en las Reuniones en el marco del Foro de Cooperación Económica Asia Pacífi co – APEC y en las reuniones de trabajo con autoridades tailandesas, a que se refi ere la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2°.- Autorizar el viaje a la ciudad de Yokohama, Japón, de los señores Marcio Augusto De la Cruz Gómez y Sandra Carolina Herrera Cárdenas, del 3 al 15 de noviembre de 2010, del señor Edgar Manuel Vásquez Vela del 7 al 12 de noviembre de 2010, y de la señorita Lorena Cecilia Urbina Mazzini, del 7 al 13 de noviembre de 2010, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, participen en las Reuniones en el marco del Foro de Cooperación Económica Asia Pacífico - APEC, y del Acuerdo TPP, a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 3°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución estarán a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Sr. Julio José Chan Sánchez (del 4 al 20 de noviembre de 2010): Pasajes : US$ 3 590,00 Viáticos (US$ 260,00 x 15 días) : US$ 3 900,00 Tarifa CORPAC : US$ 31,00 Sres. Marcio Augusto De la Cruz Gómez y Sandra Carolina Herrera Cárdenas (del 3 al 15 de noviembre de 2010): Pasajes (US$ 2 480,34 x 2) : US$ 4 960,68 Viáticos (US$ 260,00 x 11 días x 2) : US$ 5 720,00 Tarifa COÓRPAC (US$ 31,00 x 2) : US$ 62,00 Sr. Edgar Manuel Vásquez Vela (del 7 al 12 de noviembre de 2010): Pasajes : US$ 2 525,00 Viáticos (US$ 260,00 x 5 días) : US$ 1 300,00 Tarifa CORPAC : US$ 31,00 Srta. Lorena Cecilia Urbina Mazzini (del 7 al 13 de noviembre de 2010): Pasajes : US$ 2,743.00 Viáticos (US$ 260,00 x 6 días) : US$ 1 560,00 Tarifa CORPAC : US$ 31,00 Artículo 4°.- Dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza mediante los artículos 1° y 2° de la presente Resolución, presentarán al Ministro de Comercio Exterior y Turismo un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en la reunión a la que asistirán; asimismo, deberán presentar la rendición de cuentas de acuerdo a ley. Artículo 5°.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 6°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Comercio Exterior y Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educación EDUARDO FERREYROS KUPPERS Ministro de Comercio Exterior y Turismo 562148-12 Autorizan al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo a suscribir con el PNUD un Convenio de Encargo para llevar a cabo procesos de selección para la adquisición de bienes RESOLUCIÓN SUPREMA N° 150-2010-MINCETUR Lima, 29 de octubre de 2010 Visto el Informe N° 1031-2010-MINCETUR/SG/OASA y el Memorándum N° 1609-2010-MINCETUR/SG/OGA de la Ofi cina General de Administración; CONSIDERANDO: Que, la naturaleza de la actividad turística es de gran sensibilidad a los hechos y acontecimientos que se producen en los diferentes destinos a los que arriba el visitante, por lo que es condición básica para el desarrollo de dichas actividades el brindar al turista un ambiente amigable y seguro, razón por la cual el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR ha priorizado dentro de su campo de acción las medidas que coadyuven a lograr dichas condiciones; Que, en tal sentido, el MINCETUR ha elaborado diversos proyectos de inversión vinculados a la seguridad y protección al turista, para cuya ejecución se requiere la acción coordinada y de apoyo entre diversos sectores, entre ellos, el Ministerio del Interior y el Ministerio del Ambiente, a través del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SERNANP; Que, a tal efecto, el MINCETUR ha suscrito convenios de colaboración con dichos sectores, para cuya ejecución es necesario llevar a cabo procesos de selección para la adquisición de bienes que serán entregados al Ministerio