Norma Legal Oficial del día 29 de septiembre del año 2012 (29/09/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 117

El Peruano MORDAZA, sabado 29 de setiembre de 2012

NORMAS LEGALES

475635

Reembolsable de la Region Ucayali, que estuvo a cargo de la firma BDO CONSULTING SAC, y que a la fecha se le ha puesto en conocimiento mediante el Oficio Nº 114-2011-GRU-P-GGR-OCTI, de fecha 02 de MORDAZA del 2012 al Director (e) de Politicas y Programas de la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional (APCI) sobre la culminacion de la elaboracion del Plan Regional de Cooperacion Internacional No Reembolsable de la Region Ucayali, procediendose a realizar el tramite correspondiente para su aprobacion mediante la MORDAZA legal que corresponda. Que, con Informe Nº 002-2012-GRU-P-GGR-OCTIMAGW, de fecha 21 de junio del 2012, el Equipo Tecnico Regional para elaborar el Plan, comunica que se ha culminado la formulacion y elaboracion del Plan Regional de Cooperacion Internacional No Reembolsable de la Region Ucayali 2012 ­ 2015, por lo que se deriva a la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de Ucayali para su tramite respectivo. Que, mediante Informe Legal Nº 047-2012-GRU-PGGR-ORAJ/TTC, de fecha 04 de MORDAZA del 2012, recomienda que la Presidencia Regional gestione la aprobacion del Plan Regional de Cooperacion Internacional No Reembolsable de la Region Ucayali 2012 ­ 2015, para ello se derive los actuados al Consejo Regional de Ucayali. Que, estando al Oficio Nº 292-2012-GRU-P. de fecha 09 de MORDAZA del 2012 remitido por el Senor Presidente del Gobierno Regional de Ucayali y los actuados que se acompanan, en el que se solicita la aprobacion del Plan Regional de Cooperacion Internacional No Reembolsable de la Region Ucayali 2012 ­ 2015, presentado por la Oficina de Cooperacion Tecnica Internacional del Gobierno Regional de Ucayali y: De conformidad con las facultades conferidas por la Constitucion Politica del Estado, la Ley Organica de Gobiernos Regionales y el Reglamento Interno del Consejo Regional; El Consejo Regional de Ucayali, en Sesion Ordinaria de fecha 16 de agosto del 2012, aprobo por unanimidad la siguiente Ordenanza: ORDENA: Articulo Primero.- APROBAR el Plan Regional de Cooperacion Internacional No Reembolsable de la Region Ucayali 2012 ­ 2015, cuyo texto se anexa a la presente Ordenanza y que forma parte de la misma. Articulo Segundo.- DISPONER que la presente MORDAZA regional se alcance al despacho de la Presidencia Regional para su debida implementacion. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina Regional de Administracion del Gobierno Regional de Ucayali la publicacion de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano, en un diario de circulacion regional y a la Oficina de Sistemas su difusion a traves del MORDAZA Institucional del Gobierno Regional de Ucayali" (www.regionucayali.gob.pe); Articulo Cuarto.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del tramite de Comisiones, lectura y aprobacion del acta". Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Ucayali, para su promulgacion. En Pucallpa a los dieciseis dias del mes de agosto del ano dos mil doce. ORISON MORDAZA LEVEAU BARTRA Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de Ucayali a los diecisiete dias del mes de agosto del ano dos mil doce. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 847736-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE PUNTA MORDAZA
Aprueban implementacion de la "Ciclovia Recreativa en el Distrito de Punta Hermosa" en aplicacion al "Plan de Incentivos a la mejora de la Gestion y Modernizacion Municipal 2012"
ACUERDO DE CONCEJO Nº 48-2012-MDPH Punta MORDAZA, 19 de septiembre del 2012 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA MORDAZA VISTO: El informe Nº 103-2012-MPDH-JP de la Jefe de Planeacion y Presupuesto CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con relacion al cumplimiento de la meta del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion y Modernizacion Municipal sobre "Implementacion de una Ciclovia Recreativa en el Distrito" y la Resolucion de Alcaldia Nº 565-2012-MPDH donde se designa a los miembros de trabajo encargados del cumplimiento de la meta en mencion. CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales son Organos de Gobiernos promotores del desarrollo local, con personeria juridica de derecho publico y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines, que gozan de autonomia politica y administrativas en los asuntos de su competencia, conforme a los Articulos I y II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley 272972; Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2012EF, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 12 de enero de 2012, se aprobaron los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignacion de los recursos del plan de incentivos a la mejora de la gestion y modernizacion municipal del 2012. Que a traves de la Resolucion Directoral Nº 0082012-EF/50.1 de fecha 18 de MORDAZA del 2012, se aprobaron los instructivos para el cumplimiento de las metas en el MORDAZA del plan de incentivos a la mejora de la gestion y modernizacion municipal del 2012, como es el caso del instructivo para la meta; Implementacion de una Ciclovia Recreativa en el distrito establecido por el Ministerio de Salud, de cuyo anexo 02 se desprende que esta entidad debera elaborar y aprobar un Acuerdo de Concejo que indique la implementacion de la ciclovia recreativa, senalando la ubicacion de la misma y las fechas en las cuales se instalara. Que, el articulo 2 del Decreto Supremo Nº 004-2012EF, establece que "El Plan de Incentivos esta orientado a promover las condiciones que contribuyan con el crecimiento y desarrollo sostenible de la economia local incentivando a las municipalidades en cuyos fines y objetivos se encuentra el inciso e) mejorar la provision de servicios publicos. Que, a fin de cumplir con el objetivo acotado en el parrafo precedente se aprueba el instructivo correspondiente a la Meta: Implementacion de una ciclovia recreativa en el distrito de acuerdo a los criterios establecidos por el Ministerio de Salud, la misma que se implementara en un espacio publico sea avenida o MORDAZA principal de la jurisdiccion, cerrada temporalmente al acceso de los vehiculos motorizados por un promedio de seis (06) horas, en una extension de dos (02) a mas kilometros con un minimo de ocho (08) domingos al ano, permitiendo que la comunidad se apropie y disfrute de estos espacios fortaleciendo con los valores la convivencia ciudadana y de cohesion social;

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