Norma Legal Oficial del día 10 de enero del año 2012 (10/01/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 10 de enero de 2012

b) Aprobar la formalizacion de las modificaciones presupuestarias efectuadas en el Nivel Funcional Programatico a que se refiere el articulo 40º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Articulo 5°.- Delegacion en materia de recursos humanos Delegar en el Director General de la Oficina General de Administracion y Recursos Humanos del Ministerio de Economia y Finanzas las siguientes facultades: a) Constituir el Comite Electoral para la eleccion de los representantes de los trabajadores ante el Comite de Administracion del Fondo de Asistencia y Estimulo CAFAE. b) Constituir el Comite electoral para la eleccion de los representantes de los trabajadores ante la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios. c) Autorizar los viajes al interior del MORDAZA en comision de servicios, que excedan los quince (15) dias calendario. d) Autorizar el Desplazamiento de Personal: asignacion, encargo, rotacion, reasignacion, destaque, permuta, comision de servicios y transferencia. e) Disponer el ascenso, promocion, reingreso y reposicion. f) Termino de servicios: aceptacion de renuncia, excepto los cargos de confianza; cese por fallecimiento, cese definitivo por limite de edad, resolucion de contrato del personal, en los casos que corresponda emitirse Resolucion Ministerial. Articulo 6°.- Delegacion en materia administrativa Delegar en el Director General de la Oficina General de Administracion y Recursos Humanos del Ministerio de Economia y Finanzas la representacion legal del Ministerio ante cualquier MORDAZA de autoridad administrativa, asi como suscribir convenios, contratos y cualquier otro acto relacionado con los fines de la institucion. Dicha facultad comprende tambien a los convenios o contratos referidos al reconocimiento de deudas distintas a operaciones de endeudamiento publico, cesion de derechos y cualquier otro acto juridico de disposicion y/o administracion del patrimonio institucional. Articulo 7º.- Delegacion en temas del ex Fondo Nacional de Salud y Bienestar Social Delegar en el Jefe de la Oficina de Abastecimiento de la Oficina General de Administracion y Recursos Humanos y en el Jefe de la Oficina de Asuntos de Hacienda de la Oficina General de Asesoria Juridica, la representacion del Ministerio de Economia y Finanzas para que en forma conjunta suscriban minutas, escrituras publicas de compra venta, de levantamiento de garantia hipotecaria y cualquier otro documento necesario para el levantamiento de las hipotecas constituidas a favor del Ex Fondo Nacional de Salud y Bienestar Social, asi como para la inscripcion en los Registros Publicos correspondientes de la propiedad de los inmuebles que fueron adquiridos por dicho Fondo. Articulo 8º.- Del plazo de las delegaciones Las delegaciones autorizadas mediante la presente Resolucion tendran vigencia durante el ano 2012. Articulo 9º.- De las actuaciones realizadas Los funcionarios a los cuales se les ha delegado las facultades y atribuciones indicadas en los articulos 2º, 4º, 5º y 6º de la presente Resolucion, estan obligados a dar cuenta mensualmente al Ministro de Economia y Finanzas respecto de las actuaciones derivadas de la delegacion otorgada. Articulo 10º.- De las derogaciones Dejar sin efecto las Resoluciones Ministeriales Nros. 061-2009-EF/43, 444-2009-EF/43, 496-2009-EF/43, 3322011-EF/43, 667-2011-EF/10 y modificatoria, 347-2011EF/43 y 933-2011-EF/41 y las demas que se opongan a la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas 739013-1

EDUCACION
Crean el Registro Nacional de Instituciones Educativas de Educacion Intercultural Bilingue del Peru
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0008-2012-ED MORDAZA, 9 de enero de 2012 Visto, el Informe N° 014-ME-VMGP/DIGEIBIR-2011; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el articulo 12 de la Ley N° 28044, Ley General de Educacion, el Estado provee los servicios publicos necesarios para asegurar la universalizacion de la educacion basica en todo el MORDAZA como sustento del desarrollo humano; Que, conforme al literal b) del articulo 21 de la precitada Ley, es funcion del Estado proveer y administrar servicios educativos publicos gratuitos y de calidad para garantizar el acceso universal a la Educacion Basica y una oferta educativa equitativa en todo el sistema; Que, de acuerdo con el articulo 11 del Reglamento de la Gestion del Sistema Educativo, aprobado por el Decreto Supremo N° 009-2005-ED, en concordancia con el articulo 66 de la Ley N° 28044, Ley General de Educacion, el servicio educativo lo presta la institucion educativa, dentro de determinado nivel, modalidad, o ciclo del sistema; Que, el sub numeral VI del numeral VII de la Directiva para el Desarrollo del Ano Escolar 2012, aprobada por la Resolucion Ministerial N° 0622-2011-ED, establece que durante el ano 2012 el Ministerio de Educacion, en coordinacion con los Gobiernos Regionales pondra en vigencia una MORDAZA Tecnica que permitira la identificacion, reconocimiento y registro de las instituciones educativas que deben ofrecer el servicio de Educacion Intercultural Bilingue ­ EIB, para garantizar que los ninos, ninas y adolescentes de los pueblos originarios reciban una educacion pertinente y de calidad, en su lengua originaria y en castellano, y en dialogo intercultural; Que, de acuerdo con la precitada MORDAZA, la identificacion de instituciones educativas de Educacion Intercultural Bilingue permitira mejorar los procesos de contratacion de docentes bilingues, su formacion en educacion Intercultural Bilingue, la dotacion de materiales educativos en lenguas originarias y en castellano como MORDAZA lengua, la evaluacion de estudiantes en sus lenguas, y la atencion con un curriculo acorde con su cultura y que desarrolle su lengua originaria; Que, mediante Informe del Visto la Direccion General de Educacion Intercultural Bilingue y Rural eleva la propuesta de creacion del registro Nacional de Instituciones Educativas de Educacion Intercultural Bilingue del Peru, y el proyecto de Directiva que establece los Procedimientos para la Identificacion, Reconocimiento y Registro de las Instituciones Educativas de Educacion Intercultural Bilingue ­ EIB; De conformidad con el Decreto Ley N° 25762, Ley Organica del Ministerio de Educacion, modificado por la Ley N° 26510, el Decreto Supremo N° 006-2006-ED, Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Educacion, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Crear el Registro Nacional de Instituciones Educativas de Educacion Intercultural Bilingue del Peru, el cual estara a cargo de la Direccion General de Educacion Intercultural, Bilingue y Rural, dependiente del Viceministerio de Gestion Pedagogica del Ministerio de Educacion, y sera actualizado conforme a la informacion remitida por las Regiones. Articulo 2º.- Aprobar la "Directiva que establece los Procedimientos para la Identificacion, Reconocimiento y Registro de las Instituciones Educativas de Educacion Intercultural Bilingue - EIB". Articulo 3º.- Disponer, que los gobiernos regionales, a traves de las Direcciones Regionales de Educacion y

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