TEXTO PAGINA: 42
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 28 de agosto de 2012 473484 capítulo XIV del título IV, en materia de Descentralización establece que las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local, formulan sus presupuestos con la participación de la población y rinden cuentas de sus ejecuciones anualmente, bajo responsabilidad, conforme a Ley; Que, la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades señala en el artículo 53º que las municipalidades se rigen por sus presupuestos participativos anuales, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan en concordancia con los planes de desarrollo concertados de su jurisdicción; Que, los artículos 17º y 42º inciso g) de la Ley 27783, Ley de Bases de la Descentralización, establece que los gobiernos locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo y sus presupuestos en la gestión pública; ésta a su vez se canaliza a través de los espacios y mecanismos de consulta, concertación, coordinación, fi scalización y vigilancia existentes, y otros que los gobiernos locales establezcan conforme a Ley; Que, la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo, su modifi catoria Ley Nº 29298 y Decreto Supremo Nº 097-2009-EF, señala los criterios para delimitar proyectos de impacto regional, provincial y distrital, establecen disposiciones que aseguran la efectiva participación de la sociedad civil en el proceso de programación participativa del Presupuesto de los gobiernos locales, siendo un aspecto fundamental para dicho proceso los Planes de Desarrollo Concertado; Que, el Decreto Supremo Nº 142-2009-EF que reglamenta la Ley Marco del Presupuesto Participativo, establece en su artículo 7º, inciso 7.3 que el Gobierno Local, convoca a la población organizada a participar en el Proceso del Presupuesto Participativo, haciendo uso de los medios de comunicación más adecuados, a fi n de garantizar una correcta y efi ciente comunicación con los agentes participantes, disponiendo además que los gobiernos locales reglamentan el desarrollo del proceso participativo, para facilitar su participación; Que, la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en su artículo 9º numerales 14, 34 y 53º y la Decimo Sexta Disposición Complementaria, dispone como atribución del Concejo Municipal, aprobar normas que garanticen la efectiva participación vecinal, reglamentando los espacios de participación vecinal, además de regular mediante Ordenanza, los mecanismos de aprobación de sus presupuestos participativos; Que, mediante Resolución Directoral Nº 007-2010EF/76.01 se aprobó el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01, Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo basado en Resultados, de carácter general y permanente; Que, en este contexto y tomando en cuenta lo expuesto, resulta necesario reglamentar la participación de los representantes de la sociedad civil; así como, sus responsabilidades, obligaciones y derechos, dentro del proceso del Presupuesto Participativo para el año 2013, el cual permitirá asegurar un uso efi ciente de los recursos públicos en el desarrollo local; Que, de conformidad con las atribuciones conferidas en la Ley Nº 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades”, el Concejo Municipal por Unanimidad y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO PARA EL AÑO 2013 DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento para el Proceso del Presupuesto Participativo del Año 2013 de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla, el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza y cuyo texto íntegro será publicado en la página web de la entidad www.municieneguilla.gob.pe. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente ordenanza a la Gerencia Municipal, Secretaría General, Gerencia de Planifi cación y Presupuesto, Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural, Gerencia de Desarrollo Social y la Subgerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional. Artículo Tercero.- FACULTAR al Alcalde, para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las Disposiciones Complementarias, Ampliatorias Reglamentarias a la presente Ordenanza Municipal. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza Municipal en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, publíquese, comuníquese y archívese. EMILIO A. CHAVEZ HUARINGA Alcalde 833683-1 Aprueban cronograma de Actividades del Proceso Presupuesto Participativo 2013 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 009-2012-A-MDC Cieneguilla, 22 de agosto de 2012 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA VISTO: El Informe Nº 066-2012-GPP/MDC de fecha 20 de Agosto de 2012 de la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto y el Proveído Nº 212-2012-GM-MDC de fecha 21 de agosto de 2012 referente al Cronograma de Actividades del Proceso Presupuesto Participativo 2013 que deberá ser de cumplimiento por el Equipo Técnico y Agentes Participantes de dicho Proceso Participativo, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad al artículo 53º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, señala que las Municipalidades se rigen por Presupuestos Participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la ley de la materia y en concordancia con los planes de desarrollo concertados de su jurisdicción; Que, de acuerdo al Capítulo II “Fases del proceso de Presupuesto Participativo” del Instructivo Nº 001-2010- EF/76.01 - Instructivo para el Presupuesto Participativo Basado en Resultados, aprobado mediante Resolución Directoral Nº 070-2010-EF/76.01 de fecha 26.03.2010, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, remite el Cronograma de Actividades del Proceso Presupuesto Participativo 2013; Que, mediante Ordenanza Nº 159-2012-MDC de fecha 16 de Agosto 2012, se aprobó el Reglamento del Proceso Presupuesto Participativo para el año 2013 de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla; estableciendo en su Segunda Disposición Complementaria y Final que el cronograma de dicho Presupuesto Participativo será aprobado mediante Decreto de Alcaldía; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del artículo 20º y el artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972 y la Ordenanza Nº 134-2011- MDC; DECRETA: Artículo Primero: Aprobar el cronograma de Actividades del Proceso Presupuesto Participativo 2013, según el cuadro adjunto que forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Segundo: Encargar al Gerente de Planifi cación y Presupuesto, Gerente de Desarrollo Urbano y Rural, Gerente Desarrollo Social, Gerente Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente y Gerente de Administración Tributaria y Rentas, miembros del Equipo Técnico del Proceso Presupuesto Participativo 2013, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía en cuanto les corresponda. Artículo Tercero: Disponer la publicación del presente Decreto de Alcaldía, en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página web de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla - www.municieneguilla.gob.pe Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. EMILIO A. CHAVEZ HUARINGA Alcalde