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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 8 de octubre de 2011 451335 Decreto Supremo Nº 011-2008-DE de fecha 08 de julio de 2008, Anexo 4, establecen las Normas y Procedimientos para la obtención de la Califi cación Final de Ascensos de Ofi ciales de la Marina de Guerra del Perú; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 994-2011-DE/ MGP de fecha 30 de setiembre de 2011, se declararon las vacantes para Ofi ciales Almirantes de la Marina de Guerra del Perú, para el Proceso de Ascenso 2011 - Promoción 2012; Que, en el Acta N° 001-2011 de fecha 06 de octubre de 2011, de la Junta de Selección para el ascenso a los grados de Ofi ciales Almirantes en el grado de Contralmirante, se establece el Cuadro de Mérito de los Ofi ciales del grado de Capitán de Navío Comando General, candidatos para el ascenso al grado inmediato superior; Que, el Artículo 26º, inciso (a) de la citada Ley dispone que el ascenso para Ofi ciales Almirantes sea otorgado por el Presidente de la República, mediante Resolución Suprema refrendada por el Ministro de Defensa; Estando a la propuesta presentada por la Marina de Guerra del Perú y a lo acordado por el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo Único.- Otorgar el Ascenso al grado de Contralmirante al señor Capitán de Navío José Humberto ROMERO Glenny, Promoción 1985 de la Marina de Guerra del Perú, con antigüedad al 1º de enero de 2012, debiéndosele expedir el Despacho respectivo. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República DANIEL MORA ZEVALLOS Ministro de Defensa 701255-34 RESOLUCIÓN SUPREMA N° 461-2011-DE/MGP Lima, 8 de octubre de 2011 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29108, Ley de Ascensos de los Ofi ciales de las Fuerzas Armadas y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 011-2008-DE de fecha 08 de julio de 2008, Anexo 4, establecen las Normas y Procedimientos para la obtención de la Califi cación Final de Ascensos de Ofi ciales de la Marina de Guerra del Perú; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 994-2011-DE/ MGP de fecha 30 de setiembre de 2011, se declararon las vacantes para Ofi ciales Almirantes de la Marina de Guerra del Perú, para el Proceso de Ascenso 2011 - Promoción 2012; Que, en el Acta N° 001-2011 de fecha 06 de octubre de 2011, de la Junta de Selección para el ascenso a los grados de Ofi ciales Almirantes en el grado de Contralmirante, se establece el Cuadro de Mérito de los Ofi ciales del grado de Capitán de Navío Comando General, candidatos para el ascenso al grado inmediato superior; Que, el Artículo 26º, inciso (a) de la citada Ley dispone que el ascenso para Ofi ciales Almirantes sea otorgado por el Presidente de la República, mediante Resolución Suprema refrendada por el Ministro de Defensa; Estando a la propuesta presentada por la Marina de Guerra del Perú y a lo acordado por el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo Único.- Otorgar el Ascenso al grado de Contralmirante al señor Capitán de Navío Fernando Omar PEÑARANDA Muñoz, Promoción 1985 de la Marina de Guerra del Perú, con antigüedad al 1º de enero de 2012, debiéndosele expedir el Despacho respectivo. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República DANIEL MORA ZEVALLOS Ministro de Defensa 701255-35 RESOLUCIÓN SUPREMA N° 462-2011-DE/MGP Lima, 8 de octubre de 2011 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29108, Ley de Ascensos de los Ofi ciales de las Fuerzas Armadas y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 011-2008-DE de fecha 08 de julio de 2008, Anexo 4, establecen las Normas y Procedimientos para la obtención de la Califi cación Final de Ascensos de Ofi ciales de la Marina de Guerra del Perú; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 994-2011-DE/ MGP de fecha 30 de setiembre de 2011, se declararon las vacantes para Ofi ciales Almirantes de la Marina de Guerra del Perú, para el Proceso de Ascenso 2011 - Promoción 2012; Que, en el Acta N° 002-2011 de fecha 06 de octubre de 2011, de la Junta de Selección para el ascenso a los grados de Ofi ciales Almirantes en el grado de Contralmirante Administración, se establece el Cuadro de Mérito de los Ofi ciales del grado de Capitán de Navío Administración, candidatos para el ascenso al grado inmediato superior; Que, el Artículo 26º, inciso (a) de la citada Ley dispone que el ascenso para Ofi ciales Almirantes sea otorgado por el Presidente de la República, mediante Resolución Suprema refrendada por el Ministro de Defensa; Estando a la propuesta presentada por la Marina de Guerra del Perú y a lo acordado por el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo Único.- Otorgar el Ascenso al grado de Contralmirante al señor Capitán de Navío ADM. Carlos Fernando LIMA Honores, Promoción 1981 de la Marina de Guerra del Perú, con antigüedad al 1º de enero de 2012, debiéndosele expedir el Despacho respectivo. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República DANIEL MORA ZEVALLOS Ministro de Defensa 701255-36 Ascienden a diversos Oficiales al Grado de Teniente General FAP RESOLUCIÓN SUPREMA N° 463-2011-DE/FAP Lima, 8 de octubre de 2011 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29108 “Ley de Ascensos de Ofi ciales de las Fuerzas Armadas” concordante con el Decreto Supremo N° 011-2008-DE del 08 de julio de 2008 mediante la cual se aprueba el “Reglamento de Ley de Ascensos de Ofi ciales de las Fuerzas Armadas”, y su Anexo 5, en el cual se establecen los principios, etapas, requisitos, aptitudes y procedimientos que rigen los ascensos de Ofi ciales de las Fuerzas Armadas, así como las competencias de las Juntas correspondientes; Que, el Reglamento de Ley de Ascensos de Ofi ciales de las Fuerzas Armadas, establece en su artículo 37° inciso a., que los ascensos son otorgados por, el Presidente de la República, mediante Resolución Suprema refrendada por el Ministro de Defensa, para Ofi ciales Generales y Almirantes, en armonía a lo establecido en los artículos 35º y 36º inciso a. del citado Reglamento y en concordancia con la Primera Disposición Complementaria, Transitoria y Final del Reglamento de la Ley Nº 28359, que establece que para la aplicación progresiva del artículo 7º de la Ley de Situación Militar de los Ofi ciales de las Fuerzas Armadas, será de acuerdo a los Planes Estratégicos Institucionales de Personal, aplicando cada Institución Armada las disposiciones contenidas en los Anexos que forman parte del indicado Reglamento, siendo aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2005-DE/SG del 14 de febrero