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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 19 de enero de 2012 459430 geográfi co, no todos los peruanos y peruanas acceden a dichos documentos, situación que acentúa su exclusión social y vulnerabilidad; Que a partir de un diagnóstico situacional, sobre la problemática de las poblaciones indocumentadas y las barreras de acceso a los documentos de identifi cación, el referido instrumento comprende diversas acciones para otorgar documentos de identidad a los grupos priorizados (niñas, niños, adolescentes y adultos mayores, entre otros); Que la falta de un documento de identidad, así como la no renovación oportuna del mismo, genera a los ciudadanos severos inconvenientes para el pleno ejercicio de sus derechos y para la realización de actos jurídicos, comerciales, administrativos, incluso para acreditar su identidad ante diversas dependencias del Estado y del sector privado; Que en ese sentido la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social, mediante los documentos del visto, manifi esta que en el marco de sus funciones mantiene contacto directo con las personas en situación de vulnerabilidad y con las instituciones del estado y de la sociedad civil involucradas en la defensa, promoción y protección de sus derechos, razón por la cual recomienda se dicten medidas conducentes a garantizar el acceso al documento nacional de identidad de dicho sector de la población en situación de vulnerabilidad, exclusión social o que se encuentren atravesando por situaciones de excepcional urgencia que requieren del DNI; Que el artículo 98° del Decreto Supremo No. 015-98- PCM, Reglamento de Inscripciones del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, señala la facultad de la Jefatura Nacional para determinar la gratuidad de los servicios que considere pertinente; Que la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto mediante los documentos del visto, señala que la gratuidad a los procedimientos de trámites del DNI, solicitados por la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social, será con cargo a los Recursos Directamente Recaudados con que cuenta la Institución, los que serán atendidos en la medida que efectivamente se realicen dichos trámites; Que se hace necesario hacer de conocimiento la presente Resolución Jefatural a los ciudadanos; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley No. 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, el Reglamento de Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo No. 015-98- PCM, el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural No. 855- 2010-JNAC/RENIEC (29SET2010) y el Decreto Supremo No. 001-2009-JUS (15ENE2009); SE RESUELVE: Artículo Primero.- Establecer la gratuidad en el procedimiento de inscripción por primera vez para los adolescentes de 17 años de edad residentes en los Centros de Atención Residencial (albergues, casa hogar) o Centros de Protección al Menor. Artículo Segundo.- Establecer la gratuidad en el procedimiento de inscripción, duplicado y renovación del DNI para las personas con urgencias médicas (quienes se encuentran hospitalizadas, requieran ser operadas o necesitan afi liarse al seguro para recibir tratamiento), comprendiéndose a niñas, niños, adolescentes y personas mayores de edad, siempre que sean derivadas por instituciones del estado, iglesias u organizaciones de la sociedad civil, cuya situación de urgencia o vulnerabilidad se encuentre debidamente justifi cada. Artículo Tercero.- Establecer la gratuidad en el procedimiento de renovación y duplicado del DNI para las personas mayores de edad que residan en el país y se encuentren en situación de vulnerabilidad y exclusión social como consecuencia de desastres naturales, o siniestros que deterioren la calidad de vida de la persona, siempre que sean derivadas por instituciones del estado, iglesias u organizaciones de la sociedad civil, cuya situación de urgencia o vulnerabilidad se encuentre debidamente justifi cada. Artículo Cuarto.- Las gratuidades otorgadas en los artículos precedentes solo procederán en campañas de desplazamiento. Artículo Quinto.- Los gastos relacionados con la ejecución de lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural, serán afectados con cargo a los Recursos Directamente Recaudados con que cuenta la Institución, y su afectación será en la medida que se realicen los trámites correspondientes. Artículo Sexto.- Encargar el cumplimiento y la implementación de lo dispuesto en los artículos precedentes de la presente Resolución Jefatural a las Gerencias de Operaciones Registrales, Restitución de la Identidad y Apoyo Social, Informática, Administración, Planifi cación y Presupuesto y Registros de Identifi cación. Artículo Sétimo.- Encargar a la Gerencia de Imagen Institucional la difusión de la presente Resolución Jefatural. Regístrese, publíquese y cúmplase. JORGE LUIS YRIVARREN LAZO Jefe Nacional 742768-2 MINISTERIO PUBLICO Dan por concluidos nombramientos y designaciones, designan y nombran fiscales en diversos Distritos Judiciales RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 170-2012-MP-FN Lima, 18 de enero de 2012 VISTA: La Resolución del Consejo Nacional de la Magistratura Nº 496-2011-CNM, de fecha 29 de diciembre del 2011; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Estado, en su artículo 150º preceptúa que el Consejo Nacional de la Magistratura se encarga de la selección y el nombramiento de los jueces y fi scales, salvo cuando éstos provengan de elección popular; los nombramientos se realizan previo concurso público de méritos y evaluación personal; Que, mediante la Resolución de vista, el Consejo Nacional de la Magistratura, en cumplimiento de la Décima Disposición Transitoria y Final del Reglamento de Concursos para el Acceso Abierto en la Selección y Nombramiento de Jueces y Fiscales, aprobado por Resolución Nº 281-2010- CNM, resolvió nombrar a los Fiscales Adjuntos Provinciales Titulares en los Distritos Judiciales de Amazonas, Cajamarca, Huánuco, Junín y Loreto; Que, los Magistrados que se mencionan en la parte resolutiva, al momento de su inscripción y postulación, han declarado ante el Consejo Nacional de la Magistratura, haber culminado su curso de Ascenso o Programa de Formación de Aspirantes (PROFA) en la Academia de la Magistratura; Que, estando a los nombramientos mencionados, corresponde al Fiscal de la Nación designar a los Titulares en los respectivos Despachos fi scales, dando por concluidos los nombramientos y designaciones en los cargos ocupados por Fiscales Adjuntos Provinciales Provisionales; Que, en el ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 158º de la Constitución Política del Estado, y artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052 - Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del doctor HERIBERTO CARLOS SOLIS DELGADO, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Judicial de Lambayeque, y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Oyotún, Distrito Judicial de Lambayeque, materia de las Resoluciones Nº 524-2008- MP-FN y Nº 2176-2010-MP-FN, de fechas 29 de abril del 2008 y 30 de diciembre del 2010, respectivamente. Artículo Segundo.- Dar por concluido el nombramiento del doctor SERGIO MARTIN NUÑEZ PALACIOS, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Judicial de Lima, y su designación en el Despacho de la Tercera Fiscalía Provincial Mixta del Módulo Básico de Justicia de San Juan de Lurigancho, Distrito Judicial de Lima, materia