Norma Legal Oficial del día 26 de diciembre del año 2011 (26/12/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, lunes 26 de diciembre de 2011

NORMAS LEGALES

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que obtenga en el sistema financiero y/o de las entidades multilaterales. - Recursos de terceros: Son recursos que no generan obligacion de la EPS a la devolucion de los mismos. Articulo 3º.- La presente resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, no siendo de aplicacion a aquellas EPS que cuentan con Estudio Tarifario vigente, en cuyo caso la SUNASS dictara las normas de caracter transitorio que se requieran. Con el MORDAZA aprobatorio de los senores Consejeros MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Olivarez MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Carrion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Directivo 732527-1

De conformidad con lo dispuesto por el articulo 20º del Reglamento General de la SUNASS y el Acuerdo de Consejo Nº 79-2011; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar los "Lineamientos para el Periodo de Transicion Relativo a las EPS no comprendidas en la Modificacion de las Condiciones de Aplicacion del Modelo Regulatorio de SUNASS", que en Anexo forman parte integrante de la presente resolucion. Articulo 2º.- La presente MORDAZA entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, no siendo aplicable a los casos en los que la SUNASS hubiera concluido un MORDAZA de supervision o iniciado un Procedimiento Administrativo Sancionador. Con el MORDAZA aprobatorio de los senores Consejeros MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Olivarez MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Carrion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Directivo ANEXO Lineamientos para el Periodo de Transicion Relativo a las EPS no comprendidas en la Modificacion de las Condiciones de Aplicacion del Modelo Regulatorio de SUNASS Articulo 1°.- Alcance La presente MORDAZA sera de aplicacion a las EPS que requieran una modificacion de sus metas de gestion y que no se encuentren dentro de los alcances de la Resolucion de Consejo Directivo que aprueba la modificacion de las condiciones de aplicacion del Modelo Regulatorio de la SUNASS. Articulos 2°.- Requisitos de aplicacion Los presentes lineamientos seran de aplicacion siempre que las EPS hubieran previsto en su Plan Maestro Optimizado y en su Estudio Tarifario aprobado, proyectos cuyo financiamiento proviene de recursos de caracter no reembolsable. Se aplicaran para el caso de proyectos financiados con recursos involucrados en el Programa de Medidas de Rapido Impacto (PMRI) y similares. Articulo 3°.- Procedimiento 3.1.- En los supuestos a que se refiere el articulo anterior, la Gerencia de Regulacion Tarifaria a traves de la Gerencia General propondra al Consejo Directivo, para su aprobacion, segun corresponda, una modificacion de las metas de gestion relacionadas lo que implica la separacion del segmento de las metas de gestion que corresponden a recursos no reembolsables, de aquellas atribuibles a las demas MORDAZA de financiamiento. Esta modificacion se realizara por una unica vez para el periodo de tiempo que resta hasta el final del periodo regulatorio. 3.2.- La separacion de las metas de gestion comprende a su vez la disgregacion de los incrementos tarifarios relacionados con dichas metas. Los incrementos se aplicaran en la forma y oportunidad establecidas en la resolucion que apruebe la modificacion de las metas de gestion. 3.3.- De aprobarse la modificacion de las metas de gestion de la EPS, la Gerencia de Supervision y Fiscalizacion verificara el cumplimiento de las metas de gestion teniendo en cuenta dicha modificacion, una vez cumplido el ano regulatorio correspondiente. Articulo 4º.- Cronograma La Gerencia General, a propuesta de la Gerencia de Regulacion Tarifaria y de la Gerencia de Supervision y Fiscalizacion, aprobara el cronograma de modificacion de metas de gestion de las EPS. 732529-1

Aprueban "Lineamientos para el Periodo de Transicion Relativo a las EPS no comprendidas en la Modificacion de las Condiciones de Aplicacion del Modelo Regulatorio de SUNASS"
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 062-2011-SUNASS-CD MORDAZA, 21 de diciembre de 2011 VISTO: El Informe Nº 047-2011-SUNASS-100 emitido por la Gerencia de Politicas y Normas que contiene la propuesta de "Lineamientos para el Periodo de Transicion Relativo a las EPS no comprendidas en la Modificacion de las Condiciones de Aplicacion del Modelo Regulatorio de SUNASS"; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 2011-SUNASS-CD se incorporo el articulo 6 A al Reglamento General de Tarifas, aprobado mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 009-2007-SUNASSCD; Que, con la incorporacion MORDAZA referida se modificaron las condiciones de aplicacion del modelo regulatorio, las que se aplicaran cada vez que se apruebe por primera vez un Plan Maestro Optimizado o se produzca una revision tarifaria; Que, la referida MORDAZA no resulta de aplicacion a aquellas EPS cuyo periodo regulatorio se encuentra en curso, sin embargo el cumplimiento de sus metas de gestion no depende de manera exclusiva de las mencionadas EPS; Que, es necesario establecer un regimen de transicion para las EPS a que se refiere el considerado anterior, de tal modo que se posibilite la modificacion de sus metas de gestion para el resto del periodo regulatorio, luego de lo cual estas deberan ser formuladas de acuerdo a las nuevas condiciones de aplicacion del modelo regulatorio; Que, el articulo 30º de la Ley Nº 26338, Ley General de Servicios de Saneamiento, dispone que corresponde a la SUNASS establecer la normativa, los procedimientos y las formulas para el calculo de las tarifas; Que, el articulo 85º del Texto Unico Ordenado del Reglamento de la Ley General de Servicios de Saneamiento aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2005-VIVIENDA establece que la SUNASS es el organismo encargado de conducir el Sistema Tarifario, regulando y controlando su aplicacion a las EPS municipales, publicas, privadas o mixtas; Que, evaluados e incorporados algunos de los comentarios recibidos, corresponde aprobar el texto definitivo de la norma;

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