Norma Legal Oficial del día 19 de enero del año 2012 (19/01/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA, jueves 19 de enero de 2012

NORMAS LEGALES
HA DADO LA SIGUIENTE: ORDENANZA REGIONAL

459437

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Aprueban el "Plan Regional Concertado de Saneamiento Basico del MORDAZA al 2021"
ORDENANZA REGIONAL Nº 010-2011-CR/GRC.CUSCO
POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional del MORDAZA, en Sesion Extraordinaria de fecha treinta y uno de agosto del ano dos mil once, ha debatido el Proyecto de Ordenanza Regional que Aprueba el Plan Regional Concertado de Saneamiento Basico del MORDAZA al 2021; por tanto: CONSIDERANDO: Que, el articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por Ley Nº 27680, "Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, establece: "Los gobiernos regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia (...) La estructura organica basica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional como organo normativo y fiscalizador (...)". Que, el articulo 13º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por la Ley Nº 29053, establece que el Consejo Regional: "Es el organo normativo y fiscalizador del gobierno regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le MORDAZA delegadas. (...)". Que, el literal a) del articulo 58° de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que son funciones de los gobiernos regionales en materia de vivienda y saneamiento, el de formular, aprobar y evaluar los planes y politicas regionales en materia de vivienda y saneamiento, en concordancia con los planes de desarrollo de los gobiernos locales, y de conformidad con las politicas nacionales y planes sectoriales. Que, la disposicion precedente se halla a su vez entre las competencias asignadas por la Constitucion Politica del Estado y la Ley de Bases de la Descentralizacion, en cuyo merito se debe planificar el desarrollo integral de la region y ejecutar los programas socioeconomicos correspondientes, en MORDAZA con el Plan Nacional de Desarrollo. Que, el inciso b) del articulo 13º del Reglamento Interno de Organizacion y Funciones del Consejo Regional, aprobado por Ordenanza Regional Nº 0212007-CR/GRC.CUSCO y modificado por Ordenanza Regional Nº 044-2008-CR/GRC.CUSCO, dispone que: "Son atribuciones del Consejo Regional del MORDAZA, aprobar el Plan de Desarrollo Regional Concertado de mediano y largo plazo, concordante con el Plan Nacional de Desarrollo y buscando la articulacion entre zonas urbanas y rurales, concertadas con el Consejo de Coordinacion Regional. Que, el Plan Regional Concertado de Saneamiento Basico de MORDAZA al 2021, servira de herramienta orientadora para la formulacion de los planes de inversiones en saneamiento a nivel de los gobiernos locales. Que, dentro del MORDAZA del Plan Nacional de Saneamiento 2006 ­ 2015, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2006VIVIENDA, y de la politica regional de gestion integral de proyectos de agua y saneamiento aprobado por Ordenanza Regional N° 031-2008-CR/GRC.CUSCO. Que, estando a la propuesta elevada por la Direccion Regional de Vivienda, Construccion y Saneamiento del Gobierno Regional del MORDAZA, con los informes y visaciones de la Oficina Regional de Asesoria Juridica y Gerencia General Regional y los Dictamenes en unanimidad de la Comision Ordinaria de Panificacion, Presupuesto y Administracion y la Comision Ordinaria de Asuntos Sociales. Por lo que; el Consejo Regional del MORDAZA, en uso de la facultad conferida por el articulo 191° de la Constitucion Politica del Estado, la Ley Organica de Gobiernos Regionales y el Reglamento Interno de Organizacion y Funciones.

Articulo Primero.- APROBAR, el "Plan Regional Concertado de Saneamiento Basico del MORDAZA al 2021"; el mismo que forma parte de la presente Ordenanza Regional. Articulo Segundo.- Disponer, que la Direccion Regional de Vivienda, Construccion y Saneamiento del Gobierno Regional del MORDAZA, en su condicion de ente rector en materia de saneamiento regional, se encargue de la difusion a nivel regional del Plan aprobado, asi como, de impulsar y acompanar su implementacion por los diferentes actores sectoriales, debiendo desarrollar acciones de monitoreo y evaluacion a fin de garantizar su cumplimiento. Articulo Tercero.- Encargar a las instancias ejecutivas pertinentes del Gobierno Regional del MORDAZA, la formulacion e implementacion de disposiciones normativas complementarias necesarias para garantizar el cumplimiento del presente Plan. Articulo Cuarto.- La presente Ordenanza Regional entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional del MORDAZA para su promulgacion. Dado en MORDAZA, a los cinco dias del mes de septiembre del ano dos mil once. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado del Consejo Regional de MORDAZA POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la sede central del Gobierno Regional del MORDAZA, a los 20 dias del mes de septiembre del ano dos mil once. MORDAZA ISAACS MORDAZA MORDAZA Presidente Regional del Gobierno Regional del MORDAZA

741941-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Actualizan los porcentajes de la UIT respecto de los derechos del Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad
DECRETO DE ALCALDIA Nº 001-ALC/MSI
San MORDAZA, 17 de enero del 2012 EL MORDAZA DE SAN MORDAZA VISTO: El Informe Nº 002-2012-0500-GPPDC/MSI de fecha 03 de enero de 2012. CONSIDERANDO: Que, conforme lo establecen los articulos 191 y 194 de la Constitucion Politica del Peru, en concordancia con lo establecido en el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley N° 27972 Organica de Municipalidades, los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia;

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