Norma Legal Oficial del día 12 de julio del año 2011 (12/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 12 de MORDAZA de 2011

VISTOS: El Oficio Nº 001982-2011/GOR/RENIEC (26MAY2011) y el Informe Nº 000084-2011/GOR/RENIEC (26MAY2011), ambos emitidos por la Gerencia de Operaciones, los Informes 000042-2010-GOR-JR1PIU/ RENIEC (16SET2010) y 000027-2011-GOR-JR1PIU/ RENIEC (20ABR2011) emitidos por la Jefatura Regional MORDAZA y el Informe Nº 001454 -2011/GAJ/RENIEC (13JUN2011) emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil es un organismo constitucionalmente MORDAZA encargado, de manera exclusiva y excluyente de organizar y actualizar el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, asi como de inscribir los hechos y los actos relativos a su capacidad y estado civil; Que el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Entidad, en su articulo 75º dispone que la Gerencia de Operaciones Registrales es el organo de linea, encargado de planear, organizar, ejecutar, supervisar y controlar las acciones relacionadas con el MORDAZA de identificacion de las personas, asi como las inscripciones de los hechos vitales y modificatorios del estado civil; Que el articulo 11º de la Ley Nº 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil establece que el Jefe Nacional del RENIEC, tiene facultad de designar las oficinas registrales en todo el pais. Asimismo, esta autorizado para efectuar las modificaciones convenientes para el mejor servicio a la poblacion, creando o suprimiendo las dependencias que fueran necesarias; Que los articulos 11º, 13º y 81º del Reglamento de las Inscripciones del RENIEC, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, establecen que cada oficina registral estara dotada de los mecanismos funcionales suficientes para atender las exigencias derivadas del volumen poblacional, siendo facultad del Jefe Nacional la creacion y supresion de las mismas, atendiendo a las circunstancias y densidad de la poblacion, constituyendose en una primera instancia administrativa; Que mediante el informe del visto la Gerencia de Operaciones Registrales propone revocar las facultades registrales de las Oficinas de Registro del Estado Civil que funcionan en las Municipalidades Provincial de Tumbes en el Departamento de Tumbes y de Sullana en el Departamento de MORDAZA, como en la Municipalidad Distrital de MORDAZA, de la Provincia y Departamento de Piura; Que la Gerencia de Operaciones Registrales, a efectos de ampliar los servicios de registro de hechos vitales y actos modificatorias del estado civil, asi como brindar una mejor atencion a los ciudadanos, propone que las Agencias Tumbes en la Provincia y Departamento del mismo nombre, Sullana en la Provincia de Sullana, Departamento de MORDAZA, y la de MORDAZA en el Distrito de MORDAZA, Provincia y Departamento de MORDAZA que solo venian atendiendo tramites de entrega del DNI de mayores y menores de edad, se constituyan en Oficina Registral Tumbes, Sullana y MORDAZA respectivamente; Que la presente resolucion debe ser puesta a conocimiento de la ciudadania, a traves de la correspondiente publicacion; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26497, Ley Organica del RENIEC, el Reglamento de las Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 01598-PCM, el inciso h) del articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones del RENIEC aprobado mediante Resolucion Jefatural Nº 855-2010/JNAC/ RENIEC (29SET2010) y lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Constituyase en Oficina Registral Tumbes a la Agencia Tumbes, ubicada en Jr. MORDAZA Puell Nº 841 ­ Plazuela Bolognesi de la Provincia y Departamento de Tumbes; en Oficina Registral Sullana a la Agencia Sullana ubicada en MORDAZA MORDAZA MORDAZA 527 de la Provincia Sullana, Departamento de Piura; y en Oficina Registral MORDAZA a la Agencia MORDAZA ubicada en la Av. Tacna Nº 303, del Distrito de MORDAZA, Provincia y Departamento de MORDAZA, en las cuales se iniciaran los

procedimientos registrales tanto para el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales como para la inscripcion de hechos vitales y actos modificatorios del estado civil (nacimiento, matrimonio y defuncion) y los demas actos registrales senalados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos vigente, de acuerdo a lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Operaciones Registrales la implementacion de lo dispuesto en la presente resolucion y a la Gerencia de Imagen Institucional la difusion del contenido de la misma para la publicidad a la poblacion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA YRIVARREN MORDAZA Jefe Nacional 664038-1

Dejan sin efecto la R.J. Nº 00032011-JNAC/RENIEC y aprueban Presupuesto Analitico de Personal (PAP) correspondiente al Ano Fiscal 2011 del RENIEC
RESOLUCION JEFATURAL Nº 336-2011-JNAC/RENIEC MORDAZA, 11 de MORDAZA de 2011 VISTOS: El Oficio Nº 0002714-2011/GRH/RENIEC (05JUL2011), de la Gerencia de Recursos Humanos, el Oficio Nº 001420-2011/GPP/RENIEC (06JUL2011), de la Gerencia de Planificacion y Presupuesto, el Informe Nº 000910-2011/GPP/SGP/RENIEC (06JUL2011), de la Sub Gerencia de Presupuesto y el Informe Nº001560-2011/ GAJ/RENIEC (08JUL2011), de la Gerencia de Asesoria Juridica. CONSIDERANDO: Que el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, es un organismo constitucionalmente MORDAZA encargado de manera exclusiva y excluyente de las funciones de organizar y actualizar el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, asi como, registrar los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que con la Resolucion Jefatural Nº 855-2010-JNAC/ RENIEC (29SET2010), se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones y la Estructura Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil (RENIEC); Que a traves de la Resolucion Jefatural Nº 0003-2011JNAC/RENIEC (07ENE2011), se aprobo el Presupuesto Analitico de Personal (PAP) del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil (RENIEC); Que mediante la Resolucion Jefatural Nº 329-2011JNAC/RENIEC (04JUL2011), se aprobo el Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil (RENIEC); Que con el Oficio Nº 00002714-2011/GRH/RENIEC (05JUL2011), la Gerencia de Recursos Humanos solicito a la Gerencia de Planificacion y Presupuesto, que emita el informe de certificacion de credito presupuestario para el Presupuesto Analitico de Personal (PAP) 2011, de acuerdo a las plazas contenidas en el Cuadro para Asignacion de Personal (CAP), aprobado mediante la Resolucion Jefatural Nº 329-2011-JNAC/RENIEC (04JUL2011); Que a traves del Oficio Nº 001420-2011/GPP/RENIEC (06JUL2011), la Gerencia de Planificacion y Presupuesto traslado el Informe Nº 000910-2011/GPP/SGP/RENIEC (06JUL2011), de la Sub Gerencia de Presupuesto, otorgando la Certificacion del Credito Presupuestario solicitado para aprobar el Presupuesto Analitico de Personal (PAP) del Ano Fiscal 2011 de la Entidad; Que el Articulo 4º del Decreto Supremo Nº 043-2004PCM (18JUN2004), define al Presupuesto Analitico de Personal (PAP), como el documento de gestion que

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