NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2010 (28/09/2010)
CANTIDAD DE PAGINAS: 48
TEXTO PAGINA: 9
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 28 de setiembre de 2010 426459 Cadete Naval 1º Año Juan Carlos Abraham |01011935 70458503 ADRIANZEN Perry Cadete Naval 1º Año Jorge Luis ROCHA Lazo 01015904 71213903 Artículo 2°.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes: Lima - Cartagena (COLOMBIA) - Lima US$ 779.00 x 5 personas Viáticos: US$ 200.00 x 5 días x 5 personas Tarifa Única de Uso de Aeropuerto: US$ 31.00 x 5 personas Artículo 3°.- Facultar al Ministro de Defensa para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 4°.- El mencionado Personal Naval deberá cumplir con lo dispuesto en el Artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6°.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educación JAIME THORNE LEÓN Ministro de Defensa 549165-8 Autorizan viaje de oficial de la Marina de Guerra a Alemania para participar en evento sobre defensa contra armas químicas, biológicas, radioactivas y nucleares RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 419-2010-DE Lima, 27 de septiembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante OF. RE (DGS) Nº 2- 20 -E/49 e.a del 01 de febrero de 2010, el Ministerio de Relaciones Exteriores hace extensiva la invitación de la Asociación Alemana de Tecnología de Defensa, para participar en el 1er. Simposio sobre el Desarrollo de Capacidades de Defensa contra Armas Químicas, Biológicas, Radioactivas y Nucleares (CBRN) que se realizará del 30 de noviembre al 01 de diciembre en la ciudad de Berlín, Alemania; Que, mediante Ofi cio Nº 226 -2010-MINDEF/VPD/ B/01.a del 02 de febrero de 2010, se comunicó el interés del Sector para participar con el Capitán de Navío AP Santiago Guillermo Llop Meseguer en el mencionado evento internacional, el mismo que permitirá fortalecer la preparación para combatir la proliferación de Armas de Destrucción Masiva (químicas, biológicas y nucleares); Que, el viaje que se autoriza se encuentra previsto en el Rubro 5 : Medidas de Confi anza Mutua, Item 12, del Plan Anual de Viajes del Sector Defensa para los meses de marzo a diciembre del Año Fiscal 2010, aprobada con Resolución Suprema Nº 130 -2010 DE/SG de 01 de abril de 2010; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 -Ley que regula la autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, Ley Nº 29075 -Ley que establece la Naturaleza Jurídica, Función, Competencias y Estructura Orgánica básica del Ministerio de Defensa, Ley Nº 29465 -Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM del 05 junio 2002 y Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar del 27 de noviembre al 04 de diciembre de 2010, el viaje en Comisión de Servicio al Capitán de Navío AP Santiago Guillermo LLOP MESEGUER, Director de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa, para que participe en el 1er. Simposio sobre el Desarrollo de Capacidades de Defensa contra Armas Químicas, Biológicas, Radioactivas y Nucleares (CBRN) que se realizará en la ciudad de Berlín, Alemania. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Administración General efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes (Lima - Berlín - Lima ): US$ 1,851.00 x 1 persona Viáticos: US$ 260.00 x 1 persona x 5 días Tarifa Única por Uso de Aeropuerto US$ 31.00 x 1 persona Artículo 3º.- El personal autorizado, deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 6º y artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002 PCM de fecha 05 de junio de 2002 y a la Cuarta Disposición Final del Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG de fecha 26 de enero de 2004. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º .- Facultar al Ministro de Defensa para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educación JAIME THORNE LEÓN Ministro de Defensa 549165-9 Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar de Chile, Argentina y EE.UU. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1051-2010-DE/SG Lima, 24 de setiembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DGS) Nº 1038 de fecha 23 de setiembre de 2010, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República de Chile, sin armas de guerra; Que, con ocasión a las celebraciones por el día de creación de la ciudad de Tacna, se programó realizar el V Concurso Ecuestre Internacional Confraternidad” Ciudad Heroica de Tacna” entre los Ejércitos de la República del Perú y la República de Chile. Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el