TEXTO PAGINA: 45
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 11 de enero de 2012 458975 y Construcción; y, en el numeral 6, a la Comisión de Presupuesto, Fiscalización, Trabajo, Promoción del Empleo, la Pequeña y Micro Empresa. Que, mediante Pedido Nº 021-2011-GOREMAD-CR/ APAR, el Consejero Regional Aurelio Pantaleón Alpaca Ruíz, presentó una propuesta de modifi catoria de los artículos 5 y 13 del Reglamento Interno del Consejo Regional, para lo que adjunta el Proyecto de Ordenanza Regional. Que, la propuesta contempla agregar a la comisión considerada en el numeral 1, el tema de las Comunidades Nativas; así como, desagregar cada una de las otras dos comisiones, consideradas en los numerales 5 y 6, según el siguiente detalle: Artículo 5º.- (…) 1. Comisión Agraria, Medio Ambiente, Amazonía y Comunidades Nativas. (…) 5. Comisión de Energía, Minas e Hidrocarburos. 6. Comisión de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción. 7. Comisión de Presupuesto y Fiscalización. 8. Comisión de Trabajo, Promoción del Empleo, la Pequeña y Micro Empresa. 9 Comisión de Ética y Conducta. Que, en cuanto al artículo 13, lo que pretende la propuesta de modifi catoria es la regularización de un aspecto formal, dispuesto mediante Resolución N° 248- 2010-JNE, del Jurado Nacional de Elecciones, mediante la cual se precisó que las regiones de Amazonas, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huánuco, Junín, Loreto, Madre de Dios, Pasco, San Martín y Ucayali, donde existe población perteneciente a comunidades nativas y pueblos originarios, resulta imperativo implementar y exigir la cuota electoral correspondiente a favor de dichas comunidades y pueblos. Con lo que se incrementó el número de Consejeros Regionales en Madre de Dios, de 07 a 09, por lo que, la propuesta de modifi catoria es según el siguiente detalle. Artículo 13º.- (…) a) El número legal de miembros del Consejo Regional es nueve. (…) Que, mediante Dictamen N° 004-2011-GOREMAD/ CPFTPEPYME, de la Comisión de Presupuesto, Fiscalización, Trabajo, Promoción del Empleo, la Pequeña y Micro Empresa del Consejo Regional, conforme al análisis efectuado al Proyecto de Ordenanza Regional que propone modifi car los artículos 5 y 13 del Reglamento Interno del Consejo Regional, sugiere y recomienda al Pleno del Consejo Regional su debate y aprobación correspondiente. Que, el Consejo Regional en Pleno, en Sesión Extraordinaria, luego del análisis y debate correspondiente, con el voto aprobatorio por unanimidad de los Consejeros Regionales, ha considerado necesario aprobar el Dictamen que sustenta la modificatoria referida. Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que son derechos y obligaciones de los Consejeros Regionales proponer normas y acuerdos regionales. Que, el Consejo Regional de Madre de Dios, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado; Ley N° 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y sus modifi catorias. HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: Artículo Primero.- APROBAR, el Dictamen N° 004-2011-GOREMAD/CPFTPEPYME, de la Comisión de Presupuesto, Fiscalización, Trabajo, Promoción del Empleo, la Pequeña y Micro Empresa del Consejo Regional. Consecuentemente, MODIFICAR los artículos 5 y 13 del Reglamento Interno del Consejo Regional, los mismos que a partir de la fecha de publicación de la presente tendrán la siguiente redacción: Artículo 5º.- (…) 1. Comisión Agraria, Medio Ambiente, Amazonía y Comunidades Nativas. (…) 5. Comisión de Energía, Minas e Hidrocarburos. 6. Comisión de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción. 7. Comisión de Presupuesto y Fiscalización. 8. Comisión de Trabajo, Promoción del Empleo, la Pequeña y Micro Empresa. 9 Comisión de Ética y Conducta. Artículo 13º.- (…) a) El número legal de miembros del Consejo Regional es nueve. (…) Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Ofi cina de Secretaría del Consejo Regional de Madre de Dios, la publicación de la presente ordenanza en el Diario Ofi cial “El Peruano” y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Madre de Dios. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Madre de Dios, para su promulgación. En la ciudad de Puerto Maldonado, a los seis días del mes de diciembre del año dos mil once. AURELIO PANTALEON ALPACA RUIZ Consejero Delegado POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional Madre de Dios, a los seis días del mes de diciembre del año dos mil once. JOSÉ LUIS AGUIRRE PASTOR Presidente Regional 739026-1 Declaran Día Feriado No Laborable el 26 de diciembre de todos los años por ser la fecha de conmemoración de la creación del Departamento de Madre de Dios ORDENANZA REGIONAL Nº 016-2011-RMDD/CR POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Madre de Dios, en Sesión Ordinaria llevada a cabo, el 16 de diciembre del 2011. CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa, teniendo por misión la de organizar y conducir la gestión pública regional, de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales, sectoriales y regionales, para la contribución del desarrollo integral y sostenible de la región. Que, el artículo 38 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia.