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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 21 de febrero de 2011 437407 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Formalización de Inscripción de Adecuación de Constitución Inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales la adecuación de constitución de la “Mancomunidad Municipal del Yacus”; integrada por las Municipalidades Distritales de Ataura, Huamalí, Huertas, Julcán, Masma, Masma Chicche, Molinos, Paca, Pancán, Ricrán, San Pedro de Chunán y Yauli, en la Provincia de Jauja, en el Departamento de Junín; reconociéndosele, a partir de dicho acto, la condición de persona jurídica de derecho público, como entidad pública. Artículo 2º.- Reconocimiento del Consejo Directivo Reconocer al Consejo Directivo de la “Mancomunidad Municipal del Yacus”, como sigue: - Presidente: Anselmo Yoni Gago Lino, alcalde de la Municipalidad Distrital de Masma Chicche. - Director: José Manuel Miranda Monge, alcalde de la Municipalidad Distrital de Ataura. - Director: Reynaldo Julián Palomino Granados, alcalde de la Municipalidad Distrital de Huamalí. - Director: Roly Nicodemus Salazar Espinoza, alcalde de la Municipalidad Distrital de Huertas. - Director: Nancy Beatriz Fierro Vivanco, alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Julcán. - Director: Silvio Astete Benites, alcalde de la Municipalidad Distrital de Masma. - Director: Angel Moisés Huamán Mucha, alcalde de la Municipalidad Distrital de Molinos. - Director: Gilber Vicente Aquino Ureta, alcalde de la Municipalidad Distrital de Paca. - Director: Mesías Cayo Lobo Suárez, alcalde de la Municipalidad Distrital de San Pedro de Chunán. - Director: Darío Lucio Camarena Fernández, alcalde de la Municipalidad Distrital de Pancán. - Director: Valerio Raúl Julcarima Simeón, alcalde de la Municipalidad Distrital de Ricrán. - Director: Oracio Aquino Aquino, alcalde de la Municipalidad Distrital de Yauli. Artículo 3º.- Registro de Anexos Inscribir el Estatuto, el Acta de Adecuación y las Ordenanzas Municipales que aprueban la Adecuación de Constitución de la “Mancomunidad Municipal del Yacus”, en el Registro de Mancomunidades Municipales. Artículo 4º.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución de Secretaría de Descentralización en el Diario Ofi cial El Peruano, y en la página web de la Presidencia del Consejo de Ministros: www.pcm.gob.pe/sd. Artículo 5º.- Vigencia La presente Resolución rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALBERTO MATOS ZÚÑIGA Secretario de Descentralización 605074-1 Disponen inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales la adecuación de constitución de la “Mancomunidad Municipal Río Cachi” de la provincia de Huamanga, departamento de Ayacucho SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Nº 042-2011-PCM/SD Lima, 17 de febrero de 2011 VISTOS: El Ofi cio Nº 008-2011-PCD-MANRIOCACHI/AYAC; la Ordenanza Municipal Nº 001-2011-MDA/A de la Municipalidad Distrital Acocro; la Ordenanza Municipal Nº 002-2011-MDCH- HGA/A de la Municipalidad Distrital Chiara; la Ordenanza Municipal Nº 004-2011-MDSJB/AYAC de la Municipalidad Distrital San Juan Bautista; la Ordenanza Municipal Nº 004- 2011-MDT/A de la Municipalidad Distrital Tambillo; el Acta de Adecuación de Constitución; el Estatuto de la “Mancomunidad Municipal Río Cachi” - “MANRIOCACHI”; y el Informe Nº 018- 2011–PCM/SD-OGI-MIRA; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modifi cada por la Ley Nº 29341, en el artículo 2º, defi ne a la Mancomunidad Municipal como el acuerdo de dos o más municipalidades, colindantes o no, con la fi nalidad de llevar a cabo la prestación conjunta de servicios y la ejecución de obras; promoviendo el desarrollo local, la participación ciudadana y el mejoramiento de la calidad de servicios a los ciudadanos; Que, la Ley citada, en el artículo 5º, señala que la inscripción en el Registro de Mancomunidades Municipales otorga personería jurídica de derecho público a la mancomunidad municipal; Que, la Tercera Disposición Complementaria del Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 046-2010- PCM, establece que la inscripción de la adecuación de constitución de la mancomunidad municipal le otorga personería jurídica de derecho público a ésta; Que, por Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 054-2008-PCM/SD, se dispuso la inscripción de la “Mancomunidad Municipal Río Cachi” - “MANRIOCACHI”, integrada por las Municipalidades Distritales de Acocro, Chiara, San Juan Bautista y Tambillo, en la Provincia de Huamanga, en el Departamento de Ayacucho; Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 228-2010-PCM/SD se dispuso adecuar el Registro de Mancomunidades Municipales a lo previsto en la Ley Nº 29341 y en el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; aprobándose el nuevo Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales que, en su artículo 23º, establece el procedimiento de inscripción de la adecuación de constitución de la mancomunidad municipal; Que, mediante el Ofi cio de Vistos, el señor Presidente de la “Mancomunidad Municipal Río Cachi” - “MANRIOCACHI”, solicita la inscripción de la adecuación de constitución de ésta, en el Registro de Mancomunidades Municipales; Que, el Estatuto modifi cado de la “Mancomunidad Municipal Río Cachi” - “MANRIOCACHI” describe el siguiente objeto: a) Ejecución, construcción, ampliación y mejoramiento de los proyectos, planes y programas para el desarrollo económico local, social, medio ambiente y fortalecimiento institucional, b) Fomento de la cultura, y rescate de la identidad cultural, c)Promoción de la participación vecinal en el desarrollo local, con el enfoque del territorio mancomunado, d) Fomento de la inversión privada y la promoción del empleo. Que, en el ámbito de las funciones, el Estatuto establece como delegación de funciones específi cas exclusivas: a) Planifi car y concertar el desarrollo social en su circunscripción, en armonía con las políticas y planes, regionales y provinciales, aplicando estrategias participativas que permitan el desarrollo de capacidades para superar la pobreza, b) Ejecutar actividades de apoyo, directo e indirecto, a la actividad empresarial en su jurisdicción sobre información, capacitación, acceso a mercados, tecnología, fi nanciamiento y otros campos, a fi n de mejorar la competitividad, c) Concertar con instituciones del sector público y privado de su jurisdicción, sobre la elaboración y ejecución de programas, planes y proyectos que favorezcan el desarrollo económico del distrito, d) Promover las condiciones favorables para la productividad y competitividad de las zonas urbanas y rurales del distrito, e) Fortalecer y desarrollar cadenas productivas y conglomerados, de conformidad a lo establecido en la Ley Nº 28846, y f) Ejecutar iniciativas de apoyo a la competitividad productiva, de acuerdo a lo señalado en la Ley Nº 29337 y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 192-2009-EF. Adicionalmente, como delegación de funciones específi cas compartidas: a) Ejecutar directamente o proveer la ejecución de las obras de infraestructura urbana o rural que sean indispensables para el desenvolvimiento de la vida del vecindario, la producción, el comercio, el transporte y la comunicación en el distrito, tales como pistas o calzadas, vías, puentes, parques, mercados, canales de irrigación,