Norma Legal Oficial del día 03 de septiembre del año 2011 (03/09/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, sabado 3 de setiembre de 2011

NORMAS LEGALES

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para el ingreso de personal millar de los Estados Unidos de MORDAZA, sin MORDAZA de guerra; Que, personal militar de la Infanteria de MORDAZA de los Estados Unidos de MORDAZA, realizara una evaluacion de terrenos ubicadas en MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA, para el desarrollo de algunos futuros proyectos de construccion a realizarse con fondos del Programa de Ayuda Humanitaria (HAP); Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificado por Ley Nº 28899, establece que "el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futiros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores"; y Con la opinion favorable de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, y de conformidad con la Ley Nro. 27856 - Ley de requisitos para la autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica y la Ley Nro. 28899 - Ley que modifica la Ley Nro. 27856; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio peruano, sin MORDAZA de MORDAZA, a personal militar de la Infanteria de MORDAZA de los Estados Unidos de MORDAZA, Capitan de Corbeta MORDAZA SONIER, para realiza una evaluacion de terrenos ubicadas en MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA, para el desarrollo de algunos futuros proyectos de construccion a realizarse con fondos del Programa de Ayuda Humanitaria (HAP), del 5 al 9 de setiembre de 2011. Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificado por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa 685563-1 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 883-2011-DE/SG MORDAZA, 01 de setiembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DSD) Nº 547 de fecha 15 de agosto de 2011, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica de Colombia, sin MORDAZA de guerra; Que, durante la XIV Reunion del Comite de Trabajo del Acuerdo de Asistencia Mutua entre la Armada Nacional de Colombia y la MORDAZA de MORDAZA del Peru, llevada a cabo en el ano 2010, se establecio realizar la XVI Reunion Bilateral de Inteligencia entre MORDAZA Marinas, asi como la XV Reunion del Comite de Trabajo del Acuerdo de Asistencia Mutua; en Lima; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificado por Ley Nº 28899, establece que "el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas

Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores"; y Con la opinion favorable de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, y de conformidad con la Ley Nro. 27856 - Ley de requisitos para la autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica y la Ley Nro. 28899 - Ley que modifica la Ley Nro. 27856; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio peruano, sin MORDAZA de MORDAZA, al personal militar de la Armada Colombiana, para participar de la "XVI Reunion Bilateral de Inteligencia entre la Armada Nacional de Colombia y la MORDAZA de MORDAZA del Peru" y de la "XV Reunion del Comite de Trabajo del Acuerdo de Asistencia Mutua de 2011", a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA del 5 al 11 de setiembre de 2011: 1. Capitan de Navio 2. Capitan de Navio 3. Capitan de Fragata 4. Capitan de Fragata 5. Capitan de Fragata MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pedroza MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Molina.

Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificado por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa 685563-3 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 884-2011-DE/SG MORDAZA, 1 de setiembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DSD) Nº 542 y 536 de fecha 12 y 10 de agosto de 2011, respectivamente, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica de MORDAZA, sin MORDAZA de guerra; Que, personal militar de la Republica de MORDAZA, participara de la "XXV Ronda de Conversaciones de Altos Mandos de los Comandos Conjuntos de las Fuerzas Armadas del Peru y Chile", a realizarse en el MORDAZA de las relaciones bilaterales entre ambos paises; Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la Autorizacion y Consentimiento para el ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la Republica, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899 establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion

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