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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 28 de noviembre de 2012 479492 VISTAS: La Resolución Suprema N° 0019-2008-RE, que nombró Cónsul General del Perú en La Paz, República de Bolivia, al entonces Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República Jaime Manuel Cacho-Sousa Velázquez; y, La Resolución Ministerial Nº 0113-2008-RE, que fijó el 01 de marzo de 2008, como la fecha en que el citado funcionario diplomático asumió funciones como Cónsul General del Perú en La Paz, República de Bolivia; CONSIDERANDO: De conformidad con la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y su modifi catoria la Ley N° 29318; y su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo N° 130-2003-RE y su modifi catoria el Decreto Supremo N° 065-2009-RE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por terminadas las funciones del Ministro en el Servicio Diplomático de la República Jaime Manuel Cacho-Sousa Velázquez, como Cónsul General del Perú en La Paz, Estado Plurinacional de Bolivia. Artículo 2º.- Cancelar las Letras Patentes correspondientes. Artículo 3°.- La fecha de término de funciones será fi jada mediante Resolución Viceministerial. Artículo 4º.- Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolución a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 871733-5 Autorizan a los Ministerios de Transportes y Comunicaciones y de Agricultura efectuar pago de cuotas a diversos organismos internacionales RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 257-2012-RE Lima, 27 de noviembre de 2012 VISTO: El ofi cio Nº 712-2012-MTC/09.01, del 03 de octubre de 2012, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, por el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedición de la Resolución Suprema que autorice el pago de la cuota del año 2013 a la Unión Postal Universal (UPU); CONSIDERANDO: Que, el artículo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza a las entidades del Sector Público a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno Peruano a los organismos internacionales de los cuales el Perú es miembro; Que, es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales de manera que permitan potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el benefi cio de los fl ujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de la cuota del año 2013 a la Unión Postal Universal (UPU), con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; De conformidad con lo establecido en el artículo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Ministerio de Transportes y Comunicaciones a efectuar el pago de CHF 125,310.00 (Ciento Veinticinco Mil Trescientos Diez y 00/100 Francos Suizos), a la Unión Postal Universal (UPU), correspondiente al pago de la cuota del año 2013. Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente, serán fi nanciados con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 871733-6 RESOLUCIÓN SUPREMA N° 258-2012-RE Lima, 27 de noviembre de 2012 VISTO: El ofi cio Nº 3007-2012-AG-OPP/UIS de fecha 08 de noviembre de 2012, del Ministerio de Agricultura por el que se solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedición de la Resolución Suprema que autorice el pago de la cuota del año 2012 al Grupo Consultivo de Investigación Agrícola CGIAR; CONSIDERANDO: Que, el artículo 67º numeral 67.3 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto autoriza a las entidades del Sector Público a pagar con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno Peruano a los Organismos Internacionales no fi nancieros de los cuales el Perú es país miembro; Que, es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los Organismos Internacionales de manera que permitan potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el benefi cio de los fl ujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de la cuota al mencionado organismo internacional, con cargo al presupuesto del Ministerio de Agricultura; De conformidad con lo establecido en el artículo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; y la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, y; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Ministerio de Agricultura a efectuar el pago de QUINIENTOS MIL Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS (US$ 500,000.00) al Grupo Consultivo de Investigación Agrícola CGIAR, correspondiente a la cuota del año 2012.