Norma Legal Oficial del día 19 de agosto del año 2011 (19/08/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 99

El Peruano MORDAZA, viernes 19 de agosto de 2011

NORMAS LEGALES

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Gerencia de Limpieza Publica y demas organos y Gerencias en cuanto les corresponda. Registrese, comuniquese, publiquese y apliquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Establecen disposiciones edificatorias en el distrito de MORDAZA MORDAZA
ORDENANZA Nº 470-MDMM MORDAZA, 10 de agosto del 2011 EL MORDAZA DEL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de MORDAZA MORDAZA, en Sesion Ordinaria Nº 17 de la fecha, y; VISTOS: El Informe Nº 099-2011-DPUOPC-GDUO-MDMM del Departamento de Planeamiento MORDAZA, Obras Privadas y Catastro, el memorando Nº 424-2011-GDUO-MDMM de fecha 03 de agosto del 2011 de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Obras y el informe Nº 652-2011-GAJ-MDMM de fecha 05 de agosto del 2011 de la Gerencia de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el Art. 194º de la Constitucion Politica del Estado modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 28607 publicada en el Diario Oficial El Peruano el 04/10/05, concordante con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la autonomia que la Constitucion Politica del Peru radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico, de conformidad con lo establecido en el numeral II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; Que, mediante Informe Nº 099-2011-DPUOPC-GDUOMDMM de fecha 03 de agosto del 2011, emitido por el Departamento de Planeamiento MORDAZA, Obras Privadas y Catastro, se informa que en la realidad existen lotes que por medida del minimo lote normativo no alcanzan la altura MORDAZA para su zonificacion, impidiendo la homogenizacion de alturas propuestas por medio de la Ordenanza Nº 457-MDMM, por un deficit del tamano de lote, resultando necesaria una tolerancia del diez por ciento (10%) para la aplicacion de los lotes minimos normativos; Que, mediante Informe Nº 652-2011-GAJ-MDMM de fecha 05 de agosto del 2011, la Gerencia de Asesoria Juridica emite opinion favorable para la aprobacion de la presente Ordenanza; Que, es objetivo de la actual Administracion contar con una normatividad MORDAZA acorde con los intereses de los vecinos y la vision del desarrollo sostenible y armonico del distrito asi como la promocion de la inversion inmobiliaria; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del articulo 9º de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobo por MAYORIA y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE DISPOSICIONES EDIFICATORIAS EN EL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA Articulo 1º.- Las alturas maximas establecidas en la Ordenanza Nº 1017-MML y el cuadro Nº 01 del Anexo Nº 3, Resumen de Zonificacion Residencial del Area de Tratamiento Normativo II que forma parte de la Ordenanza Nº 1076-MML; asi como las establecidas en el cuadro Nº 01 Resumen de Zonificacion Residencial del Area de Tratamiento Normativo III que forma parte de la Ordenanza Nº 290-MDMM y modificatorias, se aplicaran en lotes iguales o mayores al lote normativo (area y frente minimo normativo) con un margen de tolerancia de diez por ciento (10%) considerando el nivel de consolidacion MORDAZA de la zona. Articulo 2º.- La presente Ordenanza entrara en

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Aprueban Programa de segregacion en la Fuente como parte del MORDAZA de Recoleccion de Residuos Solidos Domiciliarios
DECRETO DE ALCALDIA N° 004-2011-ALC/MDLCH Lurigancho ­ Chosica, 25 de MORDAZA de 2011 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO-CHOSICA POR CUANTO: El MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Lurigancho ­ Chosica en atencion a la propuesta formulada en el Informe N° 112-11/GSP/MDLCH de Gerencia de Servicios Publicos: CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru reconoce que la persona es el fin supremo de la sociedad y del Estado privilegia el derecho fundamental a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de la MORDAZA (Articulo 2º, Inciso 22). Que, la Ley Organica de Municipalidad Nº 27972, establece en su Articulo 80, Numeral 3 en lo que respeta a saneamiento, salubridad y salud, es funcion especifica exclusiva de la Municipalidad Distrital proveer del servicio de Limpieza Publica determinando las areas de acumulacion de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento industrial de desperdicios. Que, la Ley General de Residuos Solidos Nº 27314, modificado por Decreto Legislativo Nº 1065 en su Articulo 10º, Numeral 12 sobre el rol de las Municipalidades establece Programas de Segregacion en la Fuente y la Recoleccion Selectiva de los Residuos Solidos en todo el ambito de su jurisdiccion, facilitando su reaprovechamiento y asegurando su disposicion final diferenciada y tecnicamente adecuada. Que, el Decreto Supremo Nº 012-2009-MINAN, que aprobo la Politica Nacional del Ambiente en lo que respecta al Eje de Politica 2. Gestion Integral de la Calidad Ambiental; Componente 4. Residuos Solidos, Lineamientos de Politica; impulsar las campanas de educacion y simbolizacion ambiental para mejorar las conductas respecto del arrojo de basura, fomentar la reduccion, segregacion, reuso y reciclaje; asi como el reconocimiento de la importancia de contar con Relleno Sanitario para disposicion final de Residuos Solidos. Estando a los fundamentos MORDAZA expuestos, en uso de las facultades conferidas por el Numeral 8) del Articulo 9 de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, DECRETA: Articulo 1°.- Apruebese el Programa de segregacion en la Fuente como parte del MORDAZA de Recoleccion de Residuos Solidos Domiciliarios, que se implementara en la Urbanizacion MORDAZA MORDAZA y Casco MORDAZA, el mismo que se entendera progresivamente en toda la circunscripcion del distrito de Lurigancho Chosica. Articulo 2°.- La Sub Gerencia de Limpieza Publica, requerira de una partida en el Presupuesto Municipal, con el objeto de garantizar la sostenibilidad del programa y la ejecucion del mismo en otras zonas. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 678908-1

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