Norma Legal Oficial del día 22 de abril del año 2012 (22/04/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 22 de MORDAZA de 2012

Aprueban "Lineamientos Tecnicos para la Practica de la Cetreria"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0146-2012-AG MORDAZA, 19 de MORDAZA de 2012 VISTO: El Memorandum Nº 2007-2011-AG-DGFFS (DPFFS), de fecha 09 de diciembre de 2011, por el cual, la Direccion General Forestal y de Fauna MORDAZA recomienda la aprobacion de los "Lineamientos Tecnicos para la Practica de la Cetreria", y; CONSIDERANDO: Que, el articulo 5° de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, senala que el ejercicio de las competencias compartidas del Poder Ejecutivo con los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales esta regido por la Constitucion Politica del Peru, la Ley de Bases de la Descentralizacion, la Ley Organica de Gobiernos Regionales, la Ley Organica de Municipalidades, asi como por las Leyes de Organizacion y Funciones de los Ministerios y las entidades que componen el Poder Ejecutivo, segun corresponda; Que, respecto al ejercicio de las competencias compartidas, en las funciones que son materia de descentralizacion, el numeral 23.3 del articulo 23° de la Ley Nº 29158, de la acotada Ley, senala que los Ministerios, dictan normas y lineamientos tecnicos para el otorgamiento y reconocimiento de derechos, a traves de autorizaciones, permisos, licencias y concesiones, ademas, prestar apoyo tecnico a los Gobiernos Regionales y Locales para el adecuado cumplimiento de las funciones descentralizadas; Que, por Decreto Supremo Nº 011-2007-AG, se aprobo la transferencia de las facultades que corresponden a las funciones especificas de los literales "e" y "q" del articulo 51º de la Nº 27867, Ley Organica de los Gobiernos Regionales, por parte del ex Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, a los Gobiernos Regionales, las mismas que estan referidas a la gestion y administracion de los recursos forestales y de fauna silvestre; Que, de acuerdo al numeral 3.1 del articulo 3º de la Ley Nº 27308, Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, el Estado promueve el manejo de los recursos forestales y de fauna MORDAZA en el territorio nacional, como elemento fundamental para garantizar su desarrollo sostenible, con la activa participacion de los sectores sociales y economicos del pais; Que, asimismo, el numeral 3.4 del articulo 3º de la referida Ley, dispone, que el ex INRENA, es el organo encargado de la gestion y administracion de los recursos forestales y de fauna MORDAZA a nivel nacional; Que, el articulo 4º de la Ley Nº 29376, precisa que las funciones otorgadas por la Ley Nº 27308, al que fue el ex INRENA, son ejercidas por el Ministerio de Agricultura o los Gobiernos Regionales dentro del MORDAZA de sus competencias, concordante con el Decreto Supremo Nº 030-2008-AG, que dispone la fusion del INRENA en el Ministerio de Agricultura; Que, el articulo 57º del Decreto Supremo Nº 0312008-AG, Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, establece que la Direccion General Forestal y de Fauna MORDAZA, es la encargada de proponer politicas, estrategias, normas, planes, programas y proyectos nacionales relacionados al aprovechamiento sostenible de los recursos forestales y de fauna MORDAZA, los recursos geneticos asociados en el ambito de su competencia, en concordancia con la politica nacional del ambiente y la normativa ambiental; Que, el articulo 246º del Decreto Supremo Nº 0142001-AG, Reglamento de la Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, senala que la caza deportiva con el MORDAZA de aves de presa (cetreria) es autorizada exclusivamente en las areas senaladas por los Calendarios Regionales de Caza Deportiva; Que, la precitada MORDAZA, senala en su articulo 249º, que la tenencia de aves de presa para la caza deportiva, debe contar con la autorizacion respectiva y las aves deben ser inscritas en el registro abierto por el INRENA;

Que, de acuerdo al Informe Tecnico Legal Nº 0732011-AG-DGFFS-DPFFS, de fecha 01 de MORDAZA de 2011, emitido por la Direccion de Promocion Forestal y de Fauna MORDAZA, resulta necesario aprobar los "Lineamientos Tecnicos para la Practica de la Cetreria" y anexos, con la finalidad de regular y controlar dicha actividad, mediante el otorgamiento de licencias y autorizaciones por las Administraciones Tecnicas Forestales y de Fauna MORDAZA y Gobiernos Regionales, segun corresponda; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, Ley Nº 27308, Ley Forestal y de Fauna MORDAZA y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2001-AG, con las facultades conferidas, mediante el Decreto Legislativo Nº 997, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 031-2008-AG; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar los "Lineamientos Tecnicos para la Practica de la Cetreria" y sus anexos, los mismos que forman parte de la presente resolucion y que resultan de observancia obligatoria por las entidades del Estado, en los tres niveles de Gobierno. Articulo 2º.- Publiquese en el MORDAZA electronico del Ministerio de Agricultura, www.minag.gob.pe., los lineamientos, aprobados por el articulo 1º de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 3º.- Facultese a la Direccion General Forestal y de Fauna MORDAZA del Ministerio de Agricultura, para que emita normas complementarias, a fin de garantizar el cumplimiento y ejecucion de los "Lineamientos Tecnicos para la Practica de la Cetreria", aprobados mediante la presente Resolucion Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA GINOCCHIO BALCAZAR Ministro de Agricultura 779453-2

Modifican la R.M. Nº 103-2012-AG, sobre designacion de Administrador Tecnico Forestal y de Fauna MORDAZA de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0147-2012-AG MORDAZA, 19 de MORDAZA de 2012 VISTO: El Oficio Nº 406-2012-AG-DGFFS, de fecha 11 de MORDAZA de 2012, de la Directora Encargada de la Direccion General Forestal y de Fauna Silvestre; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 103-2012AG, se designo al Ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA Munoz, como Administrador Tecnico Forestal y de Fauna MORDAZA de Cusco; Que, mediante Oficio Nº 406-2012-AG-DGFFS, la Directora Encargada de la Direccion General Forestal y de Fauna MORDAZA, solicita que se modifique el articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 103-2012-AG, en lo referente al apellido MORDAZA, consignado como MORDAZA debiendo decir, Loaiza; Que, en ese sentido es necesario modificar el articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 103-2012-AG; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, Decreto Legislativo Nº 997, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0312008-AG; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Modificar el articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 103-2012-AG, el mismo que quedara redactado de la siguiente manera:

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