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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 10 de enero de 2012 458926 Artículo Tercero.- PUBLICAR la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano; y en el portal del Estado Peruano www.peru.gob.pe, en el portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www.s erviciosaIcuidadano.gob.pe, en el portal Institucional www.munisurco.gob.pe, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 29091 y su Reglamento por Decreto Supremo Nº 004- 2008-PCM y fe de erratas publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 24 de enero del 2008, y en el Portal Institucional. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, a la Subgerencia de Recursos Humanos, de la Subgerencia de Planeamiento y Racionalización el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ROBERTO GOMEZ BACA Alcalde 739023-1 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Cuadros de las Tasas del Servicio de Parques y Jardines y del Servicio de Serenazgo, anexos a la Ordenanza Nº 270-MDS ANEXO - ORDENANZA Nº 270-MDS (La Ordenanza en referencia fue publicada en Separata Especial en la edición del día 31 de diciembre de 2011) ANEXOS: TASA DEL SERVICIO DE PARQUES Y JARDINES (Mensual en Nuevos Soles, según la ubicación del predio) SECTOR TASA ANUAL 2012 (*) TASA ANUAL 2012 (*) TASA ANUAL 2012 (*) LEJANO A LAS AREAS VERDES CERCA A LAS AREAS VERDES FRENTE A LAS AREAS VERDES A 109,23 121,25 136,54 B 88,43 98,16 110,54 C 8,60 9,54 10,75 D 67,31 74,72 84,14 E 281,46 312,42 351,83 F 210,36 233,50 262,94 G 182,96 203,08 228,70 (*) Tasas consignadas en la Ordenanza Nº 251-MDS, aprobada por la Municipalidad Metropolitana de Lima con el Acuerdo de Concejo 517 publicados el 31/12/2010 prorrogada para el año 2012. FE DE ERRATAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectifi cación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice” y a continuación la versión rectifi cada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectifi carse. 4. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL