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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 10 de enero de 2012 458928 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 033-2011 Mediante Ofi cio Nº 15-2012-MPC/SG, la Municipalidad Provincial del Callao, solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 033-2011, publicada en la edición del día 31 de diciembre de 2011. DICE: Artículo 2º.- (…) a) Solicitud de prórroga de autorización dirigida al señor Alcalde presentada como fecha límite el 31 de diciembre de 2011. Dicha solicitud deberá contener como información mínima lo siguiente: denominación de la empresa o razón social, nombre del representante legal de la empresa, domicilio legal y real de la empresa, teléfono de la empresa, correo electrónico de la empresa y domicilio real del representante legal. DEBE DECIR: (…) Artículo 2º.- a) Solicitud de prórroga de autorización dirigida al señor Alcalde presentada como fecha límite el 12 de enero de 2012. Dicha solicitud deberá contener como información mínima lo siguiente: denominación de la empresa o razón social, nombre del representante legal de la empresa, domicilio legal y real de la empresa, teléfono de la empresa, correo electrónico de la empresa y domicilio real del representante legal. DICE: Artículo 5º.- Los vecinos que integren la fl ota habilitada de empresas de transporte que cuentan con autorización municipal de diez (10) años, cuya tipología vehicular sea M2 y que sean retirados a solicitud de la empresa de transporte o a solicitud del propietario del vehículo, serán dados de baja defi nitiva por la Gerencia General de Transporte Urbano y no podrán ser habilitados en ninguna de las rutas administradas por la Municipalidad Provincial del Callao. DEBE DECIR: Artículo 5º.- Los vehículos que integren la fl ota habilitada de empresas de transporte que cuentan con autorización municipal de diez (10) años, cuya tipología vehicular sea M2 con un peso bruto no mayor de 3500 kilogramos y que sean retirados a solicitud de la empresa de transporte o a solicitud del propietario del vehículo, serán dados de baja defi nitiva por la Gerencia General de Transporte Urbano y no podrán ser habilitados en ninguna de las rutas administradas por la Municipalidad Provincial del Callao. DICE: Artículo 6º.- (… Quinto párrafo) En el caso de inscripción o inclusión que se den por sustitución de otro vehículo, el vehículo sustituido será deshabilitado defi nitivamente y dado de baja del registro de transporte y no podrá ser habilitado en ninguna de las rutas administradas por la Municipalidad Provincial del Callao, siempre y cuando, el vehículo sustituido corresponda a la tipología vehicular M2 con peso bruto menor a 4000 kilogramos. DEBE DECIR: Artículo 6º.- (… Quinto párrafo) En el caso de la inscripción o inclusión que se den por sustitución de otro vehículo, el vehículo sustituido será deshabilitado defi nitivamente y dado de baja del registro de transporte y no podrá ser habilitado en ninguna de las rutas administradas por la Municipalidad Provincial del Callao, siempre y cuando, el vehículo sustituido corresponda a la tipología vehicular M2 con peso bruto menor a 3500 kilogramos. DICE: Artículo 8º.- Incorpórase en el Anexo II del Cuadro de Tipifi cación de Infracciones al Servicio de Transporte Público Regular de Pasajeros, aprobado mediante Ordenanza Municipal N° 00040-2009, la infracción de código TR-42, la misma que quedará redactada de la siguiente forma: CODIGO INFRACCIÓN CALIFI- CACION SANCION MEDIDAS PREVENTIVAS RESPON- SABLE TR-42 Brindar el servicio de Transporte Público Urbano e Interurbano de pasajeros, con vehículos que han sido dados de baja defi nitiva. Muy grave Multa equivalente al 50% de la U.I.T., más el internamiento del vehículo por cinco días consecutivos en el depósito municipal de vehículos. Internamiento del vehículo en el depósito municipal de vehículos; esta medida cesa cuando el infractor haya cancelado la multa y cump- lido el tiempo de permanencia del vehículo en el depósito municipal de vehículos. Empresa, conductor y propietario del vehículo. REQUISITO PARA PUBLICACIÏN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL