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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 11 de enero de 2012 458972 EL INTENDENTE GENERAL DE SUPERVISIÓN DE INSTITUCIONES PREVISIONALES Y DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por Mapfre Perú Compañía de Seguros y Reaseguros y Mapfre Perú Vida Compañía de Seguros y Reaseguros, para que se les autorice el uso compartido de las Oficinas Especiales ubicadas en San Juan de Miraflores (Lima), Jaén (Cajamarca), San Juan de Lurigancho (Lima), Tumbes, Ica y Miraflores. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS N° 433-2004, esta Superintendencia autorizó a Mapfre Perú Vida Compañía de Seguros y Reaseguros, la apertura de las Ofi cinas Especiales ubicadas en Jr. Castrovirreyna N°s. 137-143, ciudad y departamento de Ica; en Av. Mesones Muro N°s. 341-349, ciudad de Jaén, departamento de Cajamarca, y en Jr. Huáscar N°s. 107-109, ciudad y departamento de Tumbes; Que, mediante Resolución SBS N° 434-2004, esta Superintendencia autorizó a Mapfre Perú Vida Compañía de Seguros y Reaseguros, la apertura de las Ofi cinas Especiales ubicadas en Av. Los Héroes N° 904, distrito de San Juan de Mirafl ores, departamento de Lima; en Manzana K, Lote 6, Av. Próceres de la Independencia (cuadra 4), distrito de San Juan de Lurigancho, departamento de Lima, y en Luis Arias Schereiber N° 188, urbanización La Aurora, distrito de Mirafl ores, departamento de Lima; Que, en aplicación del numeral 6.1. de la Resolución SBS N° 775-2008 – Reglamento de Apertura, Conversión, Traslado o Cierre de Ofi cinas, Uso de Locales Compartidos, Cajeros Automáticos y Cajeros Corresponsales, las empresas solicitantes han cumplido con presentar la documentación correspondiente para la autorización de uso de local compartido de las Ofi cinas Especiales antes citadas; Estando a lo informado por los Departamentos de Supervisión del Sistema de Seguros “A” y “B”, mediante Informes N°s. 131-2011-DSSA y 212-2011-DSSB; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y sus modifi catorias, la Resolución SBS N° 775- 2008 y modifi catoria; y el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, aprobado mediante Resolución SBS N° 3082- 2011; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a MAPFRE PERÚ COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS y a MAPFRE PERÚ VIDA COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, el uso compartido de las Ofi cinas Especiales ubicadas en: a) Avenida Los Héroes N° 904, distrito de San Juan de Mirafl ores, provincia y departamento de Lima; b) Avenida Mesones Muro N°s. 341-349, distrito y provincia de Jaén, departamento de Cajamarca; c) Avenida Próceres de la Independencia, Mz. K, Lote 6 (cuadra 4), distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima; d) Jr. Huáscar N°s. 107-109, distrito, provincia y departamento de Tumbes; e) Jr. Castrovirreyna N°s. 137-143, distrito, provincia y departamento de Ica; f) Luis Arias Schereiber N° 188, urbanización La Aurora, distrito de Mirafl ores, provincia y departamento de Lima; Artículo Segundo.- La presente Resolución deberá ser notifi cada a través de Secretaría General a Mapfre Perú Compañía de Seguros y Reaseguros y a Mapfre Perú Vida Compañía de Seguros y Reaseguros. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS IZAGUIRRE CASTRO Intendente General de Supervisión de Instituciones Previsionales y de Seguros 738453-1 Aprueban modificación de denominación social de EDPYME Pronegocios S.A. por la de “Empresa de Desarrollo de la Pequeña y Microempresa Marcimex S.A.” - EDPYME MARCIMEX S.A. RESOLUCIÓN SBS Nº 12260-2011 Lima, 29 de diciembre de 2011 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES: VISTA: La solicitud presentada por la EDPYME Pronegocios S.A. para que se le autorice la modifi cación de su denominación social y denominación abreviada, y la modifi cación parcial de su Estatuto Social; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Junta General de Accionistas celebrada el 29 de noviembre de 2011, se acordó la modifi cación de la denominación actual de EDPYME Pronegocios S.A. por “EMPRESA DE DESARROLLO DE LA PEQUEÑA Y MICROEMPRESA MARCIMEX S.A.” - “EDPYME MARCIMEX S.A.” y la consiguiente modifi cación del artículo 1° del Estatuto Social, así como del artículo 3° del referido Estatuto, sobre el cambio de domicilio social de la Edpyme; Que, estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfi nanciera “C” y el Departamento Legal; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 14° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y del Procedimiento Nº 44 del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de esta Superintendencia; y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 349° de la citada Ley General, RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar en los términos propuestos, la modifi cación de la denominación social de EDPYME Pronegocios S.A. por “EMPRESA DE DESARROLLO DE LA PEQUEÑA Y MICROEMPRESA MARCIMEX S.A.”, pudiendo utilizar la denominación abreviada “EDPYME MARCIMEX S.A.” y de los artículos 1° y 3° del Estatuto Social, cuyos documentos pertinentes quedan archivados en este Organismo de Control; y, devuélvase la minuta que lo formaliza con el sello ofi cial de esta Superintendencia, para su elevación a escritura pública, en la que se insertará el texto de la presente Resolución, para su correspondiente inscripción en el Registro Público respectivo. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 738609-1