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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 18 de noviembre de 2012 478977 MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA Establecen diversas disposiciones destinadas a preservar la tranquilidad y seguridad pública del distrito ORDENANZA MUNICIPAL Nº 018 -2012-CDB Bellavista, 29 de octubre del 2012 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE BELLAVISTA, en su sesión de fecha 29 de Octubre de 2012; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, consagra el concepto de Autonomía Municipal. Garantía Institucional sobre la base de la cual las Municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, Que, en el artículo 2º, inciso 22 de la Carta Magna, establece el derecho de toda persona a la paz, a la tranquilidad, al disfrute del tiempo libre y al descanso, así como gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida; Que, conforme a lo establecido en el artículo 78º de la Ley Orgánica de Municipalidades- Ley 27972, competencia y función de la municipalidad velar por la salud y tranquilidad del vecindario; Que, el artículo 84º del mismo cuerpo normativo señala que las Municipalidades en materia de programas sociales, defensa y promoción de derechos y en materia de promoción de desarrollo económico local, ejercen entre sus funciones, el de contribuir al diseño y políticas y planes nacionales en sus tres niveles de gobierno al desarrollo social y de protección y apoyo a la población en riesgo, promoviendo el desarrollo integral de la juventud para el logro de su bienestar social; Que, la Gerencia de Seguridad Ciudadana a través de los Informes Nº 035 y 040-2012-MDB-GPSC viene informado que se requiere contar con una Ordenanza Municipal a fi n de regular la preservación de la tranquilidad y seguridad pública en el Distrito por lo que remite el proyecto de Ordenanza precisando que la misma permitirá que las personas residentes y transeúntes del Distrito de Bellavista puedan gozar de un ambiente de tranquilidad evitando el consumo de drogas no legales y estupefacientes en vías o áreas de uso público; así como los actos contrarios a la moral y las buena costumbres efectuando las coordinaciones con la Policía Nacional del Perú fi n de efectuar las intervenciones que se necesiten; Que, mediante Memorando Nº 672-2012-MDB-GSS, la Gerencia de Servicios Sociales informa que la presente Ordenanza benefi ciará a la población de nuestro distrito, en especial a los niños y adolecentes, regulando la preservación y la tranquilidad y seguridad pública en el Distrito de Bellavista; Que, mediante Informe Nº 051 -2012-MDB-GDE, la Gerencia de Desarrollo Económico pone en conocimiento que resulta necesario la formulación de una Ordenanza que regule y sancione el consumo de drogas en la vía pública, a solicitud de los vecinos del distrito, con el fi n de hacer frente a situaciones y circunstancias que puedan afectar o alterar la sana convivencia ciudadana; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante el Informe Nº 278-2012-MDB-GAJ, opina que le proyecto de Ordenanza permitirá reducir los actos contra la moral y las buenas costumbres, logrando disminuir el consumo de drogas en el distrito, dado que en la actualidad los jóvenes resultan ser el sector más vulnerable, permitiendo la Ordenanza que la Municipalidad pueda ejercer funciones en materia de promoción de desarrollo económico local, ello en el marco de las disposiciones expuestas en la Ley Orgánica de Municipalidades, artículo 84º, siendo de la Opinión que resulta viable su aprobación; De conformidad con lo establecido en el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo Municipal aprobó la siguiente ORDENANZA QUE PRESERVAN LA TRANQUILIDAD Y SEGURIDAD PUBLICA EN EL DISTRITO DE BELLAVISTA Artículo 1º. – ESTABLEZCASE, que las facultades de la autoridad Edil únicamente se circunscribe a la prevención, rehabilitación e imposición de sanciones de carácter administrativo de las conductas infractoras, dejando a salvo la persecución de las conductas tipifi cadas como ilícitos penales a la autoridades competentes. Artículo 2º. – PROHIBASE, en las vías y áreas de uso públicas del distrito de Bellavista, y SANCIONESE las siguientes conductas: a) Ingerir bebidas alcohólicas de cualquier tipo o graduación de conformidad con lo dispuesto en la Ordenanza Nº 007-2011-MDB que regula el expendio y consumo de Bebidas alcohólicas en el Distrito. b) Consumir drogas no legales y/o estupefacientes de cualquier tipo c) Miccionar o defecar. d) Actos de naturaleza sexual reñidos con la moral y las buenas costumbres. Las conductas referidas en los numerales a), b) y d) del párrafo anterior, incluyen las realizadas en el interior de vehículos de cualquier tipo estacionados en las vías o áreas de uso público en el distrito. Artículo 3º.- SANCIONESE, a la persona natural o jurídica, conductora, poseedora o propietaria de establecimientos en donde se realice actividad económica, o casa habitación que facilite las conductas tipifi cadas en el inciso a) y b) del artículo segundo. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS, TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- INCORPORASE en el cuadro Único de Infracciones y Sanciones Administrativas del Reglamento de Aplicación de Sanciones, aprobado mediante Ordenanza Nº 013-2007-MDB, las Infracciones y sanciones siguientes: CODIGO INFRACCIONES % BASE OTRAS ACCIONES J-29 Dar facilidades o promover el consumo de drogas no legales y/o estupefacientes en vías o áreas de uso público del distrito 100% UIT Clausura Temporal J-30 Consumir Drogas no legales y/o estupefacientes en vías o áreas de uso público del distrito 100% UIT J-31 Miccionar en vías o áreas de uso público del distrito 10% UIT Restitución J-32 Realizar actos de Naturaleza sexual reñidos con la moral y las buenas costumbres 10% UIT Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Serenazgo tomar las acciones correspondientes para el cumplimiento de la presente ordenanza, caso contrario aplique las sanciones respectivas. Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Serenazgo coordinar con la Policía Nacional