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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 2 de noviembre de 2012 477847 Que, mediante el documento del visto, el Agregado de Defensa y Militar del Perú en los Estados Unidos de América comunicó al Comandante General del Comando de Salud del Ejército, que el HOSPITAL NASCOTT ORTHOTIC AND PROSTHETICS en Washington D.C. - Estados Unidos de América, ha programado la próxima cita médica al Teniente EP Carlos Enrique FELIPA CORDOVA, para el día 06 de noviembre de 2012; Que, con Hoja de Recomendación N° 023 Y-6.1/15.00, de octubre de 2012, el señor General de Ejército Comandante General del Ejército, aprobó la evacuación del Teniente EP Carlos Enrique FELIPA CORDOVA al HOSPITAL NASCOTT ORTHOTIC AND PROSTHETICS en Washington D.C. - Estados Unidos de América en el periodo comprendido del 05 al 24 de noviembre de 2012, para que se realice los ajustes a la prótesis ortopédica, acompañado de su señora esposa Natalia Andrea URIBE HURTADO, identifi cada con DNI N° 43987143; Que, dentro de las modalidades de autorizaciones de viajes al exterior del personal militar y civil del Ministerio de Defensa, se encuentran contemplados los viajes por Tratamiento Médico Altamente Especializado, para aquellos casos en que el personal requiera recibir tratamiento médico especializado que no puede brindarse en el país por enfermedades o patologías originadas durante el cumplimiento del servicio, de conformidad con el Artículo 13° y siguientes del Decreto Supremo N° 002- 2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 - Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa y sus modifi catorias; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional del Año Fiscal 2012, de la Unidad Ejecutora N° 003 Ejército del Perú, de conformidad con el Artículo 13° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; De conformidad con la Ley Nº 29605 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001- 2011-DE, del 29 de marzo de 2011; la Ley N° 29812 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; la Ley Nº 27619 - Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, del 5 de junio de 2002; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, del 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo N° 024-2009-DE/SG, del 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; y, Estando a lo propuesto por el señor General de Ejército Comandante General del Ejército y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior por Tratamiento Médico Altamente especializado, al Teniente EP Carlos Enrique FELIPA CORDOVA identifi cado CIP N° 122264300 y DNI N° 41225073, para recibir los ajustes a la prótesis Ortopédica en el HOSPITAL NASCOTT ORTHOTIC AND PROSTHETICS en Washington D.C. – Estados Unidos de América, acompañado por su señora esposa Natalia Andrea URIBE HURTADO, identifi cada con DNI N° 43987143, en el periodo comprendido del 05 al 24 de noviembre de 2012; Artículo 2°.- El Ministerio de Defensa – Ejército del Perú efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes; Pasajes: Lima - Washington D.C - Estados Unidos de América - Lima US$ 2,800.00 x 02 personas US $ 5,600.00 Viáticos: US$ 220.00 x 20 días x 01 persona US $ 4,400.00 --------------------- TOTAL US $ 10,000.00 Artículo 3º.- Los gastos del tratamiento médico altamente especializado serán sufragados por el Comando de Salud del Ejército. Artículo 4°.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio o término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1°, sin exceder el total de días autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del Personal autorizado. Artículo 5°.- El Personal Militar deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo, deberá cumplir con lo dispuesto en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 05 de junio de 2002, relacionado con la sustentación de viáticos. Artículo 6°.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 7°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 861638-6 Autorizan viaje de Oficiales del Ejército a Venezuela y Argentina, en comisión de servicio RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 566-2012-DE/ Lima, 1 de noviembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Acta de la VI Reunión de la Instancia Ejecutiva del Consejo de Defensa Suramericano del 04 de junio de 2012, la delegación venezolana propuso llevar la actividad 1.g: “Realizar un Seminario para evaluar la incorporación de la mujer en la Defensa en todos los niveles”, del Plan Acción 2012 del Consejo de Defensa Suramericano, el 08 y 09 de noviembre del presente año en la Isla de Margarita, República Bolivariana de Venezuela; Que, mediante Carta del 10 de octubre de 2012, la Viceministra de Educación para la Defensa del Ministerio del Poder Popular para la Defensa de la República Bolivariana de Venezuela, comunica que la actividad citada en el párrafo anterior, se llevará a cabo el 08 y 09 de noviembre de 2012 en la ciudad de Porlamar, Isla de Margarita, Estado de Nueva Esparta - República Bolivariana de Venezuela; Que, en ese sentido, es necesario designar a dos (02) representantes del Ministerio de Defensa para que viajen a la ciudad de Porlamar, Isla de Margarita, Estado de Nueva Esparta - República Bolivariana de Venezuela, a fi n de participar en la actividad 1.g: “Realizar un Seminario para evaluar la incorporación de la mujer en la Defensa en todos los niveles” del Plan de Acción 2012 del Consejo de Defensa Suramericano; Que, el viaje que se autoriza se encuentra previsto en el ítem 88, del Rubro 5: Medidas de Confi anza Mutua, del Anexo 01 (R.O.) del Plan Anual de Viajes el Exterior del Sector Defensa para el Año Fiscal 2012, aprobado con Resolución Suprema Nº 014-2012 DE/ del 13 de enero de 2012, y sus modifi catorias aprobadas con Resolución Suprema Nº 284-2012 DE/ del 21 de junio de 2012, con Resolución Suprema Nº 384-2012 DE/ del 27 de agosto de 2012 y con Resolución Suprema Nº 457-2012 DE/ del 28 de setiembre de 2012; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el objeto de garantizar la presencia de la delegación peruana durante la totalidad de la referida actividad, es necesario autorizar su salida del país con un día de anticipación al inicio de la misma; Que, asimismo, el Artículo 8° del Decreto Supremo Nº 047-2002/PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores