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NORMAS LEGALES www.elperuano.com.pe FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR AÑO DEL CENTENARIO DE MACHU PICCHU PARA EL MUNDO PODER EJECUTIVO JUSTICIA R.M. N° 0100-2011-JUS.- Designan Secretario Técnico del Consejo de Supervigilancia de Fundaciones 443083 PRODUCE R.D. Nº 307-2011-PRODUCE/DGEPP.- Renuevan autorización otorgada a Industrial Pesquera Santa Mónica S.A. para la instalación de planta de harina de pescado en el departamento de Piura 443083 R.D. Nº 308-2011-PRODUCE/DGEPP.- Otorgan autorización de incremento de fl ota a la empresa Congelados Julia S.A.C. para la construcción de embarcaciones pesqueras 443084 R.D. Nº 309-2011-PRODUCE/DGEPP.- Aprueban cambio de titular de permiso de pesca para operar embarcación pesquera a favor de Pesquera Diamante S.A. 443085 R.D. Nº 310-2011-PRODUCE/DGEPP.- Aprueban a favor de Corporación Pesquera Inca S.A.C. la incorporación defi nitiva de PMCE de embarcación pesquera 443088 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES RR.MM. Nºs. 348, 349 y 350-2011-MTC/02.- Autorizan viajes de Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil a EE.UU. y Chile, en comisión de servicios 443091 ORGANISMOS EJECUTORES ARCHIVO GENERAL DE LA NACION RR.JJ. Nºs. 165 y 166-2011-AGN/J.- Aceptan renuncia y designan Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica 443094 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE TUMBES Ordenanza Nº 002-2011-GOB.REG.TUMBES-CR.- Aprueban Reglamento del Proceso de Identifi cación y Acreditación de los agentes participantes del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2012, para la formulación del Plan Anual del Presupuesto Participativo y Cronograma para el Desarrollo de las acciones del Proceso Presupuestario del año 2012 443094 Sumario Año XXVIII - Nº 11410 FE DE ERRATAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectifi cación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice” y a continuación la versión rectifi cada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectifi carse. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL Lima, lunes 23 de mayo de 2011 443085