Norma Legal Oficial del día 28 de agosto del año 2012 (28/08/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA, martes 28 de agosto de 2012

NORMAS LEGALES

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estadisticas ambientales de la Comunidad, a fin de normalizar y armonizar los metodos de medicion, para que los resultados MORDAZA comparables; Que, el crecimiento sostenido del MORDAZA se debe, entre otros factores, al aprovechamiento de sus recursos naturales y la promocion de la inversion, siendo necesario fortalecer la generacion de estadisticas, indicadores ambientales y cuentas del medio ambiente, a fin de producir informacion estadistica para la adecuada toma de decisiones en el sector publico y privado; por lo que es necesario constituir un Comite Tecnico Interinstitucional de Estadisticas y Cuentas Ambientales, acorde con la nueva legislacion sobre la materia; Con la opinion tecnica de la Direccion Nacional de Cuentas Nacionales y las visaciones de la Sub Jefatura de Estadistica, de la Oficina Tecnica de Asesoria Juridica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el articulo 6º del Decreto Legislativo Nº 604 "Ley de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica". SE RESUELVE: Articulo 1º.- Constituir, en el MORDAZA del Sistema Estadistico Nacional el Comite Tecnico Interinstitucional de Estadisticas y Cuentas Ambientales, con la finalidad de apoyar la produccion de estadisticas y cuentas ambientales con oportunidad y calidad, el que estara integrado por : - Jefe del INEI, quien lo presidira y por representantes del: - Ministerio del Ambiente - Ministerio de Agricultura - Ministerio de Energia y Minas - Ministerio de Economia y Finanzas - Ministerio del Interior - Ministerio de la Produccion - Ministerio de Relaciones Exteriores- Ministerio de Salud - Ministerio de Transportes y Comunicaciones - Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento - Autoridad Nacional del Agua - Instituto Geofisico del Peru - Instituto Geologico Minero Metalurgico - Instituto MORDAZA del Peru - Instituto Nacional de Defensa Civil - Instituto Nacional Geografico del Peru - Instituto Peruano de Energia Nuclear - MORDAZA de MORDAZA del Peru - Municipalidad Metropolitana de MORDAZA - Municipalidad Provincial del Callao - Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de MORDAZA - Servicio Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado - Servicio Nacional de Meteorologia e Hidrologia - Servicio Nacional de Sanidad Agraria - Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento - Universidad Nacional Agraria de La MORDAZA La Secretaria Tecnica del Comite Tecnico Interinstitucional estara a cargo de la Direccion Nacional de Cuentas Nacionales del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica. Articulo 2º.- Las entidades que integran el Comite designaran a sus representantes titular y alterno, de las oficinas o areas vinculadas al tema ambiental, y los acreditaran ante la Presidencia del Comite en un plazo no mayor de cinco (5) dias calendario, luego de publicada la presente Resolucion. Articulo 3°.- El Comite Tecnico Interinstitucional, podra invitar a representantes de otras instituciones relacionados al estudio del Medio Ambiente y los Recursos Naturales. Articulo 4º.-Las funciones del Comite Tecnico Interinstitucional de Estadisticas y Cuentas Ambientales son las siguientes: a) Formular un Plan de Trabajo que responda a las necesidades nacionales, subregionales andinas e internacionales.

b) Emitir informes sobre los aspectos tecniconormativos referidos al procesamiento de la informacion ambiental, para ser considerados por las instituciones que la integran, durante el MORDAZA de produccion y difusion de las estadisticas e indicadores ambientales y de los recursos naturales, asegurando su comparabilidad a nivel departamental, nacional e internacional. c) Generar los mecanismos necesarios para contar con informacion relevante que sera considerada en los informes tecnicos y, de manera especial, para la elaboracion periodica del informe nacional sobre el estado del ambiente. Articulo 5°.-El Presidente del Comite Interinstitucional de Estadisticas y Cuentas Ambientales, debera instalar el mismo en un plazo no mayor de quince (15) dias calendario, contados a partir de la fecha de publicacion de la presente Resolucion. Articulo 6°.- Dejar sin efecto, a partir de la fecha la Resolucion Jefatural Nº 100-2004 INEI. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA DE LOS MORDAZA Jefe 833590-1

SERVICIO NACIONAL DE AREAS NATURALES PROTEGIDAS POR EL ESTADO
Designan y encargan funciones de Jefes de Areas Naturales Protegidas
RESOLUCION PRESIDENCIAL Nº 143-2012-SERNANP MORDAZA, 16 de agosto de 2012 VISTO: El Oficio Nº 930-2012-SERNANP-DGANP del 14 de agosto del 2012, mediante el cual la Directora de la Direccion de Gestion de las Areas Naturales Protegidas, solicita se emita la Resolucion Presidencial que designe a los Jefes de Areas Naturales Protegidas; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el numeral 2) de la MORDAZA Disposicion Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1013, se creo el SERNANP como Organismo Tecnico Especializado, con personeria juridica de Derecho Publico Interno, constituyendose en pliego presupuestal adscrito al Ministerio del Ambiente; Que, el Reglamento de Organizacion y Funciones del SERNANP aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2008-MINAM establece en su articulo 26º que las Jefaturas de Areas Naturales Protegidas son las unidades basicas de gestion de las Areas Naturales Protegidas de Administracion Nacional; Que, en el MORDAZA de seleccion para la Contratacion Administrativa de Servicios Nº 023-2012-SERNANP, se convoco personal para las Jefaturas de las siguientes Areas Naturales Protegidas: Coto de Caza El Angolo, Santuario Historico Bosque de Pomac, Reserva Nacional de Calipuy, Reserva Nacional Pucacuro, Santuario Nacional de Calipuy, MORDAZA Nacional de Cutervo, Refugio de MORDAZA MORDAZA Laquipampa y Reserva Nacional MORDAZA Samiria; Que, mediante documento del visto, la Direccion de Gestion de las Areas Naturales Protegidas comunica que en el citado MORDAZA se ha seleccionado al personal que prestara el servicios bajo los alcances del Decreto Legislativo N° 1057-Regimen Laboral Especial, correspondiendo formalizar las designaciones de funciones de las Jefaturas de las Areas Naturales Protegidas;

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