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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 12 de julio de 2011 446322 la Constitución Política del Estado, la Ley Orgánica de Bases de Descentralización Nº 27783 y la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y sus modifi catorias; Que, mediante Acuerdo Regional N° 266-2011-GRJ/ CR, de 28 de junio de 2011, se aprueba autorizar el viaje del Presidente del Gobierno Regional Junín Dr. Vladimir Roy Cerrón Rojas, y del Vicepresidente del Gobierno Regional Junín Ing. Américo Mercado Méndez, en representación del Gobierno Regional Junín, a la ciudad de la Habana capital de la República de Cuba a fi n de participar como invitados del Embajador de la República de Cuba Sr. Luis Delfín Pérez Osorio, en la visita de familiarización y evaluación de proyectos en los sectores de salud pública y educación, del 10 al 19 de julio de 2011; Que, mediante Ofi cio N° 360-2011-GR-JUNÍN/PR, de 05 de julio de 2011, el Presidente del Gobierno Regional Junín Dr. Vladimir Cerrón Rojas, solicita modifi cación del Acuerdo Regional N° 266-2011-GRJ/CR, en el extremo del período de ausencia en mérito a las Cartas de 30 de junio de 2011, del Embajador de la República de Cuba Sr. Luis Delfín Pérez Osorio, con el que comunica que el evento de familiarización y evaluación de proyectos en los sectores de salud pública y educación, se realizará del 12 al 21 de de julio de 2011; Que, el literal u) del artículo 22º del Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional Junín, prescribe que es atribución del Consejo Regional autorizar los viajes al exterior del país que en comisión de servicios o en representación del Gobierno Regional realicen el Presidente; Que, el artículo 3° de la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece: “Las resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano, con anterioridad al viaje”; Que, de conformidad con las atribuciones conferidas por los artículos 9°, 10°, 11°, 15° y 37º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales sus modifi catorias y su Reglamento Interno; El Consejo Regional con el voto UNÁNIME de sus miembros: ACUERDA: Artículo Primero.- MODIFÍQUESE el Acuerdo Regional N° 266-2011-GRJ/CR, según el siguiente detalle: DICE: Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje del Presidente del Gobierno Regional Junín Dr. Vladimir Roy Cerrón Rojas, y del Vicepresidente del Gobierno Regional Junín Ing. Américo Mercado Méndez, en representación del Gobierno Regional Junín, a la ciudad de la Habana capital de la República de Cuba a fi n de participar como invitados del Embajador de la República de Cuba Sr. Luis Delfín Pérez Osorio, en la visita de familiarización y evaluación de proyectos en los sectores de salud pública y educación, del 10 al 19 de julio de 2011. Artículo Segundo.- ESTABLECER que el viaje del Presidente y del Vicepresidente del Gobierno Regional Junín, no originarán gastos al presupuesto de la región ni al erario Nacional. Artículo Tercero.- AUTORIZAR a la Secretaría Ejecutiva del Consejo Regional, la publicación de la presente Norma Regional en el diario ofi cial El Peruano y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional Junín, conforme a Ley. DEBE DECIR: Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje del Presidente del Gobierno Regional Junín Dr. Vladimir Roy Cerrón Rojas, y del Vicepresidente del Gobierno Regional Junín Ing. Américo Mercado Méndez, en representación del Gobierno Regional Junín, a la ciudad de la Habana capital de la República de Cuba a fi n de participar como invitados del Embajador de la República de Cuba Sr. Luis Delfín Pérez Osorio, en la visita de familiarización y evaluación de proyectos en los sectores de salud pública y educación, del 12 al 21 de julio de 2011. Artículo Segundo.- ESTABLECER que el viaje del Presidente y del Vicepresidente del Gobierno Regional Junín, no originarán gastos al presupuesto de la región ni al erario Nacional. Artículo Tercero.- AUTORIZAR a la Secretaría Ejecutiva del Consejo Regional, la publicación de la presente Norma Regional en el diario ofi cial El Peruano y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional Junín, conforme a Ley. Regístrese, comuníquese y cúmplase. EDDY R. MISARI CONDE Consejero Delegado Consejo Regional 663532-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ATE Disponen el embanderamiento general del distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 007 Ate, 4 de julio de 2011 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO; el Proveído Nº 3348-2011/MDA/A del Despacho de Alcaldía; y, CONSIDERANDO: Que, el día 28 de Julio del presente año, se conmemora el 190º Aniversario de la Independencia Nacional, asimismo, el 4 de agosto del presente año, se celebra el 190º Aniversario de la Creación Política del Histórico Distrito de Ate; Que, siendo estas fechas de trascendencia Nacional y Local respectivamente, constituye una oportunidad para fomentar entre los vecinos del distrito los sentimientos de identidad nacional y revaloración de principios como el Civismo, Respeto y Amor a la Patria; Que, es deber del Gobierno Local en vista de la celebración de estos magnos acontecimientos, incentivar la participación cívica del vecindario, resaltando los valores nacionales, el respeto y veneración a los Símbolos de la Patria; Que, es política de la actual Administración Municipal resaltar los hechos históricos con el propósito de remarcar nuestra identidad, así como nuestra conciencia cívica a través de la celebración de actividades y festividades, siendo uno de estos el embanderamiento, limpieza y pintado de fachadas en todos los inmuebles del Distrito de Ate, lo cual redundará además en el mejoramiento del ornato local; Que, mediante Proveído Nº 3348-2011/MDA/A del Despacho de Alcaldía, indica se proyecte el Decreto de Alcaldía correspondiente; Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del Artículo 20º y Artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE DECRETA: Artículo 1º.- DISPONER EL EMBANDERAMIENTO GENERAL DEL DISTRITO DE ATE; tanto en viviendas, locales comerciales e instituciones públicas y privadas a partir del 15 de julio hasta el 15 de agosto del año en curso, como acto cívico al conmemorarse el 190º Aniversario de la Independencia del Perú, así como también, el 190º Aniversario de la Creación Política del Distrito de Ate. Artículo 2º.- ESTABLECER; que todos los predios del Distrito, estén debidamente presentados, recomendándose para este efecto el pintado de sus respectivas fachadas. Artículo 3º.- El incumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía, dará lugar a las sanciones correspondientes. Artículo 4º.- ENCARGAR; el cumplimiento del presente Decreto a la Secretaría de Imagen Institucional y Comunicaciones, Gerencia de Seguridad Ciudadana, Sub Gerencia de Control, Operaciones y Sanciones de