NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2010 (28/09/2010)
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 28 de setiembre de 2010 426460 tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y, Con la opinión favorable del Ejército del Perú, y de conformidad con la Ley Nro. 27856 - Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República y la Ley Nro. 28899 - Ley que modifi ca la Ley Nro. 27856, Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio peruano, a personal militar de la República de Chile, sin armas de guerra, con la fi nalidad de participar en el V Concurso Ecuestre Internacional Confraternidad “Ciudad Heroica de Tacna”, organizada por la 3ra. Brigada de Caballería del Ejército del Perú, desde el 27 al 30 de setiembre del 2010: 1. GENERAL DE BRIGADA OVIEDO ARRIAGADA HUMBERTO 2. CORONEL GATICA BÓRQUEZ JORGE 3. CAPITÁN SIMÓN ZABALA LUIS 4. CAPITÁN GREZ MIGUEL EDUARDO 5. SARGENTO 1º LARA AGUERO MAXIMILIANO 6. CABO 2º CARRILLO PRISSING MANUEL 7. CABO 2º TORO BERRIOS ESTEBAN 8. CABO ORTEGA MUÑOZ CRISTIAN Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que de cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME THORNE LEÓN Ministro de Defensa 548750-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1052-2010-DE/SG Lima, 24 de setiembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Facsímil (DGS) Nº 1022 de fecha 21 de setiembre de 2010, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República de Argentina, sin armas de guerra; Que, en el marco de la VII Conferencia Bilateral de Estados Mayores entre los ejércitos de la República del Perú y Argentina, se acordó llevar a cabo el Curso de Selva y de Francotiradores en las escuelas especializadas del Ejército del Perú; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856 - Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modifi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y, Con la opinión favorable del Ejército del Perú, y de conformidad con la Ley Nro. 27856 - Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República y la Ley Nro. 28899 - Ley que modifi ca la Ley Nro. 27856, Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio peruano de personal militar de la República de Argentina, sin armas de guerra, del 01 de octubre al 31 de diciembre de 2010, para participar en el Curso de Selva y el Curso de Francotiradores: 1. SARGENTO SERGIO EDUARDO CENTURIO 2. CABO GUSTAVO FERMIN LABROUSSE Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME THORNE LEÓN Ministro de Defensa 548750-2 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1053-2010-DE/SG Lima, 24 de setiembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DGS) Nº 1000 de fecha 14 de setiembre de 2010, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, personal militar del Ejército Sur de los Estados Unidos de América realizará una visita de de coordinación al Ejército del Perú; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y, Con la opinión favorable del Ejército del Perú, y de conformidad con la Ley Nro. 27856 - Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República y la Ley Nro. 28899 - Ley que modifi ca la Ley Nro. 27856, Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso a territorio peruano, a los siguientes efectivos del Ejército Sur de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra, del 04 al 07 de octubre de 2010, para una reunión de coordinación con el Ejército del Perú: 1. CORONEL COSTELLO, MARK A. 2. CAPITAN CUERVO, LUIS 3. SARGENTO SPAMER, GEORGE 4. SARGENTO FOWLKES, JUSTIN 5. SARGENTO CRIPE, LAURA Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME THORNE LEÓN Ministro de Defensa 548750-3