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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE AGOSTO DEL AÑO 2012 (07/08/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 44

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 7 de agosto de 2012 472058 el organismo público encargado de diseñar la Política Nacional de carácter Multisectorial de Lucha contra el Tráfi co Ilícito de Drogas y el Consumo de Drogas, promoviendo el desarrollo integral y sostenible de las zonas cocaleras del país, en coordinación con los Sectores competentes, tomando en consideración las Políticas Sectoriales vigentes, así como conducir el proceso de su implementación; Que, el artículo 12° de la Ley Nº 29812- Ley del Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2012 establece en el numeral 12.1, inciso a), punto viii) que autoriza a DEVIDA, en el presente año fi scal a realizar de manera excepcional, transferencias fi nancieras entre entidades en el marco de los Programas Presupuestales: “Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible – PIRDAIS”, “Prevención y Tratamiento del Consumo de Drogas” y “Gestión Integrada y Efectiva del Control de Oferta de Drogas en el Perú”; precisándose en el numeral 12.2 del referido artículo, que dichas transferencias fi nancieras, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, se realizan mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la ofi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, siendo que tal resolución, debe ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, asimismo, el numeral 12.3 del artículo señalado en el párrafo anterior, establece que la entidad pública que transfi ere los recursos en virtud del numeral 12.1 del mismo artículo, es la responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes, metas en sus dimensiones físicas y fi nancieras, para los cuales les fueron entregados los recursos. Además, el referido numeral precisa, que los recursos públicos, bajo responsabilidad, deben ser destinados, solo a los fi nes para los cuales se autorizó su transferencia fi nanciera; Que, el artículo 13° del Decreto de Urgencia N° 016- 2012 autoriza la incorporación de recursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, hasta por la suma de S/. 2,072’151,265.00 con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, para ser destinados a atender los gastos del Gobierno Nacional e Instancias Descentralizadas; Que, el Anexo N° 5 “Relación de Proyectos de Inversión Pública a ser Ejecutados por Transferencias” del citado Decreto de Urgencia, consigna a favor de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA la suma de S/. 10’884,895.00 (Diez Millones Ochocientos Ochenta y Cuatro Mil Ochocientos Noventa y Cinco y 00/100 Nuevos Soles) para la ejecución de proyectos de inversión pública en las zonas de Huánuco, Pasco, Loreto, Ucayali y Ayacucho; Que, Mediante Resolución de Secretaria General N° 048-2012-DV-SG se aprobó la desagregación de los recursos aprobados mediante el Decreto de Urgencia N° 016-2012 por un monto de S/. 10’884,895.00 (Diez Millones Ochocientos Ochenta y Cuatro Mil Ochocientos Noventa y Cinco y 00/100 Nuevos Soles), con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios; Que, DEVIDA y la Municipalidad Distrital de Putumayo, de la provincia de Maynas del departamento de Loreto, el 14 de julio de 2012, en el marco del Programa Presupuestal “Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible – PIRDAIS”, han suscrito el “Convenio Específi co de Cooperación Interinstitucional para la ejecución del proyecto con código SNIP 199838 denominado “Mejoramiento del Proceso de Producción y Comercialización del cultivo de Arroz en 20 comunidades del distrito de Putumayo - Maynas - Loreto”, con un presupuesto ascendente a S/. 1’011,342.00 (Un Millón Once Mil Trescientos Cuarenta y Dos y 00/100 Nuevos Soles); y DEVIDA ha emitido su conformidad al correspondiente plan operativo a través del Responsable Técnico del PIR DAIS, mediante el Ofi cio N° 191-2012-DV-PIR DAIS de fecha 18 de julio de 2012; Que a fi n de posibilitar la implementación del proyecto a que se refi ere el considerando precedente, es necesario autorizar la transferencia fi nanciera del Pliego DEVIDA al Pliego/Unidad Ejecutora Municipalidad Distrital de Putumayo, de la provincia de Maynas del departamento de Loreto, hasta por la suma de S/. 1’011,342.00 (Un Millón Once Mil Trescientos Cuarenta y Dos y 00/100 Nuevos Soles); Que, mediante Informe N° 142-2012-DV-OPP de fecha 1 de agosto de 2012, la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido el informe previo favorable en concordancia con el numeral 12.1 del artículo 12° de la Ley N° 29812, así como el Informe de Certifi cación Presupuestal N° 01227-2012-DV-OPP/PPTO de fecha 23 de julio de 2012; Con las visaciones del Responsable Técnico del PIR DAIS, de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, de la Secretaría General; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12° y la Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29812 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la transferencia fi nanciera a favor de la Municipalidad Distrital de Putumayo de la provincia de Maynas del departamento de Loreto, hasta por la suma de S/. 1’011,342.00 (Un Millón Once Mil Trescientos Cuarenta y Dos y 00/100 Nuevos Soles), con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, para la ejecución del Proyecto con código SNIP 199838 denominado: “Mejoramiento del Proceso de Producción y Comercialización del cultivo de Arroz en 20 comunidades del distrito de Putumayo - Maynas - Loreto”, correspondiente al Programa Presupuestal: Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible PIRDAIS. Artículo Segundo.- La Transferencia Financiera a que se refi ere el artículo primero de la presente Resolución, se ejecutará con sujeción a la aprobación de calendario de pagos de DEVIDA por parte del Ministerio de Economía y Finanzas y con cargo al Presupuesto aprobado para el Año Fiscal 2012 del Pliego 012: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas, correspondiente a la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, conforme a la normativa vigente. Artículo Tercero.- La Transferencia Financiera se efectuará conforme al anexo que forma parte de la presente resolución y siempre que la Entidad Ejecutora cumpla con las condiciones pactadas en el Convenio Específi co señalado en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Cuarto.- En concordancia con lo dispuesto por el numeral 12.3 del artículo 12° de la Ley N° 29812, la Municipalidad Distrital de Putumayo, bajo responsabilidad, solo destinará los recursos públicos que se transfi eran para la ejecución del Proyecto citado en el artículo primero de la presente Resolución, quedando prohibida de reorientar dichos recursos a otras actividades o proyectos y que efectúe anulaciones presupuestales con cargo a los mismos. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARMEN MASIAS CLAUX Presidenta Ejecutiva ANEXO A LA RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 125-2012-DV-PE ENTIDAD EJECUTORA: Municipalidad Distrital de Putumayo Código SNIP Proyecto Tipo de Ejecución Presu- puestaria Desembolsos S/. Transferencia Financiera hasta por S/. 1° Desembolso 2° Desembolso 199838 Mejoramiento del Proceso de Producción y Comercialización del cultivo de Arroz en 20 comunidades del distrito de Putumayo - Maynas - Loreto Directa S/. 1’011,342.00 S/. 0.00 S/. 1’011,342.00 TOTAL S/. Un Millón Once Mil Trescientos Cuarenta y Dos y 00/100 Nuevos Soles 823961-3