Norma Legal Oficial del día 23 de mayo del año 2011 (23/05/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 23 de MORDAZA de 2011

bodega, la cual se dedicara a la extraccion de recursos hidrobiologicos de consumo humano indirecto, utilizando redes de cerco con longitud minima de malla de ½ pulgada (13 mm); Que, por Resolucion Ministerial Nº 175-97-PE de fecha 10 de MORDAZA de 1997, se autorizo el cambio de nombre del titular del permiso de pesca para operar dos embarcaciones pesqueras de bandera nacional, entre ellas, "SAN MORDAZA 10" de matricula CE-0228-PM, en los mismos terminos y condiciones en que fueron otorgados, consignando como MORDAZA titular a UNION FISHING S.A.; Que, por Resolucion Directoral Nº 244-99-PE/DNE de fecha 19 de octubre de 1999, se aprobo el cambio de nombre del titular de los permisos de pesca para operar las embarcaciones pesqueras, entre ellas, la embarcacion pesquera "SAN MORDAZA 10" de matricula CE-0228-PM con 250.79 m 3 de capacidad de bodega, cuyo MORDAZA titular es PESQUERA ARYAL S.A.; Que, por Resolucion Directoral Nº 323-2001PE/DNEPP de fecha 12 de diciembre del 2001, se aprobo el cambio de titularidad de los permisos de pesca otorgados para la operacion, entre otras, de la embarcacion pesquera de bandera nacional "SAN MORDAZA 10" de matricula Nº CE-0228-PM, a favor de PESQUERA INDUSTRIAL KATAMARAN S.A.C., a la vez declaro improcedente la solicitud de suspension del procedimiento formulada por PESQUERA ARYAL S.A., en liquidacion; Que, el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 0012002-PRODUCE de fecha 5 de septiembre del 2002, establecen respectivamente, que los recursos sardina (Sardinops sagax sagax), jurel (Trachurus picturatus murphy) y caballa (Scomber japonicus peruanus) seran destinados al consumo humano directo; Que, a traves de los escritos del visto, la empresa PESQUERA MORDAZA S.A., solicita el cambio de titular del permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera denominada "SAN MORDAZA 10" de matricula Nº CE0228-PM, acreditando la posesion de la embarcacion MORDAZA citada a traves del Contrato de Arrendamiento celebrado entre LANGOSTINERA CALETA DORADA S.A.C. con intervencion de PESQUERA INDUSTRIAL KATAMARAN S.A.C. (la cual manifiesta su consentimiento al presente tramite); Que, de la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente se ha determinado, que la administrada ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 7 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 0082009-PRODUCE; ademas, de subsanar lo observado planteado a traves de los Oficios Nºs 339-2011PRODUCE/DGEPP-Dchi de fecha 27 de enero del 2011 y Nº 730-2011-PRODUCE/DGEPP-Dchi del 18 de febrero del 2011, por lo que seria viable aprobar a favor del mismo el cambio de titular de permiso de pesca solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 0079-2011-PRODUCE/DGEPP-Dchi y el Informe Nº 458-2011-PRODUCE/DGEPP de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo establecido por el articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y modificado por Decreto Supremo Nº 015-2007PRODUCE, el procedimiento Nº 7 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 0082009-PRODUCE, la Resolucion Ministerial Nº 0842007-PRODUCE y Resolucion Ministerial Nº 0862007-PRODUCE; y,

En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PE y el literal d) del articulo 53º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 0102006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar a favor de PESQUERA MORDAZA S.A., el cambio de titular del permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera denominada "SAN MORDAZA 10" de matricula Nº CE0228-PM otorgado por Resolucion Ministerial Nº 02395-PE de fecha 17 de enero de 1995, modificada en su titularidad por la Resolucion Ministerial Nº 175-97PE de fecha 10 de MORDAZA de 1997, por la Resolucion Directoral Nº 244-99-PE/DNE de fecha 19 de octubre de 1999 y por la Resolucion Directoral Nº 323-2001PE/DNEPP de fecha 12 de diciembre del 2001, en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado; hasta el 01 de diciembre del 2011, en virtud al Contrato de Arrendamiento celebrado con LANGOSTINERA CALETA DORADA S.A.C. con intervencion de PESQUERA INDUSTRIAL KATAMARAN S.A.C. Articulo 2º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca otorgado a traves de la Resolucion Directoral Nº 323-2001-PE/DNEPP, a favor de PESQUERA INDUSTRIAL KATAMARAN S.A.C., para operar la embarcacion pesquera "SAN MORDAZA 10" de matricula Nº CE-0228-PM. Articulo 3º.- Incorporar a PESQUERA MORDAZA S.A., como MORDAZA titular del permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera "SAN MORDAZA 10" de matricula Nº CE-0228-PM, asi como la presente Resolucion en los Anexos correspondientes de la Resolucion Ministerial Nº 084-2007-PRODUCE y Resolucion Ministerial Nº 086-2007-PRODUCE, excluyendo a PESQUERA INDUSTRIAL KATAMARAN S.A.C. y la Resolucion Directoral Nº 323-2001-PE/ DNEPP, consignados en dichos Anexos. Articulo 4º.- El permiso de pesca a que se refiere el Articulo 1º de la presente Resolucion, sera ejercido conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE, en la que establece, que el recurso sardina, entre otros, seran destinados al consumo humano directo, o las normas que lo modifiquen o sustituyan, y a las sanciones previstas por su incumplimiento establecidas en el Decreto Supremo Nº 016-2007-PRODUCE. En este supuesto la totalidad de bodegas de la embarcacion deben mantener implementado y operativo el medio o el sistema de preservacion a bordo RSW o CSW, cuyo funcionamiento es obligatorio. Articulo 5º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es: www. produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. YSAAC MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero
642954-6

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