Norma Legal Oficial del día 24 de abril del año 2012 (24/04/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano MORDAZA, martes 24 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES

464805

PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Aprueban el Texto Unico de Procedimientos Administrativos MORDAZA del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria OSINERGMIN
DECRETO SUPREMO Nº 045-2012-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 2º de la Ley Nº 27332 - Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos concordado con el Decreto Supremo Nº 034-2008PCM, el Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria - OSINERGMIN, es un organismo publico regulador adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, mediante Decreto Supremo Nº 023-2009-PCM se aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria - OSINERGMIN; Que, el numeral 38.1 del articulo 38º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) es aprobado por Decreto Supremo del Sector; Que, el numeral 38.2 del articulo 38º de la Ley Nº 27444 - Ley de Procedimiento Administrativo General, establece que las entidades estan obligadas a publicar el integro de su Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) cada 2 (dos) anos bajo responsabilidad de su Titular; sin embargo, podran hacerlo MORDAZA, cuando consideren que las modificaciones producidas en el mismo lo ameriten; Que, la Ley Nº 27444 establece el MORDAZA de simplicidad, en virtud del cual, los tramites establecidos por la autoridad administrativa deberan ser sencillos, debiendo eliminarse toda complejidad innecesaria; por lo que los requisitos exigidos deberan ser racionales y proporcionales a los fines que se persigue cumplir; Que, con posterioridad a la publicacion del Decreto Supremo Nº 023-2009-PCM, se han expedido, entre otros, los siguientes dispositivos legales: Ley Nº 29325, Decreto Supremo Nº 004-2010-EM, Resolucion de Consejo Directivo de OSINERGMIN Nº 106-2010-OS/ CD, Resolucion de Consejo Directivo de OSINERGMIN Nº 107-2010-OS/CD, Resolucion de Consejo Directivo de OSINERGMIN Nº 240-2010-OS/CD, Resolucion de Consejo Directivo de OSINERGMIN Nº 105-2011-OS/ CD, Resolucion de Consejo Directivo de OSINERGMIN Nº 126-2011-OS/CD, Resolucion de Consejo Directivo de OSINERGMIN Nº 191-2011-OS/CD, lo que sirve de sustento para las modificaciones propuestas; Que, la Ley Nº 29060 - Ley del Silencio Administrativo senala que las entidades deberan calificar los procedimientos administrativos considerando estrictamente lo establecido en la mencionada Ley referente a la aplicacion del silencio administrativo positivo a los procedimientos que corresponda, asi como a lo senalado en el articulo 31º de la Ley Nº 27444, a fin de permitir que los administrados puedan satisfacer o ejercer sus intereses o derechos; Que, el MORDAZA normativo que regula los procedimientos administrativos a cargo del OSINERGMIN ha variado, lo cual implica la actualizacion, modificacion, eliminacion y creacion de nuevos procedimientos, por lo que

resulta pertinente aprobar un MORDAZA MORDAZA para dicha institucion; De conformidad con la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, la Ley Nº 29091, el Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM y el Decreto Supremo Nº 004-2008-PCM; DECRETA: Articulo 1º.- Apruebese el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA del Organismo Supervisor de Inversion en Energia y Mineria OSINERGMIN, conforme al Anexo que constituye parte integrante del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- El presente Decreto Supremo debera ser publicado en el Diario Oficial El Peruano. El MORDAZA debera ser publicado en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE (www.serviciosalciudadano.gob.pe) y en el MORDAZA Institucional del OSINERGMIN (www.osinergmin.gob.pe), el mismo dia de la publicacion del presente decreto en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 3º.- Deroguese el Decreto Supremo Nº 0232009-PCM, asi como cualquier otra disposicion que se oponga al presente Decreto Supremo. Articulo 4º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintitres dias del mes de MORDAZA del ano dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA VALDES DANCUART Presidente del Consejo de Ministros 780591-1

Modifican el articulo 56º del Reglamento General del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM
DECRETO SUPREMO N° 046-2012-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el articulo 56º del Reglamento General del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria - OSINERGMIN, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, dispone que el quorum de asistencia a las sesiones del Consejo Directivo es la mitad mas uno de los miembros habiles y en los casos en que el numero de miembros habiles resultase impar, el quorum es el numero entero inmediato superior al de la mitad de aquel, a excepcion de aquellos casos relacionados con tarifas, en los que se exige un quorum de cuatro miembros habiles; Que, es necesario dictar medidas para permitir el oportuno cumplimiento de las funciones de regulacion del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria -OSINERGMIN, de manera que puedan adoptar validamente decisiones que versen sobre materias tarifarias; Que, en tal sentido, resulta conveniente modificar el articulo 56º del Reglamento General del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria OSINERGMIN, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, uniformizando el quorum requerido para la realizacion de las sesiones de su Consejo Directivo;

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