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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 19 de agosto de 2011 448688 MUNICIPALIDAD DE LINCE FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 293-MDL Mediante Ofi cio Nº 337-2011-MDL-OSG, la Municipalidad Distrital de Lince solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 293-MDL que modifi ca el Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas (RASA), publicada en la edición del 11 de agosto de 2011. En el Artículo Primero, en la modificación del artículo 34° (Sanción de Demolición) del Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas (RASA), Último párrafo de la modificatoria. DICE : (…) se remitirá lo actuado a la Sub Gerencia de Recaudación y Ejecución Coactiva para ejecución forzosa.” DEBE DECIR : (…) se remitirá lo actuado a la Unidad de Ejecución Coactiva para ejecución forzosa.” 679472-1 MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO CHOSICA Aprueban Plan de Manejo de Residuos Sólidos de la Municipalidad ORDENANZA Nº 160-MDLCH Lurigancho, 21 de julio de 2011 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO-CHOSICA POR CUANTO: EL CONCEJO DE LURIGANCHO – CHOSICA, EN SESIÓN DE LA FECHA, VISTO: El Dictamen Nº 001-2011/CFTMA-MDLCH emitido por la Comisión de Comercialización, Fiscalización Transporte y Medio Ambiente, proponiendo la Ordenanza que Aprueba el Plan de manejo de Residuos Sólidos. CONSIDERANDO: Que, el artículo 195º de la Constitución Política del Perú señala que los Gobiernos Locales promueven el desarrollo, la economía local y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad en armonía con las Políticas y Planes Nacionales y Regionales de Desarrollo, siendo competentes, entre otros, para desarrollar y regular actividades y/o servicios en materia de salud y medio ambiente. Que, los numerales 3.1) y 3.2) del artículo 80º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, señala como funciones específi cas exclusivas de las municipalidades distritales, proveer el Servicio de Limpieza Pública, determinado las áreas de acumulación de desechos, rellenos sanitarios y el reaprovechamiento industrial de disposición así mismo regular y controlar el aseo, higiene y salubridad en los establecimientos comerciales, industriales, viviendas, escuelas, piscinas, playas y otros lugares públicos locales. Que, el artículo 17º de la Ley Nº 28611 de la Ley General del Ambiente, el artículo 9º y siguientes de la Ley General de Residuos Sólidos Ley Nº 27314, establecen que las Políticas Ambientales locales se diseñan y se aplican de conformidad con lo establecido en la Política Nacional del Ambiente y deben guardar concordancias entre sí. Que, la Ley General de Residuos Sólidos, Ley Nº 27314 modifi cada por el Decreto Legislativo Nº 1065, en su artículo 10º dispone el rol y las obligaciones de las Municipalidades en la gestión de los residuos sólidos de origen domiciliario, comercial y de aquellas actividades que generan residuos similares a estos, en todo el ámbito de la jurisdicción. Así como para la erradicación de botaderos que pongan en riesgo la salud de las personas y del Ambiente. Que mediante Ordenanza Nº 295-MML la Municipalidad Metropolitana de Lima creó el Sistema Metropolitano de Gestión de Residuos Sólidos, siendo objeto de la misma establecer las disposiciones que rigen los Aspectos técnicos y Administrativos de la Gestión de los Residuos Sólidos determinando las responsabilidades de las personas naturales y jurídicas de derecho público y privado que generen residuos sólidos y de las que desarrollan actividades vinculadas a la Gestión de Residuos Solidos, estableciéndose en su artículo 2º que la misma de cumplimiento obligatorio por la Municipalidades Distritales integrantes de la Municipalidad Metropolitana de Lima y las personas naturales y jurídicas de derecho público y privado que desarrollan actividades vinculadas a la Gestión de Residuos Sólidos. Que, mediante Ley Nº 27419 de fecha 07/10/2009 que Regula la Actividad de los Recicladores, estableciendo que los Gobiernos Locales Provinciales y Distritales deben de encargarse de establecer las políticas y medidas destinadas a la Gestión Ecológicamente Efi ciente de los Residuos Sólidos en la respectiva jurisdicción. Que, el Plan de Manejo de Residuos Sólidos (PMRS) para el Distrito de Lurigancho Chosica ha sido elaborado por el Equipo Técnico de la Gerencia de Servicios Públicos, documento que permitirá asegurar una efi ciente prestación del servicio de Limpieza Publica desde la Fuente de Generación hasta la Disposición Final, este instrumento de Gestión servirá para cumplir con las Metas establecidas en el Programa de Modernización Municipal con la fi nalidad de promover condiciones que contribuyan con el crecimiento y desarrollo sostenible de la economía local. Que, en ese sentido, la Gerencia de Servicios Públicos remite el informe Nº 111-2011–GSP/ MDLCH, presentando el Plan de Manejo de Residuos Sólidos en el Distrito de Lurigancho – Chosica, el cual sustenta el cumplimiento de metas establecidas en el programa de modernización Municipal y Plan de Incrementar a la mejora de la Gestión Municipal. De conformidad con lo establecido en el artículo 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades y en uso de las facultades conferidas en el numeral 8) del artículo 9º de la precitada norma, y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Concejo Municipal por unanimidad aprobó lo siguiente ordenanza: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE MANEJO DE RESIDUOS SÓLIDOS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO – CHOSICA Artículo 1º.- Aprobar el “Plan de Manejo de Residuos Sólidos del Distrito de Lurigancho – Chosica “(PMRS), que como anexo forma parte de la presente ordenanza. Artículo 2º.- Dejar sin efecto cualquier normatividad que se oponga a lo dispuesto en la presente ordenanza. Artículo 3º.- Autorizar al Señor Alcalde para que, vía Decreto de Alcaldía, efectué las modifi caciones y/o adecuaciones que correspondan para el mejor cumplimiento del plan aprobado en el Artículo Primero. Artículo 4º.- La presente Ordenanza regirá desde el día siguiente a su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Sin perjuicio de la publicación antes señalada, la presente norma deberá ser publicada en la Página Web de la Municipalidad (www.munichosica.gob.pe) y en el Portal del estado Peruano (www.peru.gob.pe). Artículo 5º.- Encargar el cumplimiento de la presente ordenanza a la Gerencia de Servicios Públicos, Sub