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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE MARZO DEL AÑO 2011 (11/03/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 50

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 11 de marzo de 2011 438850 Establecen fecha de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales de los meses de enero y febrero de 2011 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 006-2011/MDSMP San Martín de Porres, 28 de febrero del 2011 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN MARTÍN DE PORRES VISTO: El Informe N° 038 -2011-GAT/MDSMP de la Gerencia de Administración Tributaria de la entidad, sobre vencimiento de plazo para pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales; y CONSIDERANDO: Que, el artículo 15° de la Ley de Tributación Municipal aprobado por el Decreto Legislativo 776 señala que “El Impuesto Predial podrá cancelarse de acuerdo a las siguientes alternativas: a) Al contado, hasta el último día hábil del mes de Febrero de cada año; b) En forma fraccionada, hasta en cuatro cuotas trimestrales. En ese caso la primera cuota será equivalente a un cuarto del impuesto total resultante y deberá pagarse hasta el último día hábil del mes de febrero…”; Que, mediante Ordenanza Nº 302-MDSMP (20. DICIEMBRE.2010), publicada en el diario ofi cial “El Peruano” con fecha 31.DICIEMBRE.2010, se establece el Régimen Tributario de los Servicios Públicos de Barrido de Calles, Recolección de Residuos Sólidos, Parques y Jardines y Serenazgo del Distrito de San Martín de Porres para el Ejercicio 2011; Que, de acuerdo a lo señalado en el Informe de Visto, se considera necesaria la ampliación del vencimiento del pago del Impuesto Predial y de los Arbitrios Municipales de los meses de Enero y Febrero, debiendo considerarse como plazo de vencimiento de dichos tributos el 31.MARZO.2011; Que, la Cuarta Disposición Final de la Ordenanza Nº 302-MDSMP faculta al Señor Alcalde dictar las medidas reglamentarias que sean necesarias para su mejor aplicación así como la prórroga de su vigencia; por lo que corresponde emitirse la respectiva disposición municipal, existiendo al respecto la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica (Informe N° 127-2011- GAJ/MDSMP); De conformidad con los artículos 20°, numeral 6) y 42 de la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades, así como Cuarta Disposición Final de la Ordenanza Nº 302- MDSMP; DECRETA: Artículo Primero.- ESTABLECER como fecha de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales de los meses de Enero y Febrero del Ejercicio 2011, el 31.MARZO.2011. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Administración y Finanzas, así como a las Subgerencias respectivas; y su publicación a la Secretaría General. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FREDDY S. TERNERO CORRALES Alcalde 612337-1 Prorrogan plazo de vencimiento de la Ordenanza Nº 306-MDSMP DECRETO DE ALCALDÍA Nº 007 - 2011/MDSMP San Martín de Porres, 28 de febrero del 2011 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN MARTÍN DE PORRES VISTO: El Informe N° 035 -2011-GAT/MDSMP de la Gerencia de Administración Tributaria de la entidad, sobre prórroga de la Ordenanza Nº 306-MDSMP; y CONSIDERANDO: Que, el artículo 15° de la Ley de Tributación Municipal aprobado por el Decreto Legislativo Nº 776 señala que “El Impuesto Predial podrá cancelarse de acuerdo a las siguientes alternativas: a) Al contado, hasta el último día hábil del mes de Febrero de cada año; b) En forma fraccionada, hasta en cuatro cuotas trimestrales. En ese caso la primera cuota será equivalente a un cuarto del impuesto total resultante y deberá pagarse hasta el último día hábil del mes de febrero…”; Que, mediante Ordenanza Nº 306-MDSMP (31. ENERO.2011), publicada en el diario ofi cial “El Peruano” con fecha 05.FEBRERO.2010, se establecen benefi cios extraordinarios por el Pronto Pago, cuya vigencia se encontraba en concordancia con lo establecido en la Ley precitada; Que, de acuerdo a lo señalado en el Informe de Visto, se considera necesaria la ampliación de la fecha de vencimiento de dicho benefi cio por cuanto a través del Decreto de Alcaldía N° 006-2011, se ha prorrogado el plazo del vencimiento del pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales hasta el 31.MARZO.2011; Que, la Segunda Disposición Final de la Ordenanza Nº 306-MDSMP faculta al Señor Alcalde dictar las medidas reglamentarias que sean necesarias para su mejor aplicación, así como la prórroga de su vigencia; por lo que corresponde emitirse la respectiva disposición municipal, existiendo al respecto la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica (Informe N° 140 -2011- GAJ/MDSMP); De conformidad con los artículos 20°, numeral 6) y 42 de la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades, así como Segunda Disposición Final de la Ordenanza Nº 306- MDSMP; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR el plazo de vencimiento de la Ordenanza Nº 306-MDSMP hasta el 31.MARZO.2011. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Administración y Finanzas, así como a las Subgerencias respectivas; y su publicación a la Secretaría General. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FREDDY S. TERNERO CORRALES Alcalde 612336-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE OTUZCO Autorizan viaje del Alcalde y del Teniente Alcalde para asistir al IV Encuentro Municipal Chileno - Peruano RESOLUCION DE ALCALDIA N° 070 -2011-MPO Otuzco, 3 de marzo del 2011