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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2011 (03/09/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 9

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 3 de setiembre de 2011 449399 Modifican conformación del Consejo Directivo del Centro de Innovación Tecnológica Turístico - Artesanal CITE SIPÁN RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 247-2011-MINCETUR/DM Lima, 1 de setiembre de 2011 Visto el Memorándum Nº 474-2011-MINCETUR/VMT del Viceministerio de Turismo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. CONSIDERANDO: Que, por Resolución Suprema Nº 006-2002- MINCETUR, de fecha 27 de setiembre de 2002, se creó el Centro de Innovación Tecnológica Turístico - Artesanal CITE SIPÁN del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, con sede en el departamento de Lambayeque; Que, mediante Resolución Suprema Nº 010-2003- MINCETUR, de fecha 16 de abril de 2003, se estableció la conformación del Consejo Directivo del CITE SIPÁN; Que, por Resolución Ministerial Nº 162-2003- MINCETUR/DM, de fecha 30 de abril de 2003, modifi cada por Resoluciones Ministeriales Nos. 020-2006-MINCETUR/ DM del 17 de enero de 2006, 057-2008- MINCETUR/DM del 7 de abril de 2008, 083-2010-MINCETUR/DM, del 7 de mayo de 2010 y 187-2010-MINCETUR/DM del 27 de septiembre de 2010, se designó a los representantes de las instituciones conformantes del Consejo Directivo del CITE SIPÁN; Que, mediante Ofi cio Nº 362-2011-GR.LAMB/ PRGRDE, de fecha 18 de febrero de 2011 y Ofi cio Nº 017-2011-AHORA, de fecha 15 de marzo de 2011, el Gobierno Regional de Lambayeque y la Asociación de Hoteles, Restaurantes y Afi nes de Lambayeque, AHORA - Lambayeque, han comunicado la propuesta de designación de sus nuevos representantes; Que, el artículo 15º del Reglamento de los Centros de Innovación Tecnológica de Artesanía y Turismo, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2005-MINCETUR, señala que los representantes del Sector Público y de las actividades económicas del sector privado serán propuestos al Titular del MINCETUR por los titulares de las entidades e instituciones a las que representarán, cuya incorporación al Consejo Directivo será formalizada por Resolución del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; Que, en tal sentido, corresponde formalizar la designación de los representantes propuestos por el Gobierno Regional de Lambayeque y la Asociación de Hoteles, Restaurantes y Afi nes de Lambayeque, AHORA - Lambayeque ante el Consejo Directivo del CITE SIPÁN; De conformidad con la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR, el Reglamento de los Centros de Innovación Tecnológica de Artesanía y Turismo, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2005- MINCETUR, la Resolución Suprema Nº 006-2002- MINCETUR que crea el Centro de Innovación Tecnológica Turístico - Artesanal CITE SIPÁN y la Resolución Suprema Nº 010-2003-MINCETUR, que establece la conformación del Consejo Directivo del CITE SIPÁN; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluido las designaciones de los señores Jorge Barandiarán Zegarra y Rosa Ivonne Meléndez Malatesta señaladas en las Resoluciones Ministeriales Nos. 162-2003-MINCETUR/DM y 083-2010- MINCETUR/DM, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Modifi car la conformación del Consejo Directivo del Centro de Innovación Tecnológica Turístico - Artesanal CITE SIPÁN del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, incorporando a los representantes de las siguientes entidades: • Por el Gobierno Regional de Lambayeque: Sra. María Perpetua Manay Sáenz, • Por los empresarios del Sector Turismo del Departamento de Lambayeque: Sr. Hernán Alberto Meoño Linares. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ LUIS SILVA MARTINOT Ministro de Comercio Exterior y Turismo 685043-1 CULTURA Autorizan viaje de personal del Ministerio a Suecia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 313-2011-MC Lima, 24 de agosto de 2011 Visto el Informe Nº 041-2011-DGPCP-VMPCIC/MC, de fecha 25 de agosto de 2011, de la Dirección General de Patrimonio Cultural; y, CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Cultura es un organismo del Poder Ejecutivo encargado de realizar acciones de declaración, investigación, protección, conservación, puesta en valor, promoción y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación, constituyéndose como una persona jurídica de derecho público y un pliego presupuestal del Estado; Que, la Dirección General de Patrimonio Cultural, mediante Informe Nº 041-2011-DGPC-VMPCIC/MC, señala que teniendo en consideración que diversos bienes culturales integrantes del patrimonio cultural de la Nación se encuentran indebidamente en el Museo de la Municipalidad de Gotemburgo, ciudad de Estocolmo, Reino de Suecia, estima conveniente sostener conversaciones con diversas autoridades en dicho Municipio, a fi n de hacer de conocimiento la importancia que tienen dichos bienes culturales para con la historia de nuestro país, siendo que su repatriación permitirá que los mismos, conjuntamente con otros, puedan ser exhibidos para el deleite de turistas nacionales y extranjeros, y posteriormente puedan exhibirse muestras de las mismas en diversos países del mundo; Que, por las razones antes señaladas, la mencionada Dirección considera que resulta necesario se autorice el viaje a la ciudad de Estocolmo, Reino de Suecia, de las señoras: Paloma Carcedo Muro de Mufarech, Directora General de Patrimonio Cultural; Emma Susana Arce Torres, Directora del Museo Regional de Ica; y Carmen Aída Thays Delgado, Jefa del Departamento de Textiles del Museo Nacional de Arqueología, Antropología e Historia del Perú, a fi n de que realicen acciones de promoción de nuestro patrimonio cultural de la Nación y coordinaciones que permitan que los bienes culturales que se encuentran en posesión indebida sean repatriados a nuestro país con la máxima celeridad posible; Que, a través del Artículo 10º de la Ley Nº 29626, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, se prohíbe los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de las acciones de promoción de importancia para el Perú, los que deben ser autorizados mediante Resolución del Titular de la Entidad; Que, resulta evidente que el viaje de las personas antes señaladas, contribuirá a que diversas autoridades de la ciudad de Estocolmo, Reino de Suecia, conozcan la importancia de los bienes culturales que se encuentran en posesión de la Municipalidad de Gotemburgo, lo cual constituye acciones de promoción de importancia para el país, por cuanto, a través de ellas se podrá conseguir la repatriación de los bienes que integran el patrimonio cultural de la Nación; Que, los gastos que genere el viaje al exterior de las citadas personas, por concepto de viáticos, gastos de