Norma Legal Oficial del día 19 de enero del año 2012 (19/01/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA, jueves 19 de enero de 2012

NORMAS LEGALES

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activa promedio en moneda nacional (TAMN) que publica esta Superintendencia. Articulo Tercero.- Encargar a la Superintendencia Adjunta de Administracion General las acciones administrativas, financieras y legales necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Nombran personal contratado por servicios personales de la Sede del Gobierno Regional de MORDAZA
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº 0723-2011-GRA/PRE
MORDAZA, 29 de diciembre de 2011 VISTO: Las solicitudes de nombramiento presentadas por 25 servidores contratados por servicios personales en la Sede del Gobierno Regional de MORDAZA, los resultados finales que adjudica las plazas a 17 postulantes ganadores que figuran en el Anexo de la presente Resolucion y que forma parte integrante de la misma; y demas antecedentes; CONSIDERANDO Que, con Decreto Supremo Nº 111-2010-PCM, se aprueban los Lineamientos para Nombramiento de Personal del Sector Publico que a la fecha de entrada en vigencia de la Ley Nº 29465 Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010, cuenten con mas de tres (03) anos de servicios consecutivos, ocupen plaza presupuestada vacante bajo la modalidad de servicios personales para labores de naturaleza permanente y reunan los requisitos establecidos en las leyes de carrera; Que, la Ley Nº 29753, Autoriza a las entidades del Sector Publico a concluir en el ano 2011 el MORDAZA de nombramiento del personal contratado, iniciado al MORDAZA de la Quincuagesima MORDAZA Disposicion Final de la Ley Nº 29465, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010, modificada por Decreto de Urgencia Nº 113-2009; Que, mediante Resolucion Ejecutiva Regional Nº 03392011-GRA/PRE, modificada por Resolucion Ejecutiva Regional Nº 0521-2011-GRA/PRE, de fecha 26 de setiembre de 2011, se designo a los miembros del Comite Evaluador para el MORDAZA de Nombramiento por Concurso del Personal Contratado por Servicios Personales de la Sede Central del Gobierno Regional de Ancash; Que, ante la autorizacion de concluir en el presente ano el MORDAZA de nombramiento, el Comite Evaluador elaboro y aprobo las Bases para el MORDAZA de Nombramiento por Concurso del Personal Contratado por Servicios Personales en la Sede Central del Gobierno Regional de MORDAZA con la finalidad de regular y culminar el MORDAZA de Nombramiento por Concurso y conforme a sus disposiciones especificas se han establecido las etapas del concurso, en el MORDAZA de lo dispuesto en el D.S. Nº 111-2010-PCM, concordado con la citada Ley Nº 29753; Que, en merito a lo dispuesto en las normas citadas en los considerandos precedentes, y conforme al cronograma establecido en las Bases del MORDAZA de Nombramiento por Concurso Nº 001-2011-GRA-CEPNPC, a partir del 18 al 28 de noviembre de 2011 se procedio a Recepcionar las solicitudes del personal contratado que se presento al Concurso de Nombramiento del Personal Contratado por Servicios Personales de la Sede Central del Gobierno Regional de Ancash; siendo que los servidores que figuran en el Anexo adjunto a la presente Resolucion, han solicitado su nombramiento en las plazas que ocupan en el Gobierno Regional de Ancash; Que, de acuerdo al cronograma de seleccion, el 29 de noviembre de 2011, el Comite Evaluador procedio a la evaluacion curricular en presencia de los veedores y el representante del Organo de Control Institucional del G.R.A., y declaro por unanimidad que de los 25 servidores postulantes se encuentran aptos solo 18 para participar del mencionado MORDAZA, por cuanto 07 postulantes, no han cumplido con los requisitos minimos y el perfil requerido, siendo descalificados; Que, con fecha 05 de diciembre de 2011, el Comite Evaluador procedio a la evaluacion tecnica con medicion

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Fijan contribucion trimestral para las Empresas Administradoras Hipotecarias a partir del ano 2012
RESOLUCION SBS Nº 155-2012
MORDAZA, 13 de enero de 2012 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES CONSIDERANDO: Que, el articulo 1° de la Ley N° 28971 estable que las Empresas Administradoras Hipotecarias son empresas especializadas del sistema financiero y se someten a la regulacion y supervision de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, aplicandoseles las disposiciones contenidas en la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702; en lo que resulte pertinente, asi como en las normas complementarias que la Superintendencia emita; Que, el articulo 373º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702, dispone que el presupuesto de este ente supervisor es aprobado por el Superintendente, quien tiene a su cargo la administracion, ejecucion y control del mismo, y es cubierto mediante contribuciones trimestrales adelantadas a cargo de las empresas supervisadas; En uso de las atribuciones conferidas en el articulo 87º de la Constitucion Politica del Peru y las facultades establecidas en la Ley Nº 26702; RESUELVE: Articulo Primero.- Fijar una contribucion trimestral para las Empresas Administradoras Hipotecarias a partir del ano 2012, que resultara de aplicar una tasa anual de un MORDAZA del uno por ciento (1/5 del 1%) sobre el promedio trimestral del Activo; mas la tasa anual de ochenta y cinco diez milesimas (0.0085) sobre el promedio mensual del trimestre anterior de los Ingresos por Transferencia de Cartera (cuenta 62010901000000). Articulo Segundo.Las contribuciones que correspondan pagar de conformidad con lo dispuesto en el Articulo Primero, de la presente Resolucion, deberan ser abonadas dentro de los diez (10) dias siguientes de su requerimiento trimestral que en su oportunidad determine este Organismo de Supervision. En caso de incumplimiento en el pago de la contribucion fijada, esta devengara intereses por el periodo de atraso, aplicandose la tasa de interes activa promedio en moneda nacional (TAMN) que publica esta Superintendencia. Articulo Tercero.- Encargar a la Superintendencia Adjunta de Administracion General las acciones administrativas, financieras y legales necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones

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