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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 2 de noviembre de 2011 452640 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Encargan funciones de Coordinador del Programa “Pensión 65” RESOLUCIÓN SUPREMA N° 319-2011-PCM Lima, 1 de noviembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 081-2011-PCM se crea el Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65”, en adelante el Programa “Pensión 65”, a cargo de la Presidencia del Consejo de Ministros, para otorgar subvenciones económicas a los adultos en condición de extrema pobreza a partir de los sesenta y cinco (65) años de edad que cumplan con los requisitos establecidos por la indicada norma; Que, el artículo 1° del Decreto Supremo N° 081-2011- PCM dispone que el Programa “Pensión 65” contará con un Coordinador designado por Resolución Suprema; Que, es prioritario que el Programa “Pensión 65” inicie de forma inmediata la protección de los adultos mayores a los que se encuentra dirigido, sector particularmente vulnerable de la población, con el propósito de asegurar una reducción sostenida de la pobreza extrema; Que, por lo expuesto, resulta necesario encargar las funciones de Coordinador del Programa “Pensión 65”; De conformidad con el inciso 8) del artículo 118° de la Constitución Política del Perú; y, la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Encargar las funciones de Coordinador del Programa “Pensión 65” al señor Jorge Luis Feliciano Amado. Artículo 2°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República SALOMÓN LERNER GHITIS Presidente del Consejo de Ministros 710705-1 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Autorizan viaje de Viceministra de Turismo para participar en la feria World Travel Market y en la Reunión Mundial de Ministros que se llevarán a cabo en el Reino Unido de Gran Bretaña RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 299 -2011-MINCETUR/DM Lima, 4 de octubre de 2011 CONSIDERANDO: Que, la feria World Travel Market, se llevará a cabo en la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña, del 07 al 10 de noviembre de 2011, evento internacional que representa para los participantes una ventaja competitiva para sus negocios y la posibilidad de estar en contacto con las últimas noticias sobre el desarrollo de la industria; Que, dicho evento internacional reunirá a un foro mundial de profesionales en el que examinarán las principales tendencias del sector turístico, especialmente en un escenario de posible crisis, se presentarán varios destinos y sectores de la industria turística ante un público especializado de profesionales de viajes del mundo y se tratarán tema relacionados a la sostenibilidad y el estado de la industria turística; Que, asimismo, en la misma ciudad de Londres, se realizará la Reunión Mundial de Ministros, coorganizada por la World Travel Market y la Organización Mundial de Turismo, en el que se discutirán temas de mercados emergentes, el rol e importancia de las ofi cinas de turismo en la época de crisis, entre otros, y se llevarán a cabo ruedas de prensa, reuniones de trabajo con el Grupo de Comercio e Inversión, espacio en el que se promoverá el ingreso de nuevos capitales al sector turismo; Que, en el marco de dicho evento, la Viceministra de Turismo, señorita Claudia Cornejo Mohme, expondrá acerca de las oportunidades de inversión en el sector turismo en el Perú, identifi cadas en: terrapuertos, transportes aéreo, marítimo y lacustre, hoteles y ecolodges, esparcimiento y relajación, así como la creación de una línea área regional con propuesta de plan de negocios para el sector privado; Que, por tanto, la Viceministra de Turismo ha solicitado que se autorice su viaje a la ciudad de Londres, a fi n de participar en dicho evento, en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; Que, el MINCETUR es la entidad pública responsable de promover, orientar y regular la actividad turística y representa al Estado en los eventos nacionales e internacionales de su competencia; Que, es necesario encargar las funciones del Despacho Viceministerial de Turismo en tanto dure la ausencia de la titular; Que, la Ley N° 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de las acciones de promoción de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad; De conformidad con la Ley N° 27790 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, la Ley N° 27619 – Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modifi catorias y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señorita Claudia Eugenia Cornejo Mohme, Viceministra de Turismo, a la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña, del 05 al 12 de noviembre de 2011, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR, participe en la feria World Travel Market y en la Reunión Mundial de Ministros a que se refi ere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimento de la presente Resolución estarán a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US$ 1 963,30 Viáticos (US$ 260,00 x 6 días) : US$ 1 560,00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, la señorita Cornejo Mohme presentará al Titular del Sector un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el evento al que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas de acuerdo a ley. Artículo 4°.- Encargar las funciones del Despacho Viceministerial de Turismo al señor Carlos Esteban Posada Ugaz, Viceministro de Comercio Exterior, a partir del 05 de noviembre de 2011 y en tanto dure la ausencia de la titular. Artículo 5º.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ LUIS SILVA MARTINOT Ministro de Comercio Exterior y Turismo 709769-1