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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 28 de noviembre de 2012 479486 Que, mediante Oficio Nº 180-2012-DEC-CAL, el Decano del Colegio de Abogados de Lima remite el Acuerdo Nro. 072 de fecha 20 de abril de 2012, mediante el cual se deja sin efecto la designación de la abogada RUTH EMPERATRIZ MONGE GUILLERGUA como representante del Colegio de Abogados de Lima ante el Consejo de Adopciones y en su lugar se designa a la abogada MILAGROS GERARDA GARCÍA MATTOS; Que, en consecuencia, resulta necesario emitir el acto mediante el cual se dé por concluida la designación de la señora RUTH EMPERATRIZ MONGE GUILLERGUA y en su lugar se designe a la abogada MILAGROS GERARDA GARCÍA MATTOS como representante del Colegio de Abogados de Lima ante el Consejo de Adopciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27337, Ley que aprueba el Nuevo Código de los Niños y Adolescentes; el Decreto Legislativo Nº 1098, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2012-MIMP; y el Decreto Supremo Nº 001-2010-MIMDES; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación de la señora RUTH EMPERATRIZ MONGE GUILLERGUA como representante del Colegio de Abogados de Lima ante el Consejo de Adopciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar a la abogada MILAGROS GERARDA GARCÍA MATTOS como representante del Colegio de Abogados de Lima ante el Consejo de Adopciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. Artículo 3.- Remitir copia de la presente resolución al Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, a la Dirección General de Adopciones y al Consejo de Adopciones para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA JARA VELÁSQUEZ Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 871300-2 PRODUCE Dejan sin efecto la R.M. Nº 503-2003- PRODUCE y modificatorias, mediante la cual se constituyó el Comité de Trabajo encargado de evaluar el desarrollo del Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 498-2012-PRODUCE Lima, 27 de noviembre de 2012 VISTOS: El Memorando N° 2984-2012-PRODUCE/ DVP del Despacho Viceministerial de Pesquería y el Informe N° 00019-2012-PRODUCE/OGAJ-cquispeg de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el Decreto Supremo N° 027-2003-PRODUCE del 06 de octubre de 2003, crea el Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo, que tiene como objetivo combatir la pesca ilegal de recursos hidrobiológicos; Que, mediante Resolución Ministerial N° 503-2003- PRODUCE del 17 de diciembre de 2003, se constituyó el Comité de Trabajo encargado de evaluar el desarrollo del Programa anteriormente descrito, y de sus convenios y contratos, así como de proponer las modifi caciones que pudieran resultar necesarias para su mejor desenvolvimiento; Que, por Resolución Ministerial N° 081-2006- PRODUCE del 28 de marzo de 2006 y Resolución Ministerial N° 609-2008-PRODUCE del 21 de julio de 2008, se modifi có la conformación del Comité de Trabajo, siendo integrada actualmente por cuatro funcionarios del Ministerio de la Producción, dos representantes de la Sociedad Nacional de Pesquería y un representante de cada una de las empresas ejecutoras del Programa; Que, mediante Resolución Ministerial N° 343-2012- PRODUCE, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, conforme a lo establecido en la Septuagésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29812, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; Que, el literal b) del artículo 75° del referido Reglamento establece entre las funciones de la Dirección General de Supervisión y Fiscalización, dirigir la ejecución de planes, programas y proyectos en materia de supervisión y fi scalización de las actividades pesqueras y acuícolas, de alcance nacional, directamente o a través de terceros, en coordinación con los otros niveles de gobierno, y velar por su cumplimiento; Que, mediante el Memorando N° 2823-2012- PRODUCE/DIGSECOVI del 26 de julio de 2012, la ex Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia, sustenta la necesidad de dejar sin efecto el encargo conferido al Comité de Trabajo constituido por Resolución Ministerial N° 503-2003-PRODUCE y modifi catorias, debido a que las funciones de evaluación del desarrollo del “Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo” y de los convenios y programas del mismo, corresponden ser ejecutadas por la actual Dirección General de Supervisión y Fiscalización, conforme a lo establecido en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; Que, el literal b) del artículo 6° de la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, establece que las dependencias, entidades, organismos e instancias de la Administración Pública no deben duplicar funciones; Que, en ese sentido, resulta viable dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 503-2003-PRODUCE y modifi catorias; Con el visado del Despacho Viceministerial de Pesquería, de la Dirección General de Supervisión y Fiscalización y, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1047 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; y, la Resolución Ministerial N° 343-2012-PRODUCE que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 503-2003-PRODUCE y modifi catorias, mediante la cual se constituyó el Comité de Trabajo encargado de evaluar el desarrollo del Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.produce.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. GLADYS TRIVEÑO CHAN JAN Ministra de la Producción 871551-1