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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 28 de marzo de 2011 439831 Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle: - Viáticos (US$ 200,00 x 6 días) : US$ 1 200,00 - Pasajes Aéreos : US$ 716,00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, la señorita Cecilia del Rosario Pacheco Medina, presentará a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento que participará; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO FERREYROS KÜPPERS Ministro de Comercio Exterior y Turismo Presidente del Consejo Directivo de PROMPERÚ 619432-4 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 037-2011-PROMPERÚ/PCD Lima, 18 de marzo de 2011 Visto el Memorándum Nº 071-2011-PROMPERU/SG, de la Secretaria General de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ. CONSIDERANDO: Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones; Que, PROMPERÚ, en cumplimiento de sus funciones ha programado conjuntamente con ocho empresas nacionales, su participación en la Feria Internacional “EXPODISEÑO y EXPOCONSTRUCCIÓN 2011”, a realizarse en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 24 al 29 de mayo del 2011, evento que reúne a compradores, vendedores y profesionales del sector construcción; Que, la participación de PROMPERÚ en dicho evento tiene por objeto fortalecer la imagen país en el sector de materiales y acabados para la construcción, dentro del mercado latinoamericano, buscando potenciales compradores y distribuidores, facilitando el ingreso así como la internacionalización de los productos peruanos en el referido sector; Que, en tal razón, la Secretaria General de PROMPERÚ ha solicitado que se autorice el viaje del señor Gustavo Adolfo Trujillo Benguer, quien presta servicios en dicha entidad, a la ciudad de Bogotá, para que en representación de PROMPERÚ, participe en la referida Feria, realizando acciones de promoción de exportaciones de importancia para el país y coordinando cuanto se refi ere a la instalación del stand peruano, en el recinto ferial; Que, la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de las acciones de promoción de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad; De conformidad con la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modifi catorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el Decreto Supremo Nº 009- 2007-MINCETUR; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Gustavo Adolfo Trujillo Benguer, a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 23 al 30 de mayo de 2011, para que en representación de PROMPERÚ lleve a cabo acciones de promoción durante el evento mencionado en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle: - Viáticos (US$ 200,00 x 8 días) : US$ 1 600,00 - Pasajes Aéreos : US$ 967,00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el señor Gustavo Adolfo Trujillo Benguer presentará a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento al que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO FERREYROS KÜPPERS Ministro de Comercio Exterior y Turismo Presidente del Consejo Directivo de PROMPERÚ 619432-5 CULTURA Declaran patrimonio cultural de la Nación a monumentos arqueológicos prehispánicos ubicados en el departamento de Ica RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 346-2011-VMPCIC-MC Lima, 24 de marzo de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 1887-2010-SDIC-DA-DREPH/ INC de fecha 13 de setiembre de 2010, la Sub Dirección de Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología concluye que los expedientes técnicos de los monumentos arqueológicos prehispánicos delimitados en el marco del “Proyecto de evaluación arqueológica para la línea de transmisión Independencia – Ica a 220 kv, departamento de Ica”, a cargo de la Lic. María Alejandra Rengifo Chunga, con R.N.A. N° CR-0968, no presentan observaciones; Que, mediante Informe N° 3739-2010-DCC-SDSP/DA/ DREPH/INC de fecha 15 de setiembre de 2010, la Sub Dirección de Supervisión y Peritaje de la Dirección de Arqueología recomienda se declare patrimonio cultural de la Nación y se aprueben los expedientes técnicos de los monumentos arqueológicos prehispánicos delimitados en el marco del precitado proyecto de evaluación arqueológica; Que, mediante Acuerdo Nº 1176 de fecha 16 de setiembre de 2010, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología acordó, entre otros, recomendar a la Alta Dirección del Ministerio de Cultura declarar patrimonio cultural de la Nación a los monumentos arqueológicos prehispánicos Lima La Vieja, El Sauce, Las Palmas y Humay, ubicados en la provincia de Pisco, departamento de Ica, y Rinconada – Cerrillo A, Rinconada – Cerrillo B y Parcona, ubicados en la provincia y departamento de Ica; asimismo recomendó aprobar los expedientes técnicos (plano de delimitación, memoria descriptiva y fi cha técnica) de los monumentos arqueológicos prehispánicos Las Palmas, Humay, Rinconada – Cerrillo A, Rinconada – Cerrillo B y Parcona; Que, el Artículo IV del Título Preliminar de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, declara de interés social y de necesidad pública la identifi cación, registro, inventario, declaración, protección, restauración, investigación, conservación, puesta en valor y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación y su restitución en los casos pertinentes;