TEXTO PAGINA: 56
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 7 de agosto de 2012 472070 Jurídica considera factible que mediante Acuerdo de Concejo se establezca el 14 de agosto de 1557, como fecha de fundación histórica del pueblo de Pueblo Libre, recomendando que el referido Acuerdo de Concejo se publique en el Diario Ofi cial EL PERUANO; Que, revisada y analizada la documentación, se advierte que el distrito de Pueblo Libre, asentado en territorios del antiguo CURACAZGO DE MARANGA o MALANCA, no tiene una fecha ni documento de fundación o creación durante la conquista o virreinato, cuya primera ocupación colonial, con fines de evangelización, parece haber ocurrido aproximadamente entre 1547 y 1549; Que, sin embargo, de acuerdo a los historiadores de la talla de Luis Enrique Tord y Rafael Larco Hoyle, señalan que en la fecha del 14 de agosto de 1557, en presencia de Andrés Hurtado de Mendoza, II Marqués de Cañete y Virrey del Perú y del Padre Fray Joan de Aguilera, Comisario General de la Orden Franciscana en el Perú, se estableció la Confi rmación Real de la existencia del pueblo de La Magdalena, con la donación del terreno efectuado por el CACIQUE GONZALO TAULICHUSCO; Que, en el momento en que el CACIQUE GONZALO TAULICHUSCO dona sus tierras a favor de la Orden Franciscana, el lugar se encontraba ocupado por población, por lo que se podría inferir que, en dicha fecha, efectivamente se constituyó el pueblo de la Magdalena; Que, conforme a las investigaciones realizadas por los historiadores y por tradición vecinal, se viene celebrando el Aniversario todos los 14 de agosto, por ser la fecha en que el CACIQUE GONZALO TAULICHUSCO donó las tierras en las que se encuentra hoy ubicado el distrito de Pueblo Libre; Que, por las razones antes expuestas, los miembros el Concejo Municipal consideran importante que se confi rme el 14 de agosto de 1557, como fecha de fundación histórica del pueblo de Pueblo Libre y, por ende, fecha de celebración del aniversario del distrito; En uso de las facultades conferidas por el numeral 20) del artículo 9° de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal por MAYORIA; y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta; ACORDÓ: Artículo Primero.- RECONOCER el 14 de agosto de 1557, como fecha de fundación histórica del pueblo de Pueblo Libre y, consecuentemente, la de su Aniversario. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Acuerdo en el Diario Ofi cial El Peruano. POR TANTO: Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase RAFAEL SANTOS NORMAND Alcalde 824112-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE LA PERLA Designan Ejecutor Coactivo de la Gerencia de Administración Tributaria de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 215 -2012-MDLP-ALC La Perla, 1 de agosto del 2012 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA VISTO: El Informe Nº 002-2012-PCCM-MDLP, de la Presidente de la Comisión Especial para la Convocatoria del Concurso Público de Méritos para designar un (01) Ejecutor Coactivo en la Municipalidad Distrital de la Perla, mediante el cual la Comisión Especial designada con la Resolución de Alcaldía Nº 130-2012-MDLP-ALC, da cuenta que como resultado del Concurso Público de Méritos Nº 001-2012-MDLP, el Abog. Fernando Valdivia Márquez, ha sido declarado ganador del mismo; y estando con el informe Nº 390-2012-SGP-GA-MDLP de la Sub-Gerencia de Personal; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú establece que “las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”; Que el Abog. Manuel de Oliveira Díaz Noronha renunció al cargo de Ejecutor Coactivo, de la que venía desempeñándose en la plaza P3-40-005-1, Categoría Remunerativa F-1, motivo por el cual, la plaza ha quedado vacante; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 009-2012- MDLP se aprueban las Bases Administrativas para el Concurso Público de Méritos para la designación de un (01) Ejecutor Coactivo para la Municipalidad Distrital de La Perla, publicándose la Convocatoria al Concurso Público de Méritos Nº 001-2012-MDLP, en el Diario Ofi cial El Peruano el día 30 de Junio del 2012 y el 1 de Julio del 2012; Que, habiéndose cumplido con la normativa para la designación del Ejecutor Coactivo, en concordancia con el Artículo 7º del Decreto Supremo Nº 018-2008- JUS, Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26979 – Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, y el Artículo 8º, literal e) de la Ley Nº 29812 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, se debe emitir el acto administrativo mediante el cual se designe al Abog. Fernando Valdivia Márquez como Ejecutor Coactivo, ocupando la plaza P3-40-005-1, Categoría Remunerativa F-1, en la Sub Gerencia de Ejecución Coactiva de la Gerencia de Administración Tributaria; En uso de las facultades conferidas por el Artículo 20º numeral 6) de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y la Ley de Procedimientos de Ejecución Coactiva, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2008- JUS; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR, a partir de la fecha al Abogado Fernando Valdivia Márquez, como Ejecutor Coactivo en la plaza P3-40-005-1, Categoría Remunerativa F-1, de la Sub Gerencia de Ejecución Coactiva de la Gerencia de Administración Tributaria de la Municipalidad Distrital de La Perla. Artículo Segundo.- Poner en conocimiento de la Gerencia de Administración Tributaria, la Gerencia de Administración y a la Sub Gerencia de Personal los términos de la presente resolución, a fi n de que se adopten las acciones administrativas en el ámbito de su competencia. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia de Secretaría General la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. PEDRO JORGE LOPEZ BARRIOS Alcalde 823775-1