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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE JUNIO DEL AÑO 2012 (30/06/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 3

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 30 de junio de 2012 469769 PODER EJECUTIVO COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Autorizan viaje de representante de PROMPERÚ a Alemania, en comisión de servicios RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DE CONSEJO DIRECTIVO N° 081-2012-PROMPERÚ/PCD Lima, 28 de junio de 2012 Visto el Memorándum N° 199-2012-PROMPERÚ/SG, de la Secretaria General (e) de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ. CONSIDERANDO: Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones; Que, en cumplimiento de sus funciones, PROMPERÚ ha programado, conjuntamente con ocho empresas del sector textil confecciones, una “Misión de Prospección Comercial a Berlín”, a realizarse en la ciudad de Berlín, República Federal de Alemania, del 3 al 6 de julio de 2012, con el objetivo de recopilar información actualizada y detallada sobre las tendencias y oportunidades del mercado alemán, que permita el ingreso o consolidación de la oferta peruana del sector textil confecciones; Que, asimismo, PROMPERÚ ha previsto asistir a la feria internacional “Bread & Butter”, a realizarse en la ciudad de Berlín, República Federal de Alemania, los días 5 y 6 de julio de 2012, con la fi nalidad de analizar las oportunidades de los productos textiles y de confecciones peruanos frente a las nuevas tendencias del mercado alemán, teniendo en cuenta que dicha feria es líder en marcas, lo que permitirá a las empresas peruanas participantes adquirir conocimiento sobre el manejo de las mismas; Que, la prospección de mercado constituye el proceso básico de identifi cación de demandas y una herramienta para la promoción, gestión y desarrollo de la oferta exportable, permitiendo identifi car las oportunidades, debilidades o amenazas que podrían tener de los productos ofertados, en tal razón, a propuesta de la Dirección de Promoción de las Exportaciones, la Secretaria General (e) de PROMPERÚ ha solicitado que se autorice el viaje del señor Javier Luis Rebatta Nieto, quien presta servicios en dicha entidad, a la ciudad de Berlín. República Federal de Alemania, para que en representación de PROMPERÚ, realice acciones de investigación para el desarrollo de la promoción de las exportaciones del sector textil confecciones; Que, la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de las acciones de promoción de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad; De conformidad con la Ley N° 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modifi catorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el Decreto Supremo N° 009-2007-MINCETUR; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje del señor Javier Luis Rebatta Nieto, a la ciudad de Berlín, República Federal de Alemania, del 1º al 7 de julio de 2012, para que en representación de PROMPERÚ lleve a cabo diversas acciones de promoción de las exportaciones, durante la actividad mencionada en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos (US$ 260,00 x 6 días) : US $ 1 560,00 Pasajes Aéreos : US $ 2 515,00 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el señor Javier Luis Rebatta Nieto, presentará a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante los eventos al que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4°.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ LUIS SILVA MARTINOT Ministro de Comercio Exterior y Turismo Presidente del Consejo Directivo de PROMPERÚ 808212-1 EDUCACION Oficializan elección de Presidente del Directorio del Consejo de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación Superior No Universitaria (CONEACES) RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0237-2012-ED Lima, 27 de junio de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28740, se regulan los procesos de evaluación, acreditación y certifi cación de la calidad educativa, así como el ámbito, la organización y el funcionamiento del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad Educativa (SINEACE), conforme a lo dispuesto por los artículos 14 y 16 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación; Que, el artículo 25 de la Ley Nº 28740 establece que el Consejo de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad de la Educación Superior No Universitaria (CONEACES), es el órgano encargado de defi nir los criterios, indicadores y estándares de medición para garantizar en las instituciones de educación superior no universitaria públicas y privadas, los niveles aceptables de calidad, así como alentar la aplicación de las medidas requeridas para su mejoramiento; Que, el numeral 27.1 del artículo 27 de la ley bajo comentario, establece que el CONEACES cuenta con un órgano de dirección constituido por un directorio conformado por seis (6) expertos de reconocida trayectoria en el campo de la evaluación, acreditación y certifi cación, designados mediante resolución suprema refrendada por el Ministro de Educación, previo proceso de selección en su entidad de origen y por un período de tres (3) años (...);