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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 11 de enero de 2012 458976 Que, mediante Pedido Nº 021-2011-GOREMAD- CR/APAR, el Consejero Regional Aurelio Pantaleón Alpaca Ruíz, solicita que por Ordenanza Regional se declare, Día Feriado No Laborable, el 26 de diciembre de todos los años, por ser la fecha de conmemoración de la histórica creación del Departamento de Madre de Dios. Que, mediante Ley Nº 1782, fue creado el Departamento de Madre de Dios, el 26 de diciembre de 1912, el mismo que se encuentra situado en el suroriente del país, abarcado en su totalidad por la Amazonía. Recibió su nombre del Río Madre de Dios, de cuya cuenca son tributarios la mayor parte de los ríos de la región y sobre cuyas orillas se emplaza la capital, Puerto Maldonado. Que, mediante Ordenanza Regional Nº 043-2006- GRMDD/CR, de fecha 22 de diciembre del 2006 (durante la gestión 2003-2006), se declaró como feriado no laborable la fecha de conmemoración de la creación del Departamento de Madre de Dios (26 de diciembre de todos los años); sin embargo, la mencionada norma regional nunca llegó a ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; más aun, en el siniestro del local de la Sede Regional (incendio julio 2008), se quemaron todos los ejemplares junto a todos sus antecedentes. Que, en atención a lo anteriormente señalado, se hace imperativo y necesario se declare dicho feriado no laborable, a fi n de darle espacio y brillo a las actividades conmemorativas por el aniversario de creación del Departamento de Madre de Dios. Que, estando al pedido en mención, el Consejo Regional en Pleno, en Sesión Ordinaria, luego del análisis y debate correspondiente, con el voto aprobatorio por unanimidad de los Consejeros Regionales, ha considerado necesario aprobar el mismo. Que, el Consejo Regional de Madre de Dios, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado; Ley N° 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y sus modifi catorias. HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: Artículo Primero.- DECLARAR, Día Feriado No Laborable, el 26 de diciembre de todos los años, por ser la fecha de conmemoración de la histórica creación del Departamento de Madre de Dios. Artículo Segundo.- DISPONER, que las fechas 24, 25 y 26 de diciembre de todos los años, los inmuebles públicos y privados de la circunscripción del Departamento de Madre de Dios, cumplan con izar la bandera del Perú y del Departamento de Madre de Dios, en señal de reverencia y amor a tan generoso departamento. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Ofi cina de Secretaría del Consejo Regional de Madre de Dios, la publicación de la presente ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Madre de Dios. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Madre de Dios, para su promulgación. En la ciudad de Puerto Maldonado, a los diecinueve días del mes de diciembre del año dos mil once. AURELIO PANTALEÓN ALPACA RUIZ Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional Madre de Dios, a los diecinueve días del mes de diciembre del año dos mil once. JOSÉ LUIS AGUIRRE PASTOR Presidente Regional 739027-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA FE DE ERRATAS ACUERDO DE CONCEJO N° 1598 Fe de Erratas del Acuerdo de Concejo Nº 1598, que ratifi ca la Ordenanza Nº 349-MDC de la Municipalidad Distrital de Comas, mediante la cual se aprobó el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Barrido de Calles, Recolección de Residuos Sólidos y Parques y Jardines del Ejercicio 2012, y publicado en Separata Especial en la edición del día 31 de diciembre de 2011. DICE: Artículo Primero.- RATIFICAR la Ordenanza Nº 3349- MDC, de la Municipalidad Distrital de Comas, que regula el régimen tributario de los Arbitrios de recolección de residuos Sólidos, Barrido de Calles, Parques y Jardines correspondiente al Ejercicio 2012, en esa jurisdicción distrital. DEBE DECIR: Artículo Primero.- RATIFICAR la Ordenanza Nº 349- MDC, de la Municipalidad Distrital de Comas, que regula el régimen tributario de los Arbitrios de recolección de residuos Sólidos, Barrido de Calles, Parques y Jardines correspondiente al Ejercicio 2012, en esa jurisdicción distrital. 739606-1 MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA Declaran en abandono procedimientos iniciados a solicitud de los administrados RESOLUCIÓN DE GERENCIA Nº 001-2012-GSG/MDI Independencia, 5 de enero del 2012 VISTO, Informe Nº 675-2011-GSG/MDI, mediante el cual la Gerencia de Asesoría Legal Opina que este despacho emita la Resolución que declara el abandono del procedimiento a fi n de proceder a su archivo defi nitivo. CONSIDERANDO: Que, el artículo II de la Ley Nº 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades”, establece que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el artículo 191º de la Ley 27444 -“Ley del Procedimiento Administrativo General”- establece que en los procedimientos iniciados a solicitud de parte, cuando el administrado incumpla algún trámite que le hubiera sido requerido que produzca su paralización por treinta días, la autoridad de ofi cio o a solicitud del administrado declarará el abandono del procedimiento. Dicha resolución deberá ser notifi cada y contra ella procederá los recursos administrativos pertinentes.